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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2015 (25/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Domingo 25 de enero de 2015 545426 forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el último día del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el último día de los meses de mayo, agosto y noviembre, según disposición establecida en el artículo 15° de la norma señalada; Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 6º de la Ordenanza 364-MDA, de fecha 07 de noviembre del 2014, rati fi cada por Acuerdo de Concejo Nº 2426 de fecha 16 de diciembre del 2014, ambos publicados en el Diario O fi cial El Peruano el 26 de diciembre del 2014, los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, regulados en la citada ordenanza son de periodicidad y determinación mensual; sin embargo, su recaudación se efectuará trimestralmente, materializándose el vencimiento el último día hábil de los meses a través de la ordenanza lo establezca la Municipalidad Distrital de Ate; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y de la Tasa de Arbitrios Municipales de la jurisdicción del distrito de Ate, para el ejercicio 2015. ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS ANTES EXPUESTOS, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8), DEL ARTÍCULO 9º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972, CONTANDO CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESIÓN DE CONCEJO Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DE LAS ACTAS, SE HA APROBADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PARA EL EJERCICIO 2015 Artículo 1º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL El plazo para el pago del Impuesto Predial para los propietarios de más de un predio o cuyo uso (s) sean destinados a comercio, industrias y/o, servicios correspondientes al ejercicio 2015 vence: - Pago al Contado : 27 de febrero.- Pago Fraccionado:Primera Cuota : 27 de febrero Segunda Cuota : 29 de mayoTercera Cuota : 31 de agosto Cuarta Cuota : 30 de noviembre. Respecto a los propietarios de un solo predio destinado a vivienda o terreno sin construir, se amplía el plazo para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2015, el mismo que vence: - Pago al Contado : 31 de marzo.- Pago Fraccionado:Primera Cuota : 31 de marzo Segunda Cuota : 30 de junioTercera Cuota : 30 de setiembreCuarta Cuota : 30 de diciembre. Artículo 2º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO La obligación de pago de las cuotas trimestrales de los Arbitrios Municipales correspondiente a los propietarios de más de un predio o cuyo uso (s) sean destinados a comercio, industrias y/o servicios, respecto al ejercicio 2015 vence: - Pago al Contado : 27 de febrero.- Pago Fraccionado:Primera Cuota : 27 de febreroSegunda Cuota : 29 de mayo Tercera Cuota : 31 de agostoCuarta Cuota : 30 de noviembre. Tratándose de propietarios de un solo predio dedicado a vivienda o terreno sin construir, la obligación de pago para el ejercicio 2015 vence: - Pago al Contado : 31 de marzo.- Pago Fraccionado:Primera Cuota : 31 de marzo Segunda Cuota : 30 de junioTercera Cuota : 30 de setiembreCuarta Cuota : 30 de diciembre. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- Facúltese al Señor Alcalde para que dicte normas complementarias si fuera necesario, así como la prórroga por medio de Decreto de Alcaldía, de los vencimientos establecidos en la presente ordenanza, para lo cual deberá contar con el informe previo de la Gerencia de Administración Tributaria y con cargo a dar cuenta al Concejo de esta Comuna en la siguiente sesión de concejo. Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente ordenanza, a la Secretaría General su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información su publicación en el portal electrónico institucional. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1192461-1 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Aprueban Reglamento Interno del Concejo Municipal de Jesús María ORDENANZA Nº 453-MDJM Jesús María, 9 de enero del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA POR CUANTO:El Concejo Municipal del Distrito de Jesús María, en Sesión Ordinaria de fecha 09 de enero del 2015, según Informe N° 002-2015-MDJM-GAJyRC-MJM de fecha 07 de enero del año 2015, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, con el voto unánime de los señores Regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme lo establece el numeral Nº 12 del artículo 9 de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal la aprobación del Reglamento Interno del Concejo Municipal, a propuesta del Alcalde, concordante con lo prescrito por el numeral 14 del artículo 20 del mismo cuerpo legal;