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El Peruano Domingo 25 de enero de 2015 545429 integración y participación de los vecinos en la gestión municipal, a través de organizaciones sociales, culturales, deportivas y otras que surjan de la iniciativa ciudadana. b) Diseñar, implementar y monitorear políticas, programas y proyectos relacionados con la participación activa de los vecinos en la gestión municipal, a través de organizaciones sociales existentes y otras que surjan de la iniciativa ciudadana. c) Proponer, conducir y supervisar la ejecución de normas y planes sobre la promoción de la participación ciudadana en las distintas materias de la gestión local, en coordinación con las unidades orgánicas correspondientes. d) Participar en el proceso del Presupuesto Participativo en coordinación con la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional; así como apoyar el funcionamiento del Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo y de los demás órganos consultivos de participación y coordinación ciudadana del gobierno local. e) Programar, organizar y supervisar la realización de las elecciones de los delegados de las Juntas Vecinales Zonales del distrito. f) Desarrollar otros espacios y canales de participación que fortalezcan la construcción de ciudadanía, que vinculen a los vecinos con el quehacer de la gestión municipal tanto en la toma de decisiones como en el control ciudadano. g) Proponer, organizar y conducir el desarrollo de mecanismos participativos de control y vigilancia ciudadana como Cabildos Abiertos y Audiencias Públicas de rendición de cuentas, en coordinación con las unidades orgánicas competentes. h) Recibir y canalizar las solicitudes y reclamos de los vecinos a fi n de realizar el seguimiento y monitoreo correspondiente de las mismas. i) Mantener comunicación constante con los vecinos en asuntos relacionados con el desarrollo y funcionamiento de la gestión municipal. j) Organizar y mantener actualizado el registro de las organizaciones sociales, de acuerdo a las normas legales vigentes. k) Acreditar a los representantes de las organizaciones sociales ante los órganos de coordinación. l) Organizar, promover y coordinar las acciones de la participación vecinal en la gestión municipal, con las unidades orgánicas que requieran de la participación del vecino. m) Organizar y mantener actualizado el registro de organizaciones sociales de acuerdo a la zoni fi cación vecinal aprobada por la municipalidad. n) Elaborar y ejecutar encuestas vecinales, relacionadas con obras, licencias y propuestas de cambios de zoni fi cación, y todas aquellas que requieran la participación de la comunidad. o) Coordinar con las áreas correspondientes la realización de campañas, programación de charlas de prevención y capacitación con las diferentes organizaciones sociales del distrito. p) Apoyar las actividades relacionadas con el control de las disposiciones municipales, a través de encuestas, canalización de denuncias, reclamos y otras formas de participación vecinal establecidas por la municipalidad. q) Poner en conocimiento de las juntas de vecinos, las ordenanzas y principales disposiciones municipales en bene fi cio de la comunidad. r) Informar y resolver en primera instancia los procedimientos administrativos de registro y reconocimiento de las organizaciones sociales. s) Formular, actualizar y proponer la normatividad interna de su competencia. t) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven de las disposiciones legales o que le sean asignadas por la Alcaldía, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades. 3. MODIFICACIÓNdel artículo 51º del TUO delROF, respecto de las funciones de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, quedando redactado de la siguiente manera: Artículo 51º.- Son funciones y atribuciones de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional:a) Plani fi car, organizar, dirigir y supervisar las actividades y programas de comunicaciones y relaciones institucionales, protocolo e imagen corporativa. b) Supervisar el desarrollo e implementación de las estrategias e instrumentos de información y comunicación a nivel interno y externo. c) Supervisar y coordinar acciones de relaciones públicas y de protocolo del Alcalde o sus representantes, para la atención en las actividades organizadas por la municipalidad. d) Supervisar la organización y coordinación y la asistencia del Alcalde o sus representantes a los actos ofi ciales o actividades en las que corresponde participar a la Municipalidad. e) Supervisar la organización, coordinación y ejecución de las comunicaciones con los medios de difusión. f) Informar periódicamente al Alcalde el desarrollo de los proyectos, programas y actividades a su cargo. g) Dirigir el diagnóstico de la imagen de la municipalidad, a través de encuestas directas o efectuadas por instituciones especializadas. h) Supervisar la elaboración, coordinación, diseño y consolidación de las publicaciones impresas y electrónicas, emitidas por las gerencias de la municipalidad y distribuirla de acuerdo a las políticas de comunicación y disposiciones de austeridad. i) Establecer y mantener coordinación al más alto nivel con organismos e instituciones públicas y privadas, transmitiendo la imagen y la mística de la municipalidad. j) Formular, actualizar y proponer la normatividad interna de su competencia. k) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven de las disposiciones legales o que le sean asignadas por la Alcaldía, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades. 4. INCORPORACIÓNdel artículo 51°-Aen el TUO del ROF, respecto de la incorporación de una nueva unidad orgánica a cargo de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional: Artículo 51°-A.- La Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional para el cumplimiento de sus funciones tiene a su cargo la siguiente unidad orgánica: - Subgerencia de Comunicaciones y Protocolo5. INCORPORACIÓNde los artículos51°-B y 51°-C en el TUO del ROF, respecto de la creación de la unidad orgánica Subgerencia de Comunicaciones y Protocolo, como parte del a fi anzamiento organizacional que permita el logro de los objetivos institucionales, quedando redactado de la siguiente manera: SUBGERENCIA DE COMUNICACIONES Y PROTOCOLO Artículo 51°-B.- La Subgerencia de Comunicaciones y Protocolo,es el órgano encargado de proyectar, difundir, orientar y desarrollarlas actividades y actos protocolares de la Municipalidad, así como lograr una buena imagen institucionalque dé prestigio de Entidad. Artículo 51°-C.- Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Comunicaciones y Protocolo: a) Ejecutar las actividades y programas de comunicaciones y relaciones institucionales, protocolo e imagen corporativa. b) Proponer, desarrollar e implementar, estrategias e instrumentos de información y comunicación a nivel interno y externo. c) Efectuar las acciones de relaciones públicas y de protocolo del Alcalde o sus representantes, para la atención en las actividades organizadas por la municipalidad. d) Organizar y coordinar la asistencia del Alcalde o sus representantes a los actos o fi ciales o actividades en las que corresponde participar a la Municipalidad. e) Organizar, coordinar y supervisar las comunicaciones con los medios de difusión. f) Informar periódicamente al Gerente de Comunicaciones e Imagen Institucional, el desarrollo de los proyectos, programas y actividades a su cargo.