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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2015 (22/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 38

El Peruano Jueves 22 de enero de 2015 545180 de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1191057-2 ENERGIA Y MINAS Autorizan al Director General de Hidrocarburos a suscribir Contrato de Fideicomiso Servidumbres a celebrarse con las empresas Gasoducto Sur Peruano S.A. y La Fiduciaria S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 016-2015-MEM/DM Lima, 16 de enero de 2015CONSIDERANDO:Que, mediante acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 04 de enero de 2013, se acordó Incorporar al proceso de promoción de la inversión privada el proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias, modi fi catorias y conexas; siendo rati fi cado dicho acuerdo mediante Resolución Suprema N° 005-2013-EF; Que, mediante acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 07 de febrero de 2013, se acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada del proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”; siendo rati fi cado dicho acuerdo mediante Resolución Suprema N° 015-2013-EF; Que, con fecha 30 de junio de 2014, el Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Segundad Energética-PRO SEGURIDAD ENERGÉTICA adjudicó la Buena Pro del Proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano” al Consorcio Gasoducto Sur Peruano, conformado por Inversiones en Infraestructura de Transporte por Duelos S.A.C y Enagas Internacional S.L.U., el cual conforme a las Bases Actualizadas del referido Concurso ha constituido la Sociedad Concesionaria denominada Gasoducto Sur Peruano S.A.; Que, con fecha 23 de julio de 2014 se suscribe el Contrato de Concesión del Proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”, el cual es realizado por el Ministerio de Energía y Minas, en representación del Estado Peruano y por la empresa Gasoducto Sur Peruano S.A.; Que, el referido Contrato de Concesión, en el Anexo 12, se fl ala que el Contrato de Fldelcomíso-Servidumbres será celebrado entre el Concesionario actuando como fi delcomitente, y en calidad de entidad fi duciaria un banco privado de primera categoría nacional o internacional, o alguna entidad cali fi cada para tales fi nes por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), el que será seleccionado por el Concesionario. El Concedente participará en el Contrato de Fideicomiso - Servidumbres, el mismo que no podrá ser modi fi cado sin su participación. Asimismo, una vez aceptado y aprobado dicho contrato, será remitido al Concedente para su correspondiente suscripción y posterior formallzación por escritura pública ante notarlo; Que, con Carta N° 0012-2014-GSP-MEM-LEG de fecha 21 de noviembre de 2014, la empresa Gasoducto Sur Peruano S.A. remitió a esta Dirección General el proyecto de Contrato Fideicomiso Servidumbres, en cumplimiento con lo dispuesto en el Anexo 12 del Contrato de Concesión. Posteriormente, mediante O fi cios N° 1596-2014-MEM/DGH y N° 1614-2014-MEM/DGH de fechas 09 de diciembre de 2014 y 15 de diciembre de 2014, respectivamente; se observó dicho documento. Asimismo, mediante Carta N° 0016-2014-GSP-MEM-LEG de fecha 19 de diciembre de 2014, la empresa Gasoducto Sur Peruano S.A. realizó las correcciones al proyecto de Contrato de Fideicomiso Servidumbres que fueron realizadas por esta Dirección General. A través del O fi cio N° 1666-2014-MEM/DGH de fecha 29 de diciembre de 2014, se realiza una segunda observación al Contrato de Fideicomiso Servidumbres, toda vez que existieron dudas por parte del Concesionario. Mediante Carta N° 0018-2015-GSP-MEM-LEG de fecha 05 de enero de 2015 la empresa Gasoducto Sur Peruano S.A. remitió a la Dirección General de Hidrocarburos de este Ministerio, las nuevas correcciones al proyecto de Contrato de Fideicomiso Servidumbres que fueron realizadas por esta Dirección General. Finalmente, mediante el O fi cio N° 024-2015-MEM/DGH de fecha 07 de enero de 2015, la Dirección General de Hidrocarburos aprobó el proyecto de Contrato de Fideicomiso Servidumbres; Que, en consecuencia, habiéndose cumplido con lo dispuesto en el Anexo 12 del Contrato de Concesión del proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”, se debe autorizar al Director General de Hidrocarburos a suscribir el Contrato de Fideicomiso Servidumbres a celebrarse con las empresas Gasoducto Sur Peruano S.A. y La Fiduciaria S.A.; Con la opinión favorable del Director General de Hidrocarburos y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Director General de Hidrocarburos a suscribir el Contrato de Fideicomiso Servidumbres a celebrarse entre el Estado Peruano, a través del Ministerio de Energía y Minas con las empresas Gasoducto Sur Peruano S.A. y La Fiduciaria S.A. Regístrese, comuniqúese y publíquese.ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1190408-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 014-2014-MEM/DM Mediante O fi cio Nº 067-2015-MEM/SG, el Ministerio de Energía y Minas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 014-2014-MEM/DM, publicada en la edición del día 16 de enero de 2015. En la página 544804, en el encabezado:DICE:Resolución Ministerial Nº 014-2014-MEM/DMDEBE DECIR:Resolución Ministerial Nº 014-2015-MEM/DM 1190433-1 INTERIOR Asignan a Oficial de la PNP en el cargo de Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción, Lavado de Activos, Asociación Ilícita para Delinquir, Tráfico Ilícito de Drogas, Terrorismo y Delitos Ambientales que hayan sido cometidos en la zona del Valle del Río Apurímac, Ene y Mantaro - VRAEM RESOLUCIÓN SUPREMA N° 072-2015-IN Lima, 21 de enero de 2015