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El Peruano Viernes 9 de enero de 2015 544242 el ejercicio de sus atribuciones, siendo competente en materia de política migratoria interna y participando en la política de seguridad interna y fronteriza; Que, el Superintendente Nacional de MIGRACIONES, mediante el Memorándum N° 005-2015-MIGRACIONES del 7 de enero del 2015, ha designado al abogado Ronald Antonio Ríos Adrianzen, Gerente de Servicios Migratorios para realizar un viaje a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, con la fi nalidad de orientar las acciones migratorias de carácter administrativo y jurídico que se pudiesen derivar de la solicitud de refugio presentada por el ciudadano Martín Antonio Belaunde Lossio en el indicado país; así como realizar las acciones en el ejercicio de sus competencias funcionales que coadyuven con la agenda de trabajo que desarrollen el Ministerio del Interior, la Policía Nacional del Perú y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, vinculada con la participación del mencionado ciudadano en los casos comprendidos en la Carpeta Fiscal Nº 20-2014 por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública – Colusión Simple y Agravada, Negociación Incompatible, Tráfi co de Infl uencias y Asociación Ilícita, y en el Expediente Nº 160-2014 por la presunta comisión del delito de Peculado en calidad de cómplice secundario y coautor del delito de Asociación Ilícita, ambos casos en agravio del Estado peruano; Que, la Gerencia de Servicios Migratorios de MIGRACIONES, mediante Informe Nº 002-2015- MIGRACIONES-SM del 7 de enero de 2015, ha sustentado la necesidad y urgencia de realizar el referido viaje, cuya realización, teniendo en cuenta la trascendencia del acto antes referido, resulta de interés institucional y sectorial; Que, los gastos que genere dicho viaje serán asumidos con cargo al presupuesto institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al segundo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 30281, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo N° 1130, Decreto Legislativo que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010- 2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del país en comisión de servicios del abogado Ronald Antonio Ríos Adrianzen, Gerente de Servicios Migratorios de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 9 al 22 de enero de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones, Sector 07: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Persona Total US$ Pasajes US$ 1,169.98 X 1 1,169.98 Viáticos US$ 370.00 13 X 1 4,810.00 ------------- 5,979.98 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario designado deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos entregados. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1186172-5 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0002-2015-JUS 8 de enero de 2015 VISTOS, los Informes Nºs. 385 y 399-2014-OGA- ORRHH, de la Ofi cina de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración; los Ofi cios Nºs. 2301 y 2391- 2014-JUS/OGA, de la Ofi cina General de Administración; el Informe Nº 130-2014-OGPP-ORA, de la Ofi cina de Racionalización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Ofi cio Nº 2969-2014-JUS/OGPP-ORA, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 225-2014-OGPP, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; los Ofi cios Nºs. 801 y 806- 2014-JUS/OGAJ y el Informe N° 898-2014-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se defi ne la naturaleza jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y regula su ámbito de competencia, funciones, organización y estructura orgánica básica; Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, modifi cado por