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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (07/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 55

El Peruano Sábado 7 de febrero de 2015 546361 por lo cual no pueden estar ajenos a la problemática económica y social, siendo necesario adoptar medidas que benefi cien a los contribuyentes afectos al tributo de los arbitrios; Que, mediante Ordenanza Nº 206/MDC, se reguló el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el distrito de Cieneguilla, correspondiente al ejercicio 2015, ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 2353 MML, publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano el 31 de Diciembre del 2014, disponiéndose en su artículo primero aplicar para el ejercicio 2015, lo dispuesto en la Ordenanza Nº 190-2013-MDC, que aprueba los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2014, ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 2638 MML, publicada el 28 de Diciembre del 2013, que actualiza la Ordenanza Nº 167-2012-MDC, que aprueba el régimen tributario de los Arbitrios Municipales del Servicio de Barrido de Calles para el 2013, ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 2310-MML, publicada el 30 de Diciembre del 2012 y la Ordenanza Nº 168-2012-MDC, que aprueba el régimen tributario de los Arbitrios Municipales del Servicio de Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo del Ejercicio 2013, ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 2311-MML, publicada el 30 de Diciembre del 2012; Que, de acuerdo a la realidad socio económica del distrito y a fi n de poder incentivar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el pago de los arbitrios municipales, se hace necesario brindar facilidades a los contribuyentes que les permita cumplir con sus obligaciones tributarias y a la vez garantizar el mantenimiento de los servicios de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles), Parques y Jardines y Serenazgo en el distrito; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Art. 40º de Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; y con la aprobación por del Concejo Municipal, se ha expedido la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL REGIMEN DE INCENTIVOS EN LOS ARBITRIOS MUNICIPALES 2015 EN EL DISTRITO DE CIENEGUILLA Artículo Único.- ESTABLECER un Régimen de Incentivos de rebaja del diez por ciento (10%) sobre el monto insoluto de los arbitrios municipales del ejercicio 2015 para lo cual los contribuyentes podrán cumplir con alguna de las siguientes condiciones: a) Pagar la totalidad del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del presente ejercicio al vencimiento de pago de la primera cuota de los tributos. b) Estar al día en el pago de sus tributos hasta el ejercicio anterior y pagar dentro de las fechas de vencimiento las cuotas fraccionadas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del presente ejercicio. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias o ampliaciones de ser necesario para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y a las demás Unidades Orgánicas, el cumplimiento de lo dispuesto por la presente Ordenanza, a la Secretaria General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe) y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la adecuada difusión de la misma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 1197307-3 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Prorrogan vigencia del beneficio para el pago de deudas tributarias establecidas en artículo segundo numeral 1) y 2) de la Ordenanza Nº 406-2015-MDLO DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2015-MDLO Los Olivos, 2 de febrero de 2015. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS: CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 406-2015-MDLO, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 21 de enero de 2015, se establece un régimen de excepción para el pago voluntario de las deudas tributarias y no tributarias, cuyo acreedor es la Municipalidad de Los Olivos. El régimen de excepción comprende a las deudas tributarias generadas hasta el 31 de diciembre del 2014, en caso de arbitrios municipales e impuesto predial, la misma que podrá encontrarse en cualquier instancia administrativa o judicial; Que, en el artículo segundo de la citada ordenanza municipal en su numeral 1) y 2) se establece un benefi cio diferencial para los que se acojan a esta hasta el 31 de enero de 2015 y un benefi cio menor para los que lo hagan a partir del 02 de febrero hasta el 28 de febrero de 2015; Que, se ha verifi cado que existe un considerable número de contribuyentes con la intención de acogerse a los benefi cios otorgados, descritos en el párrafo precedente, mediante la citada ordenanza municipal, por lo que resulta conveniente prorrogar su vigencia del hasta el 28 de febrero de 2015; Que, la Primera Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 406-2015-MDLO, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la correcta aplicación de lo dispuesto en dicha ordenanza, así como para disponer la prórroga correspondiente de ser necesario; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Alcalde en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972: DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar la vigencia del benefi cio para el pago de deudas tributarias establecidas en el artículo segundo numeral 1) y 2) de la Ordenanza Nº 406-2015-MDLO los mismos que vencían el 31 de enero, hasta el 28 de febrero de 2015. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización, Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, Secretaria General y Gerencia de Prensa e Imagen Institucional el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde 1197910-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Ordenanza que deroga la Ordenanza Nº 030-MDMM que regula en materia edificatoria ORDENANZA N° 005-MDMM Magdalena del Mar, 29 de enero de 2015