Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2015 (25/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA 25 de enero de 2015

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de prevencion en el distrito definidas por la Plataforma de Defensa Civil. h) Organizar brigadas de defensa civil, capacitandolas para su mejor desempeno. i) Coordinar con las entidades cientifico-tecnicas, que tengan a su cargo la identificacion de peligros, analisis de las vulnerabilidades y estimacion de riesgos, a fin de adoptar las medidas de prevencion mas efectivas. j) Proponer la suscripcion de Convenios en materia de Gestion de Riegos de Desastres y Defensa Civil con organismos nacionales e internacionales, asi como ejecutar los convenios vigentes. k) Evaluar y supervisar el cumplimiento de las normas de seguridad en los espectaculos publicos y privados, deportivos y no deportivos que se realicen en el distrito previa solicitud de parte, garantizando la seguridad de los asistentes. l) Preparar y realizar simulacros de evacuacion en casos de sismos, desastres naturales, incendios y otros, en centros educativos, laborales, comunales, locales publicos y privados, entre otros. m) Integrar el Grupo de Trabajo para la Gestion de Riesgos de Desastres de La MORDAZA como Secretario Tecnico, llevando el libro de actas y el archivo del Comite. n) Emitir Certificados de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Edificaciones y la Resolucion de otorgamiento correspondiente. o) Programar, organizar, ejecutar y controlar las actividades relacionadas con el desarrollo de las labores de los fiscalizadores municipales y policias municipales encargados de cautelar el fiel cumplimiento de las normas y disposiciones municipales. p)Atender las denuncias vecinales sobre incumplimiento de las normas y disposiciones municipales. q) Fiscalizar el cumplimiento de las normas municipales en materia de actividades economicas comerciales, industriales y de servicios, publicidad exterior, comercio informal y ambulatorio, espectaculos publicos no deportivos, actividades sociales, defensa civil, gestion ambiental, salud y salubridad, servicio de transporte publico especial en vehiculos menores y otros. Asimismo, fiscalizar el cumplimiento de las normas municipales en materia de edificaciones y habilitaciones urbanas y efectuar la verificacion tecnica de las licencias otorgadas por la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, segun las normas vigentes. r) Solicitar, en el ambito de sus competencias, la cooperacion, intervencion, pronunciamiento y/o dictamen de las diversas unidades organicas de la municipalidad, en materias relacionadas a la fiscalizacion y control municipal, pudiendo solicitar la intervencion de agentes externos a la entidad con sujecion a la normativa vigente. s) Realizar indagaciones, investigaciones, inspecciones, examenes y analisis necesarios, orientados a determinar con caracter preliminar si concurren circunstancias que justifiquen el inicio del procedimiento administrativo sancionador, adoptando de ser el caso las medidas coercitivas necesarias MORDAZA del inicio del procedimiento sancionador. t) Iniciar y conducir el procedimiento administrativo sancionador como autoridad instructora, por las infracciones de caracter administrativo, emitiendo, a traves de los fiscalizadores municipales, la respectiva Notificacion de Infraccion. u) Concluir el procedimiento sancionador como autoridad resolutiva, evaluando las circunstancias en la que se produjeron los hechos materia de infraccion, los medios probatorios, los argumentos juridicos y otros, que MORDAZA parte del descargo del infractor, si procede o no la imposicion de sancion administrativa, para lo cual emitira la resolucion administrativa correspondiente. v) Emitir y ejecutar las resoluciones administrativas de medidas de caracter provisional que adopte, mediante decision motivada y con elementos de juicio suficientes, a fin de garantizar la eficacia de la Resolucion de Sancion Administrativa a emitir, en casos que se verifique que esta en peligro la salud, medio ambiente, higiene o seguridad publica; asi como los casos de discriminacion en los que se vulnere las normas sobre urbanismo, zonificacion u otros, en concordancia con la normatividad vigente. w) Disponer y ejecutar medidas cautelares u otras necesarias, emitidas mediante decision motivada y

Edificaciones y Fiscalizacion Administrativala fiscalizacion posterior de todas las licencias y autorizaciones municipales otorgadas, k) Coordinar con la Subgerencia de Gestion del Riesgo de Desastres, Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Edificaciones y Fiscalizacion Administrativapara la evaluacion de objetos de inspeccion, respecto de la verificacion de las condiciones minimas de seguridad en edificaciones, de los establecimientos comerciales y de servicios, asi como tambien para la realizacion de espectaculos publicos no deportivos (...)" 11. MODIFICACION de los articulos 86° y 87° del TUO del ROF, de la Subgerencia de Defensa Civil que se unifica con la Subgerencia de Fiscalizacion Administrativa como parte del MORDAZA de simplificacion, pasando a denominarse, Subgerencia de Gestion del Riesgo de Desastres, Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Edificaciones y Fiscalizacion Administrativa toda vez que las actividades que desarrollan MORDAZA unidades organicas tienen semejanzas,considerando asimismo los cambios introducidos por la Ley N° 30230 - Ley que establece medidas tributarias, simplificacion de procedimientos y permisos para la promocion y dinamizacion de la inversion en el MORDAZA (Articulos 63° y 64°),quedando redactados de la siguiente manera: SUBGERENCIA DE GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES, INSPECCIONES TECNICAS DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Y FISCALIZACION ADMINISTRATIVA Articulo 86º.- La Subgerencia de Gestion del Riesgo de Desastres, Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Edificaciones y Fiscalizacion Administrativaes la unidad organica que tiene como objetivo proteger a la poblacion adoptando medidas que faciliten la preparacion, la respuesta y la rehabilitacion ante riesgo de desastres, el control permanente de los factores de riesgo en la poblacion del Distrito para una ayuda oportuna en casos de emergencia o desastres de toda indole, asi como fiscalizar el cumplimiento de las normas municipales y la autoridad instructora y resolutiva del procedimiento administrativo sancionador. Esta a cargo de un funcionario de confianza con categoria de Subgerente que depende de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Economico. Articulo 87°.- Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Gestion del Riesgo de Desastres, Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Edificaciones y Fiscalizacion Administrativa: a) Planear, dirigir y conducir las acciones de Gestion del Riesgo de Desastres en la jurisdiccion del distrito de La MORDAZA, dentro del MORDAZA legal establecido por las normas tecnicas emitidas por el Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion del Riesgo de Desastres (CENEPRED) b) Gestionar el aseguramiento progresivo de los procesos tecnicos y administrativos que faciliten la preparacion, la respuesta y la rehabilitacion ante riego de desastres, en coordinacion con las unidades organicas de la municipalidad, en cumplimiento de lo establecido en la Ley del SINAGERD. c) Promover y ejecutar acciones de capacitacion en defensa civil a todo nivel, llevando a cabo el Plan de Educacion Comunitaria en Gestion del Riesgo de Desastres para la colectividad del distrito, promoviendo las acciones educativas que correspondan. d) Apoyar a la Plataforma de Defensa Civil en la elaboracion de los Planes de Gestion de Riesgo de Desastres del distrito, asi como en las actividades relacionadas al funcionamiento de la Plataforma. e) Supervisar el cumplimiento de las normas de seguridad en el distrito de acuerdo a su competencia y efectuar el seguimiento correspondiente conforme a las directivas aprobadas. f) Supervisar y efectuar, en lo que corresponda, las visitas de inspeccion tecnica, inspecciones tecnicas de seguridad en edificaciones en el distrito, en el MORDAZA de su competencia, emitiendo la correspondiente Resolucion de finalizacion del procedimiento y/u otras que correspondan. g) Brindar apoyo tecnico a las Comisiones en la supervision y seguimiento de las actividades y acciones

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