Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2015 (04/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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El Peruano Sábado 4 de julio de 2015

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 144-2015-PROMPERÚ/SG Lima, 25 de junio de 2015 Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción de las Exportaciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable de PROMPERÚ, se ha previsto conjuntamente con empresas peruanas exportadoras proveedoras a la minería y la Oficina Comercial del Perú en Chile, la "Misión Tecnológica y Comercial a Iquique, Antofagasta y Santiago", a realizarse en las ciudades de Iquique, Antofagasta y Santiago, República de Chile, del 6 al 9 de julio de 2015, con el objetivo de promover el intercambio comercial de las empresas peruanas proveedoras de minería con el mercado chileno, ampliando la red de contactos para difundir la oferta exportable peruana, en las áreas de explotación, exploración y procesamiento de minerales e insumos; Que, en tal razón, la Dirección de Promoción de las Exportaciones de PROMPERÚ ha solicitado se autorice la comisión de servicios al exterior del señor Joaquín Antonio Schwalb Helguero, quien presta servicios en dicha Dirección, a las ciudades de Iquique y Antofagasta, República de Chile, para que en representación de PROMPERÚ, realice acciones de promoción de exportaciones del sector minería; Que, la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje a las ciudades de Iquique y Antofagasta, República de Chile, del señor Joaquín Antonio Schwalb Helguero, del 5 al 10 de julio de 2015, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo diversas acciones de promoción de las exportaciones, durante la actividad mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes Aéreos : US $ 1 353,00 - Viáticos (US$ 370,00 x 4 días) : US $ 1 480,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Joaquín Antonio Schwalb Helguero, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la actividad que realizará; asimismo, deberá presentar las rendiciones de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaría General (e) 1258107-1

SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO
Aprueban la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional San Fernando
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 118 -2015-SERNANP Lima, 19 de junio de 2015 VISTO: El Informe N° 474-2015-SERNANP-DDE, de fecha 29 de mayo de 2015, mediante el cual la Dirección de Desarrollo Estratégico del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado-SERNANP, propone la aprobación de la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional San Fernando. CONSIDERANDO: Que, el artículo 68° de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas naturales Protegidas; Que, de conformidad con el artículo 1° de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, éstas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorías y zonificaciones, para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país; Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, el mismo que se constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SINANPE, y en su autoridad técnico-normativa; Que, el artículo 20° de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que las Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de planificación de más alto nivel con el que cuenta cada Área Natural Protegida, y que deberá ser elaborado bajo procesos participativos, y revisado cada cinco (5) años; Que, de conformidad con el artículo 25° de la precitada Ley, el Plan Maestro de cada Área Natural Protegida definirá la extensión que corresponda a su

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