TEXTO PAGINA: 28
El Peruano Sábado 10 de enero de 2015 544498 Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; y el literal b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional – POI 2015 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los Directores, Jefes y Coordinadores de los Órganos, Unidades Orgánicas y Programas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, darán estricto cumplimiento al contenido del Plan Operativo Institucional – POI 2015, bajo responsabilidad. Artículo 3.- La Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, queda encargada de efectuar el seguimiento y monitoreo de la programación establecida en el Plan Operativo Institucional – POI 2015 en estrecha coordinación con las distintas dependencias del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 4.- Publicar la presente resolución ministerial y el anexo integrante de la misma, en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www. trabajo.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. FREDY OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1186717-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Delegan en la Secretaría General del Ministerio la facultad de aprobar la formalización de modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, durante el Ejercicio Fiscal 2015 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 001-2015 MTC/01 Lima, 6 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281 se ha aprobado el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2015, y con Resolución Ministerial Nº 848- 2014-MTC/01 de fecha 16 de diciembre del 2014, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones correspondiente a dicho ejercicio fi scal; Que, de acuerdo al numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva; y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente dicha Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad. El Titular es responsable solidario con el delegado; Que, asimismo el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad y que el Titular puede delegar dicha facultad de aprobación a través de disposición expresa; Que, con el propósito de promover y apoyar la agilización y efi cacia en la toma de decisiones, a fi n de optimizar la gestión en materia presupuestal en el Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones, resulta necesario delegar en la Secretaria General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el ejercicio fi scal 2015, la facultad de aprobar la formalización de modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304- 2012-EF, la Ley Nº 30281 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, la Ley Nº 29370 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Decreto Supremo Nº 021-2007- MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la Secretaria General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el Ejercicio Fiscal 2015, la facultad de aprobar la formalización de modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, dentro de Unidades Ejecutoras del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1185770-1 Renuevan plazo establecido en la R.M. N° 360-2012-MTC/02, referido a control y fiscalización en la distribución, transporte y comercialización de insumos químicos en las rutas fiscales hacia el departamento de Madre de Dios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 003-2015 MTC/02 Lima, 6 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo No. 1103, que establece medidas de control y fi scalización en la distribución, transporte, y comercialización de insumos químicos que puedan ser utilizados en la minería ilegal; dispone que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, establecerá mediante Resolución Ministerial las vías de transporte que serán consideradas como rutas fi scales y el uso obligatorio de rutas fi scales para insumos químicos, se establecerá progresivamente y es exigible en los plazos que se especifi que en la correspondiente Resolución Ministerial que se emita; Que, en tal sentido, a propuesta de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, a través de la Resolución Ministerial No. 360-2012-MTC/02 publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 13 de julio del 2012, se aprueba las vías de transporte terrestre a ser consideradas como rutas fi scales hacia el departamento de Madre de Dios para el control y fi scalización en la distribución, transporte y comercialización de insumos químicos; estableciéndose además, que el plazo del referido control será a partir de la fecha de entrada en vigencia de la citada Resolución Directoral hasta el 31 de diciembre del 2014, pudiendo éste ser prorrogado a propuesta de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria;