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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (07/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 38

El Peruano Sábado 7 de febrero de 2015 546344 publicado. Cabe indicar que, dicho plazo venció el 01 de febrero de 2015; Que, conforme con lo señalado en el Informe N° 131- GFS/2015 de la Gerencia de Fiscalización y Supervisión, diversas empresas operadoras de servicios públicos de telecomunicaciones y/o asociación de las mismas, que son objeto de aplicación del referido proyecto normativo, han solicitado la ampliación del plazo para remitir comentarios, argumentando, principalmente, la importancia del proyecto y el nivel de complejidad que implica el análisis de las disposiciones planteadas; Que, resulta de importancia que los interesados revisen a detalle el Proyecto de “Modifi cación del Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones que modifi ca el artículo 6º e incluye el Anexo 18 - Procedimiento de Supervisión del Servicio de Acceso a Internet”; y, Que, en aplicación de las funciones previstas en el inciso p) del Artículo 25° y en el inciso b) del Artículo 75º del Reglamento General del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM; y, estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSIPTEL en su Sesión N° 562. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Otorgar quince (15) días calendario adicionales al plazo original, para la remisión de comentarios al Proyecto de “Modifi cación del Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, aprobado por Resolución N° 123- 2014-CD-OSIPTEL”; de conformidad con lo expuesto en los considerandos de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General que disponga las acciones necesarias para que la presente resolución sea publicada en el diario ofi cial El Peruano y en la página web institucional del OSIPTEL. Regístrese y publíquese. GONZALO MARTÍN RUIZ DÍAZ Presidente del Consejo Directivo 1198005-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a Alemania, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 011-2015-PROMPERÚ/SG Lima, 20 de enero de 2015 Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción de las Exportaciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable de PROMPERÚ, se ha previsto conjuntamente con empresas peruanas del sector agro, la participación en la Feria “BIOFACH 2015”, a realizarse en la ciudad de Núremberg, República Federal de Alemania, del 11 al 14 de febrero del 2015, con el objetivo de promover la oferta exportable peruana de alimentos orgánicos, fortaleciendo las relaciones comerciales de las empresas peruanas exportadoras y accediendo a nuevos contactos comerciales con potenciales compradores; Que, es importante la participación en la referida feria, por ser el evento más importante de productos orgánicos de Europa, además Alemania constituye el segundo destino de nuestras exportaciones agro industriales, lo que permitirá promover nuestras exportaciones de productos orgánicos producidos por PYMES agro exportadoras; asimismo, se conocerá las nuevas tendencias del mercado, los productos de las empresas de otros países que compiten con los nuestros y las innovaciones en productos, envases y embalajes, a fi n de que sean difundidos a las empresas peruanas exportadoras; Que, en tal razón, la Dirección de Promoción de las Exportaciones, ha solicitado que se autorice la comisión de servicios al exterior de los señores William Alberto Arteaga Donayre y Jorge Enrique Llosa Morales, quienes prestan servicios en dicha Dirección, a la ciudad de Núremberg, República Federal de Alemania, para que en representación de PROMPERÚ realicen actividades de promoción de exportaciones durante la feria antes señalada; Que, la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de los señores William Alberto Arteaga Donayre y Jorge Enrique Llosa Morales, a la ciudad de Núremberg, República Federal de Alemania, del 8 al 15 de febrero de 2015, para que en representación de PROMPERÚ realicen las acciones de promoción de las exportaciones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: William Alberto Arteaga Donayre: - Pasajes Aéreos : US $ 1 665,00 - Viáticos (US$ 540,00 x 6 días) : US $ 3 240,00 Jorge Enrique Llosa Morales: - Pasajes Aéreos : US $ 1 665,00 - Viáticos (US$ 540,00 x 6 días) : US $ 3 240,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza mediante el Artículo 1° de la presente Resolución, presentarán a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante los eventos al que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1197344-1