Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2015 (07/01/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Miercoles 7 de enero de 2015

544091
de La Empresa, sin perjuicio de que en uso de sus atribuciones pueda concederse a la referida empresa un plazo prudencial para que adecue su funcionamiento a las normas vigentes (...)" ; Que, el articulo 4 del TUO de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobada por Decreto Supremo N° 01793-JUS referido al caracter vinculante de las decisiones judiciales. Principios de la administracion de justicia, senala que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de indole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley senala. Que, el numeral 5.3 del articulo 5° de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, en adelante La Ley, referido al Objeto o contenido del acto administrativo, senala que: "No podra contravenir en el caso concreto disposiciones constitucionales, legales, mandatos judiciales firmes; ni podra infringir normas administrativas de caracter general provenientes de autoridad de igual, inferior o superior jerarquia, e incluso de la misma autoridad que dicte el acto". Que, en ese sentido, en cumplimiento de la acotada resolucion judicial, se procede a autorizar a La Empresa para que funcione como Escuela de Conductores Integrales; no obstante, debera cumplir con la MORDAZA de lo requerido en la normatividad vigente, considerando que para funcionar como Escuela de Conductores debe cumplirse con las condiciones de acceso (juridicas, recursos humanos, infraestructura, flota vehicular, equipamiento y economicas) y requisitos documentales; Que, el articulo 38º de El Reglamento indica que: "Las Escuelas de Conductores tienen por objetivo brindar conocimientos teoricos y practicos a los postulantes para obtener una licencia de conducir, para garantizar la conduccion MORDAZA y responsable de los vehiculos que circulan dentro del territorio nacional"; Que, el articulo 51º de El Reglamento dispone que para solicitar autorizacion para el funcionamiento como Escuela de Conductores, debera acompanar a su solicitud, los documentos descritos en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l) y m) de dicho articulo, en concordancia con los articulos 43°, 66° y 67° del referido reglamento; Que, en virtud de lo expuesto es menester senalar, que en El Reglamento se establece que: "Articulo 51.Requisitos para solicitar una autorizacion como Escuela de Conductores. Para solicitar autorizacion como Escuela de Conductores se requiere presentar la siguiente documentacion: (...) a) Solicitud debidamente firmada y sellada por el representante legal de la persona juridica solicitante, indicando razon o denominacion social de la solicitante, numero de Registro Unico de Contribuyentes, y domicilio de la institucion, ademas del documento de identidad, domicilio y datos de inscripcion del nombramiento o poder del representante legal en los Registros Publicos. En dicha solicitud, el solicitante debe precisar la clase de Escuela de Conductores para la cual solicita autorizacion, su denominacion social y la ubicacion de los locales que tiene a su cargo para brindar el servicio; b) Documento que acredite la personeria juridica y la finalidad u objeto social de la institucion, debiendo consignar como objeto social la ensenanza y/o capacitacion, para lo cual debera presentar fotocopia del documento que contenga el acto constitutivo y estatutos actualizados, debidamente inscrito en el Registro de Personas Juridicas de los Registros Publicos; c) Certificado de vigencia del poder del representante legal, expedido por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP con una antiguedad no mayor a un (1) mes; d) Relacion con datos del director e instructores de la institucion, acompanando MORDAZA simple de los curriculum vitae documentados que acrediten que la solicitante cuenta con el recurso humano que exige el presente reglamento y que este reune las condiciones de idoneidad y experiencia que senala el mismo, de acuerdo al numero de locales que tiene a su cargo para brindar el servicio; e) Programa de estudios debidamente desarrollado, conteniendo los cursos que se dictaran, la propuesta de horarios, el numero de horas asignadas a cada modulo y los instructores responsables de impartir los mismos; f) Documento(s) que acredite(n) la propiedad, tenencia, alquiler o derecho de uso de la infraestructura a emplearse en la Escuela de Conductores, en funcion al numero de locales que

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a Escuela de Conductores del Sur A & M Ica Sociedad Anonima Cerrada, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 5176-2014-MTC/15 MORDAZA, 9 de diciembre de 2014 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 136514, 146372, 166521 y la Resolucion Nro. 03 del Expediente Judicial N° 001332014-8-1401-JR-CI-02, y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que, mediante Parte Diario N° 136514 de fecha 18 de setiembre de 2013; la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES DEL SUR A & M ICA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - ECOSUR A & M S.A.C., con RUC N° 20534993171 y domicilio legal en: MORDAZA JJ. MORDAZA, Mz. "F" Lote N° 8, Urbanizacion San MORDAZA, Distrito, Provincia y Departamento de Ica, en adelante La Empresa, solicita autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, conforme a lo dispuesto en El Reglamento, a efectos de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir; Que, mediante Parte Diario N° 146372 de fecha 09 de octubre de 2013, La Empresa, presento un documento con la finalidad de que se anexe al Parte Diario N° 136514; Que, mediante Oficio N° 7020-2013-MTC/15.03 de fecha 18 de octubre de 2013, notificado el 28 de octubre del mismo ano, esta administracion formulo las observaciones pertinentes de la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para lo cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Parte Diario N° 166521 de fecha 12 de noviembre de 2013, La Empresa presenta diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones realizadas en el Oficio MORDAZA mencionado; Que, mediante Resolucion Directoral N° 49222013-MTC/15 de fecha 18 de noviembre de 2013, se declaro IMPROCEDENTE la solicitud presentada por La Empresa; Que, mediante Expediente N° 2013-075208 de fecha 09 de diciembre de 2013, La Empresa presento Recurso de Apelacion contra la resolucion senalada en el parrafo que precede; Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 0182014-MTC/02 de fecha 23 de enero de 2014, se declaro INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por La Empresa, quedando agotada la via administrativa; Que, mediante Memorandum N° 7134-2014-MTC/07 de fecha 24 de noviembre de 2014, se adjunta la Resolucion N° 03 de fecha 14 de noviembre de 2014, que obra en el Expediente Judicial N° 00133-2014-8-1401-JRCI-02, materia de impugnacion de resolucion, referida a una medida cautelar, expedida por el MORDAZA Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Ica, la cual dispone que: "el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en un termino de dos dias cumpla con emitir nueva resolucion administrativa conforme a ley autorizando el funcionamiento de la Escuela Integral de Conductores

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.