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El Peruano Sábado 7 de febrero de 2015 546350 informe deberá adjuntar el listado nominal del personal que labora en cada órgano jurisdiccional, indicando por cada uno de ellos, su cargo, régimen laboral, tiempo de servicio en el órgano jurisdiccional, califi cación argumentada de su desempeño en bueno, regular o bajo, así como si se encuentra debidamente capacitado, esto con la fi nalidad que dicha Comisión Nacional, en coordinación con las Comisiones Distritales y la Gerencia General de este Poder del Estado, adopten las acciones correspondientes que permitan dinamizar la productividad judicial. Artículo Octavo.- Disponer que las Ofi cinas Desconcentradas de Control de la Magistratura de las Cortes Superiores de Justicia del país verifi quen el desempeño de los órganos jurisdiccionales listados en el Anexo A, cuyo nivel de resolución de expedientes sea inferior al 73% de su meta. Asimismo, que las Cortes Superiores de Justicia involucradas en la presente resolución, cuyos órganos jurisdiccionales laborales liquidadores y penales liquidadores transitorios han sido materia de prórroga en la presente resolución, verifi carán el desempeño de los mismos, debiendo comunicar sobre dicho resultado a la Presidencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial. Artículo Noveno.- Disponer que los órganos jurisdiccionales penales liquidadores tengan presente la Directiva N° 012-2013-CE-PJ, “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencias Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, del 28 de noviembre de 2013. Artículo Décimo.- Disponer que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, remitan a la Comisión Nacional de Productividad Judicial un informe detallando las difi cultades que han presentado sus órganos jurisdiccionales en el desarrollo de sus funciones y que infl uyen en la producción jurisdiccional, y que pueden ser, entre otros, inadecuada distribución de expedientes por la Mesa de Partes, limitaciones logísticas, fi nancieras, de personal, problemas en los sistemas de notifi cación o aquellos que técnicamente se identifi que, para lo cual deberán plantear soluciones técnicas en el plazo de un mes a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo Undécimo.- Mantener como política institucional que durante el proceso de liquidación de expedientes de los órganos jurisdiccionales destinados para tal fi n, aquellos que se queden sin carga procesal por su buen nivel resolutivo, reciban los expedientes de los órganos jurisdiccionales liquidadores menos productivos, los cuales serán reubicados a otro Distrito Judicial. Artículo Duodécimo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Ofi cina de Productividad Judicial, Presidentes de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1197446-5 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan funcionaria responsable de brindar información a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 059-2015-P-CSJLI/PJ Lima, 03 de febrero de 2015 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 762-2013-P-CSJL- PJ de fecha 19 de agosto del año 2013, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 22 de agosto del año 2013, la Resolución Administrativa N° 051-2015-P-CSJLI/PJ de fecha 02 de febrero del presente año. Y CONSIDERANDOS: Que, mediante la Resolución Administrativa N° 762- 2013-P-CSJL-PJ de fecha 19 de agosto del año 2013, se designó al abogado Renato Paul Cobos Quenaya, ex Secretario de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, como funcionario responsable de brindar información a que se refi ere la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Que, por Resolución Administrativa N° 051-2015-P- CSJLI/PJ de fecha 02 de febrero del presente año se dispuso dar por concluida la designación del abogado Renato Paul Cobos Quenaya en el cargo de confi anza de Secretario de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima y Coordinador del Área de Trámite Documentario y Archivo a partir del día 03 de febrero del presente año; encargándose a la abogada Deysi Jannet Chafl oque Tullume, la Secretaría de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima a partir del día 03 de febrero del presente año. Que, estando a lo expuesto en los párrafos anteriores, resulta necesario que esta Presidencia faculte al funcionario responsable de brindar información pública conforme a lo regulado en la Ley N° 27806. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo, quien dirige la política interna dictando las medidas administrativas pertinentes, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia. Que, por lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR a la abogada DEYSI JANNET CHAFLOQUE TULLUME, Secretaria de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, como funcionaria responsable de brindar información a que se refi ere la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública a partir del día 03 de febrero del presente año. Artículo Segundo: Transcríbase la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, Coordinación de Personal de esta Corte Superior; para su conocimiento y fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1198211-1 Aprueban cronograma trimestral de realización de las audiencias públicas extraordinarias que efectuarán diversas salas de la Corte Superior de Justicia de Lima Este durante el año judicial 2015 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 104-2015-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, 3 de febrero de 2015 VISTOS: El Decreto Ley Nº 25476, Resolución Administrativa Nº 008-2011-SP-CS-PJ y la Resolución Administrativa N° 041-2015-P-CSJLE/PJ; y,