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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2015 (09/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 25

El Peruano Viernes 9 de enero de 2015 544243 Decreto Supremo N° 018-2012-JUS y por la Resolución Ministerial Nº 0013-2013-JUS; Que, asimismo, mediante Resolución Suprema N° 120-2012-JUS, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, documento de gestión institucional que contiene los cargos defi nidos y aprobados del Ministerio; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR/PE, se aprueba la Directiva N° 001- 2014-SERVIR/GPGSC denominada “Reglas de Aplicación Progresiva para la Aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades”, modifi cada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 234-2014-SERVIR/PE, cuyo artículo Cuarto incorpora en la referida Directiva el inciso 4.2 del numeral 4, el cual dispone que excepcionalmente, las entidades del Gobierno Nacional podrán aprobar un Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) en el marco del proceso de implementación de sus instrumentos de gestión; Que, el numeral 5 de la Directiva Nº 001-2014- SERVIR/GPGSC, aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE, regula las disposiciones específi cas para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional en el marco de la Ley Nº 30057; Que, asimismo, el inciso 4.5 del acotado numeral 4, del artículo Primero de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 234-2014-SERVIR/PE, dispone que las entidades que cuenten con Cuadro para Asignación de Personal (CAP) aprobado o provisional, podrán ajustarlo en el año fi scal, bajo los términos expuestos en el numeral 5 de la referida Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC, señalando que este ajuste no excederá del 5% del total de cargos aprobados por la entidad para el inicio del año fi scal. Asimismo, dicha acción, en ningún caso habilita a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto; Que, la Ofi cina General de Administración, mediante los Ofi cios Nºs. 2301 y 2391-2014-JUS/OGA, propone el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación del Personal, sustentado a través de los Informes Nºs. 385 y 399- 2014-OGA-ORRHH, de la Ofi cina de Recursos Humanos; Que, asimismo, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emite el Informe Nº 225-2014-OGPP, de la Ofi cina de Racionalización, en el que se emite opinión favorable en el que existe disponibilidad presupuestal para el presente año fi scal 2014, contando con saldos disponibles para fi nanciar el citado reordenamiento, agregando que el mismo no excede del referido 5% citado en el sexto considerando de la presente; Que, la aprobación del CAP Provisional de las entidades se realiza, entre otros, por Resolución Ministerial del Titular del Sector, cuando corresponda al Gobierno Nacional, conforme a lo dispuesto por el artículo Quinto de la acotada Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 234-2014-SERVIR/PE; Que, los instrumentos de cargo de gestión de la Ofi cina de Recursos Humanos, como los de la Ofi cina de Racionalización del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el marco de los sistemas administrativos relativos a sus respectivas competencias, califi can como documentos de gestión institucional; Que, en consecuencia, la normativa antes acotada habilita el reordenamiento de los cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las Entidades Públicas del Gobierno Nacional; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y sus modifi catorias y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR-PE, modifi cada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 234-2014-SERVIR/PE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Aprobar el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Resolución Suprema N° 120-2012-JUS, según el Anexo I y II que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1185868-1 PRODUCE Establecen Régimen para la extracción del recurso anchoveta aplicable a la zona sur del país y su promoción para el consumo humano directo DECRETO SUPREMO Nº 001-2015-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN