TEXTO PAGINA: 38
El Peruano Domingo 25 de enero de 2015 545432 con elementos de juicio su fi cientes, para garantizar la efi cacia de las sanciones administrativas impuestas, en casos que se veri fi que que está en peligro la vida, salud, medio ambiente, higiene o seguridad pública, así como en los casos en los que se vulnere las normas contenidas en la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edi fi caciones o las que legislan sobre urbanismo, zonifi cación, o vulneren derechos de los consumidores respecto a prácticas discriminatorias y demás normas legales vigentes. x) Modi fi car, variar o levantar las medidas provisorias durante la etapa de instrucción del procedimiento administrativo sancionador. y) Ejecutar de manera inmediata las sanciones no pecuniarias o complementarias de clausura, decomiso, inmovilización, retención, captura e internamiento de animales, internamiento temporal de vehículo menor y suspensión de eventos, actividades sociales y espectáculos públicos no deportivos, por infringir las normas y disposiciones municipales, de conformidad con la ley de la materia. z) Veri fi car que las obras de construcción civil se ejecuten conforme a la legislación de la materia y en caso de comprobar el incumplimiento a dichos dispositivos legales, adoptar las medidas provisorias o cautelares de acuerdo a las normas legales vigentes. aa) Imponer la sanción administrativa de multa mediante Papeleta de Infracción, así como disponer el internamiento de los vehículos menores en el Depósito Municipal, por la comisión de infracciones a la legislación nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados y no Motorizados y las disposiciones emitidas por la municipalidad. bb) Resolver en primera instancia los recursos administrativos que se presenten contra las Resoluciones de Sanción Administrativa, Medidas Cautelares, Papeletas de Infracción de Tránsito u otra resolución que emita. cc) Gestionar la cobranza ordinaria de las multas administrativas y las Papeletas de Infracción, impuestas a los conductores o personas jurídicas prestadoras del servicio público especial de pasajero y/o carga en vehículos menores, que hayan quedado fi rmes. dd) Remitir a la Ejecutoría Coactiva las sanciones no pecuniarias para su ejecución, así como el expediente de cobranza de las multas que no se han podido cobrar en la vía ordinaria. ee) Formular y actualizar el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y del Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA) en coordinación con las unidades orgánicas respectivas. ff) Coordinar, en los casos que se requiera, la participación de la Policía Nacional del Perú, el Ministerio Público, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Agricultura, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Propiedad Intelectual (INDECOPI) u otras entidades públicas competentes, en operativos especiales de fi scalización y control de competencia municipal, en resguardo de los intereses de la comunidad. gg) Solicitar el apoyo necesario a la Policía Nacional del Perú y a la Subgerencia de Serenazgo, para ejecutar y dar cumplimiento a las medidas provisorias y cautelares que se dicten. hh) Mantener un registro actualizado sobre las Notifi caciones de Infracción, Papeletas de Infracción y Resolución de Sanción Administrativa emitidas. ii) Coordinar con la Subgerencia de Recursos Humanos las actividades relacionadas a la capacitación técnica y legal, del personal que conforma el equipo de fi scalizadores municipales. jj) Emitir Resoluciones de acuerdo a la normatividad vigente y de su competencia. kk) Formular, actualizar y proponer la normatividad interna de su competencia. ll) Velar por la integridad y custodia de los archivos que tenga a su cargo. mm) Formular, actualizar y proponer la normatividad interna de su competencia, a través de reglamentos, directivas, manuales de procedimientos y otros documentos técnico-normativos. nn) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven de las disposiciones legales o que le sean asignadas por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades. 12. MODIFICACIÓN del artículo 100° del TUO del ROF, respecto de la función contemplada en el literal a) de la Gerencia de Gestión Ambiental y Obras Públicas, en adecuación a los cambios realizados en la Estructura Orgánica, quedando redactado de la siguiente manera: (…) “a) Plani fi car la supervisión del Servicio de Limpieza Pública, regojo y transporte de maleza y residuos vegetales hasta su disposición fi nal, coordinando con la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico –Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones y Fiscalización Administrativa, el seguimiento de los infractores de las normas sobre la materia, (…)” 13. MODIFICACIÓN del artículo 103°-D del TUO del ROF, respecto de la función contemplada en el literal h) de la Subgerencia de Obras Públicas, en adecuación a los cambios realizados en la Estructura Orgánica, quedando redactado de la siguiente manera: (…) “h) Coordinar reuniones con la Gerencia de Participación Vecinal a fi n de mantener informado a los vecinos de los avances de las obras, (…)” 14. MODIFICACIÓN del artículo 105° del TUO del ROF, respecto de la función contemplada en el literal r) de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, en adecuación a los cambios realizados en la Estructura Orgánica, quedando redactado de la siguiente manera: (…) “r) Recepcionar quejas y denuncias por el mal uso de los elementos de seguridad, detectando y corrigiendo distorsiones en su uso que afecten la vialidad, en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico a través de laSubgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones y Fiscalización Administrativa, (…)” 15. MODIFICACIÓN del artículo 108° del TUO del ROF, respecto de la función contemplada en el literal k) de la Subgerencia de Serenazgo, en adecuación a los cambios realizados en la Estructura Orgánica, quedando redactado de la siguiente manera: (…) “k) Apoyar a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico a través de laSubgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones y Fiscalización Administrativa, para el cumplimiento de las normas internas y disposiciones legales vigentes, cuando lo soliciten, (…)” 16. DEROGACIÓN de los artículos 87°-A y 87°-B de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, y de los artículos 97° y 98° de la Ejecutoria Coactiva, en el TUO del ROF en adecuación a los cambios realizados en la Estructura Orgánica. 17. MODIFICACIÓN de la segunda disposición fi nal del ROF, respecto a las siguientes Unidades Orgánicas, en adecuación a los cambios realizados en la estructura orgánica: Toda mención efectuada a: Deberá entenderse referida a: • Ofi cina de Participación vecinal• Gerencia de Participación Vecinal • Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional• Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional • Subgerencia de Comunicaciones y Protocolo • Subgerencia de Defensa Civil• Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones y Fiscalización Administrativa• Subgerencia de Fiscalización Administrativa