Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2015 (07/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Sabado 7 de febrero de 2015

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Que, mediante Informe Legal N° 399-2014-GRLLGGR-GRAJ/EPJV, la senorita abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Gerencia Regional de Asesoria Juridica, senala que luego del analisis realizado, y estando a los actuados, emite opinion en el sentido, que tratandose de una MORDAZA declarativa que se encuentra dentro de la competencia del Gobierno Regional de La MORDAZA, procede su aprobacion por el Consejo Regional, de conformidad con los argumentos expuestos en dicho Informe Legal. Que, el articulo 192° de la Constitucion Politica del Peru establece que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo. Que, el articulo 4° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales prescribe que los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada, y el empleo y garantiza el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que, el articulo 6° de la Ley N° 27867 establece que el desarrollo regional comprende la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico social, poblacional, cultural y ambiental, a traves de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento economico armonizado con la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo y la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientando hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades. Que, mediante Decreto Supremo 064-2010-EM, se aprobo la Politica Energetica Nacional del Peru 2010 ­ 2040, sustentandose en conceptos de desarrollo sostenible y en el MORDAZA juridico nacional, con enfasis en los aspectos de promocion y proteccion de la inversion privada, minimizando los impactos sociales y ambientales, respetando e incentivando los mercados energeticos, asi como promoviendo la eficiencia energetica y el desarrollo de las energias renovables a nivel local, regional y nacional. Que, el Objetivo N° 7 de la MORDAZA citada precedentemente establece que se debe desarrollar la industria del gas natural y promover su uso en actividades domiciliarias, transporte, comercio e industrias asi como la generacion electrica eficiente, teniendo como lineamientos principales de politica el de promover la sustitucion de combustibles liquidos derivados del petroleo por gas natural en la industria y en el transporte MORDAZA, interprovincial y de carga, asi como facilitar el desarrollo de sistemas descentralizados en la distribucion de gas natural en todos los sectores de consumo del pais. Que, entre los objetivos mas resaltantes de la politica energetica nacional, se destaca el de desarrollar un sector energetico con minimo impacto ambiental y bajas emisiones de carbono en un MORDAZA de desarrollo sostenible, promoviendo los proyectos energeticos que obtengan beneficios por la venta de los Certificados de la Reduccion de Emisiones para el MORDAZA de carbono e impulsar el desarrollo y uso de energias limpias y de tecnologias con bajas emisiones contaminantes y que eviten la biodegradacion de los recursos. Que, promover la utilizacion del gas natural en las diversas actividades de la sociedad constituye una politica de Estado y por ende de aplicacion regional, en tanto que el gas natural posee ventajas economicas y ambientales, en comparacion a los combustibles liquidos cuyo consumo a la fecha es masivo, teniendo nuestro MORDAZA enormes reservas de gas natural, lo que hace economicamente viable el cambio de matriz energetica en nuestro MORDAZA y por ende nuestra Region. Que, el numeral 8.1 del articulo 8 de la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energetica en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusion Social Energetico, establece que para los fines de masificacion del uso del gas natural, el Ministerio de Energia y Minas aprobara el Plan de Acceso Universal a la Energia, el cual definira los lineamientos y criterios relacionados al acceso al MORDAZA,

Ordenanza Regional que declara de necesidad y utilidad publica y de interes regional, la promocion, comercializacion, y uso prioritario del gas natural, para el desarrollo de la Region La MORDAZA, sustentado en un enfoque economico, social y ambiental
ORDENANZA REGIONAL N° 016-2014-GR-LL/CR EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 191° y 192° de la Constitucion Politica del Peru; Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralizacion; Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias, y demas normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 4 de noviembre de 2014, el Dictamen emitido por la Comision Ordinaria de Recursos Naturales y Proteccion del Ambiente del Consejo Regional La MORDAZA recaido en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a declarar de necesidad y utilidad regional, la promocion, distribucion, comercializacion y uso prioritario del gas natural, para el desarrollo de la Region La MORDAZA, sustentado en un enfoque economico, social y ambiental; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 191° de la Constitucion Politica del Peru, y articulo 2° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, es competencia del Gobierno Regional, emitir Ordenanzas Regionales conforme a lo prescrito en el articulo 38° de la Ley N° 27867, que establece: "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (...)". Que, mediante Memorandum N° 26-2013-GR.LLGGR/GRAMB, de fecha 7 de febrero de 2014, la Gerencia Regional del Ambiente presenta proyecto de Ordenanza Regional relativo a "Declarar de necesidad y utilidad publica y de interes regional, la promocion, comercializacion, y uso prioritario del gas natural, para el desarrollo de la Region La MORDAZA, sustentado en un enfoque economico, social y ambiental". Que, mediante Informe S/N, el senor economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, TAP de la Gerencia Regional del Ambiente concluye que el presente proyecto de Ordenanza Regional es concordante con los objetivos especificos en materia ambiental del Plan Regional Concertado de la Region La MORDAZA 2010 ­ 2021: "Conservar y aprovechar sosteniblemente la diversidad biologica, los recursos naturales, renovables y no renovables de la region"; y, "Promover practicas ecoeficientes en todas las instituciones publicas, empresas privadas y familias en la Region La Libertad; que es concordante con el objetivo especifico en materia ambiental del Plan Estrategico del Gobierno Regional La MORDAZA (PEI-GRLL): " Promover el uso racional de los recursos naturales, con gestion ambiental, dentro de un desarrollo limpio", y; contribuye a institucionalizar politicas ambientales de control y reduccion de emisiones de carbono, y de preservar la calidad ambiental. Opinando que el proyecto de Ordenanza Regional citado es tecnica y ambientalmente viable.

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