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El Peruano Domingo 1 de febrero de 2015 546010 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27594 que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el Artículo 1º de la citada Ley se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad; Que, asimismo, el artículo 7º de la indicada Ley dispone que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 00000139-2013-MIGRACIONES de 03 de setiembre de 2013, publicada el 04 de setiembre de 2013, se designó a la abogada MARTHA YSABEL VILLANUEVA ENRIQUEZ en el cargo público de con fi anza de Directora General de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Migraciones, habiendo la citada funcionaria presentado renuncia al referido cargo; En uso de las facultades conferidas por los artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594 y el inciso c) del artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1130, Decreto Legislativo que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; SE RESUELVE:Artículo 1° .- Aceptar la renuncia de la abogada MARTHA YSABEL VILLANUEVA ENRIQUEZ al cargo público de confi anza de Directora General de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2° .- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución de Superintendencia a la O fi cina General de Recursos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDWIN RAMON PALOMINO VEGA Superintendente NacionalMIGRACIONES 1195458-1 ORGANOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje de funcionario de la SBS a la Confederación Suiza, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS N° 520-2015 Lima, 23 de enero de 2015EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DEPENSIONES (a.i.) VISTA:La invitación cursada por el Financial Stability Institute (FSI) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en el Workshop “Implementation of the Countercyclical Capital Buffer”, que se llevará a cabo los días 11 y 12 de febrero de 2015, en la ciudad de Basilea, Confederación Suiza;CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es miembro del Basel Consultative Group (BCG), que forma parte del Basel Committee on Banking Supervision (BCBS), principal organismo normativo internacional para la regulación prudencial de los bancos y constituye un foro de cooperación en materia de supervisión bancaria, cuyo mandato es mejorar la regulación, la supervisión y las prácticas bancarias en todo el mundo con el fi n de afi anzar la estabilidad fi nanciera; Que, el Bank for International Settlements (BIS) y el Basel Committee on Banking Supervision (BCBS) crearon conjuntamente el Financial Stability Institute (FSI) con la fi nalidad de asistir a los supervisores del sector fi nanciero alrededor del mundo en el mejoramiento y fortalecimiento de sus sistemas fi nancieros; Que, en atención a la invitación cursada, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en bene fi cio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar al señor Jorge Dámaso Mogrovejo González, Superintendente Adjunto de Capacitación y Asuntos Internacionales (e), para que participe como expositor en el citado evento, con el tema “Analytical frameworks for other countercyclical tools - what can we learn for the countercyclical capital buffer?”; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-18, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y alojamiento serán cubiertos por el Financial Stability Institute (FSI), en tanto que los gastos por concepto de viáticos complementarios serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015; y, En uso de las facultades que le con fi ere la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Resolución SBS N° 210-2015, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-18 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Jorge Dámaso Mogrovejo González, Superintendente Adjunto de Capacitación y Asuntos Internacionales (e) de la SBS, del 09 al 13 de febrero de 2015, a la ciudad de Basilea, Confederación Suiza, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos y alojamiento serán cubiertos por el Financial Stability Institute (FSI), en tanto que los gastos por concepto de viáticos complementarios serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos Complementarios US$ 432,00Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de