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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2015 (25/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 31

El Peruano Domingo 25 de enero de 2015 545425 Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 28 días del mes de agosto del año dos mil catorce. JOSÉ LUIS GONZÁLES CHUMBE Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en Huánuco en la a Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 01 día del mes de setiembre del dos mil catorce. JHONY JULIÁN MIRAVAL VENTURO Presidente (e)Gobierno Regional Huánuco 1192100-1 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Eligen Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura para el Periodo Anual 2015 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 1092-2015/GRP-CR Piura, 1 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191° establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su literal a) establece como atribución del Consejo Regional, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 13° de la Ley N° 29053, que modi fi ca la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegas, está integrado por los Consejeros Regionales. Anualmente los Consejeros Regionales eligen, entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones del Consejo Regional, lo representa y tramita sus acuerdos; Que, el artículo 12° del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional N° 212-2011/GRP-CR del 09 de setiembre de 2011, señala “El Consejero Delegado del Consejo Regional preside y representa al Consejo Regional, y por lo tanto recibe los honores que corresponde a su investidura. Anualmente los Consejeros Regionales eligen entre ellos a un Consejero Delegado quien convoca y preside las sesiones del Consejo Regional, el que es elegido por la mayoría simple de miembros del Consejo Regional”; asimismo, el artículo 14°, establece que el Consejero Delegado Suplente se encarga de reemplazar temporalmente al Consejero Delegado en caso de ausencia, con las prerrogativas y atribuciones propias del cargo; y el artículo 26° establece “El Consejero Regional de mayor edad, convoca y preside la sesión de instalación del Consejo Regional, la que se lleva a cabo el primer día útil del mes de enero cada (04) cuatro años. En dicha sesión, el Consejo Regional, bajo la Presidencia del Consejero Regional de mayor edad, elige al Consejero Delegado y Consejero Delegado Suplente. Los Consejeros Regionales son juramentados por el Presidente Regional en acto público, en la misma fecha que juramenta el Presidente y Vicepresidente.”; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión de Instalación del Consejo Regional, celebrada el día 01 de enero del 2015, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modi fi cada por Ley Nº 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, y sus modi fi catorias - Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; ACUERDA:Artículo Primero.- Elegir, de conformidad con la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley Nº 29053, y al Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional N° 212-2011/GRP-CR, al Sr. Hermer Ernesto Alzamora Román, Consejero Regional por la Provincia de Piura, como Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura para el Periodo Anual 2015. Artículo Segundo.- Elegir, de conformidad al Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional N° 212-2011/GRP-CR, al Sr. Walter Alberto Troncos Calle, Consejero Regional por la Provincia de Ayabaca, como Consejero Delegado Suplente del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura para el Periodo Anual 2015. Artículo Tercero.- Disponer, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto.- Dispensar al presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.ELIGIO SARANGO ALBÚJAR Presidente de Sesión de Instalación del Consejo Regional Periodo 2015 – 2018 HERMER ERNESTO ALZAMORA ROMÁN Consejero DelegadoConsejo Regional 1192116-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Aprueban fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias para el ejercicio 2015 ORDENANZA N° 370-MDA Ate, 15 de enero de 2015 POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de enero de 2015 y vistos el Informe N° 0001-2015-MDA-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 022-2015/MDA-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proveído N° 053-2015-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, el pago del Impuesto, podrá efectuarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en