Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2015 (01/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA 1 de febrero de 2015

546003
Directivo la modificacion de las siguientes Resoluciones: Resolucion de Consejo Directivo Nº 138-2012-OS/CD, Resolucion de Consejo Directivo Nº 173-2012-OS/CD, Resolucion de Consejo Directivo Nº 259-2012-OS/CD, Resolucion de Consejo Directivo Nº 148-2013-OS/CD, Resolucion de Consejo Directivo Nº 247-2013-OS/CD y Resolucion de Consejo Directivo Nº 249-2013-OS/CD. CONSIDERANDO: Que, a traves de la Ley Nº 29852 se creo el Fondo de Inclusion Social Energetico (FISE), como un sistema de compensacion energetica y un esquema de compensacion social y de servicio universal para los sectores mas vulnerables de la poblacion; Que, el Reglamento de la citada Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2012-EM y modificatorias, precisa que los montos recaudados por aplicacion de los recargos, al que hace referencia el articulo 4º de la Ley del FISE, deberan transferirse en la oportunidad y forma que indique el Administrador. Ademas se senala en el mencionado Reglamento que Osinergmin se encargara de fiscalizar la correcta aplicacion y recaudacion de los recargos y transferencias mensuales, para lo cual emitira las normas reglamentarias correspondientes; Que, en virtud a ello, Osinergmin mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 138-2012-OS-CD, aprobo la MORDAZA "Procedimiento, Plazos, Formatos y disposiciones aplicables para la implementacion y ejecucion del FISE aplicable al descuento en la compra del balon de gas"; cuyo articulo 4º establece que el Administrador, constituira un fideicomiso en el cual los agentes recaudadores efectuaran el deposito de los recargos derivados del articulo 4º de la Ley del FISE; Que, mediante Memorando OCI-186-2014 de fecha 11 agosto de 2014, el Organo de Control Institucional alcanzo al Presidente del Consejo Directivo de Osinergmin, el Informe de Auditoria Nº 002-2014-2-4243, a traves del cual recomienda revisar la normativa vigente sobre la informacion relacionada con los aportes que se remiten a traves de los formatos FISE-01, FISE-02 y FISE-03, con la finalidad de que permitan un analisis detallado de los ingresos del FISE por periodos de recaudacion o facturacion; Que, en atencion a lo indicado es necesario hacer precisiones normativas en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 138-2012-OS/CD, que coadyuven a mejorar la calidad de la informacion, con el objeto que esta sea consistente, uniforme y presentada en forma oportuna por los agentes recaudadores; Que, asimismo, en merito a lo dispuesto en el articulo 13º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 138-2012OS/CD, el Osinergmin ha establecido mecanismos y medios informaticos para facilitar la remision de la informacion de los formatos FISE, la cual actualmente se realiza a traves del sistema web denominado "Sistema Integral FISE", facilitando la remision completa y oportuna de la informacion; razon por la cual es apropiado disminuir el plazo MORDAZA de entrega de la informacion mediante formatos FISE, de 20 dias a 10 dias calendario, esto en merito a los mecanismos informaticos implementados por el Administrador; Que, de otro lado, mediante la MORDAZA "Disposiciones complementarias para la operatividad a nivel nacional del FISE aplicable al descuento en la compra del balon de gas de usuarios que tienen servicio electrico" aprobada con Resolucion de Consejo Directivo Nº 173-2012-OS/CD, se busco instruir a las empresas Distribuidoras Electricas respecto de las actividades en la implementacion del Vale de Descuento FISE. Cabe destacar que la experiencia en la operatividad y a fin de mejorar la gestion de las Empresas Electricas respecto del FISE, es necesario realizar cambios normativos relativos a la identificacion de los Usuarios de suministros provisionales y colectivos; asi como en relacion a las actividades de difusion a cargo de la Distribuidoras Electricas; Que, a efectos de brindar mayor celeridad a las labores de administracion del FISE, el articulo 12º de la Resolucion del Consejo Directivo Nº 259-2012-OS/CD, preciso que la aprobacion del programa de transferencias, corresponde al Jefe de proyecto FISE en tanto Osinergmin mantenga la calidad de Administrador del FISE, debiendo informar mensualmente al Consejo Directivo de la ejecucion de las mencionadas transferencias;

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Designan Secretario General de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales
RESOLUCION N° 015-2015/SBN San MORDAZA, 30 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Secretario General de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; Que, en tal sentido, es necesario designar al profesional que ocupara el referido cargo; Con el visado de la Oficina de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 3º de la Ley Nº 27594 y en uso de la atribucion conferida por el inciso k) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a partir del 01 de febrero de 2015, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Secretario General de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente 1195677-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Modifican las Normas "Procedimientos, Plazos, Formatos y disposiciones aplicables para la implementacion y ejecucion del FISE aplicable al descuento en la compra del balon de gas", "Disposiciones Complementarias para la Operatividad a Nivel Nacional del FISE Aplicable al Descuento en la Compra del Balon de Gas de Usuarios que tienen Servicio Electrico" y otras
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 26-2015-OS/CD MORDAZA, 27 de enero de 2015 VISTO: El Memorando Nº FISE-229-2014, mediante el cual el Jefe de Proyecto FISE somete a consideracion del Consejo

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