Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2015 (24/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Viernes 24 de julio de 2015 /

El Peruano

Artículo Segundo.- El vínculo laboral especial con la Municipalidad Provincial del Cusco, se iniciará una vez cumplidas las formalidades a cargo de la referida Entidad de destino. Artículo Tercero.- Publicar en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1266533-2

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Aprueban otorgamiento de subvención a favor del Instituto Tecnológico de Massachusetts - MIT de los Estados Unidos de América, para la ejecución del Convenio de Implementación para la Creación del Programa Conjunto Fondos Semilla
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 092-2015-CONCYTEC-P Lima, 23 de julio de 2015 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 008-2015-FONDECYT-UPP-UAJ de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y de la Unidad de Asesoría Jurídica del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica FONDECYT, el Oficio Nº 244-2015-FONDECYT-DE, de la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, el Informe Nº 204-2015-CONCYTEC-OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica CONCYTEC, y el Informe N° 186-2015-CONCYTECOGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científica, administrativa, económica y financiera, que tiene como misión dirigir, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica, conforme a lo establecido en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y en los Decretos Supremos Nº 058-2011-PCM y Nº 067-2012-PCM; Que, a través de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, modificada por la Ley Nº 28613, se crea el Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT como una unidad de ejecución presupuestal del CONCYTEC, con patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera; Que, la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en su Numeral 1), autoriza excepcionalmente al CONCYTEC a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, a efectos de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica con la finalidad de promover el desarrollo de la ciencia y tecnología en el Año Fiscal 2015;

Que, asimismo, la referida disposición señala que lo establecido en los literales a) y b) precitados, se aprueba mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 038-2015-CONCYTEC-P, modificada por Resoluciones de Presidencia Nº 064 y N° 091-2015-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 002-2015-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", cuya finalidad es establecer el procedimiento, competencias y responsabilidades para la aprobación de las transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones regulados en la referida Disposición Complementaria Final; Que, mediante Oficio Nº 244-2015-FONDECYTDE, del 22 de julio de 2015, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita aprobar el otorgamiento de subvención por la suma de Cuatrocientos Ochenta y Siete Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 487 500.00) a favor del Instituto Tecnológico de Massachusetts - MIT de los Estados Unidos de América, para la ejecución del Convenio de Implementación para la Creación del Programa Conjunto Fondos Semilla; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT adjunta al Oficio N° 244-2015-FONDECYT-DE, el Informe Técnico Legal Nº 008-2015-FONDECYT-UPP-UAJ, suscrito por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, el cual señala que: i) Con fecha 13 de julio de 2015, el CONCYTEC, FONDECYT y MIT suscribieron el Convenio de Implementación para la Creación de un Programa Conjunto de Fondos Semilla, con el fin de promover proyectos de investigación y colaboración en áreas de interés común, así como fomentar y apoyar la cooperación científica y tecnológica, estando incluido en el Plan Operativo Institucional 2015 del FONDECYT, el cual permitirá cofinanciar el referido Programa Conjunto de Fondos Semilla; ii) FONDECYT ha verificado que el Convenio suscrito con el MIT cumple con los criterios establecidos por FONDECYT para la modalidad de suscripción de estos convenios que son: a) Acciones conjuntas de cooperación y colaboración para la promoción de la investigación y el desarrollo científico y tecnológico, b) Interés común para desarrollar acciones de promoción de CTeI, y c) Actividades que deben contribuir a la institucionalización y fortalecimiento del SINACYT; iii) Determina la viabilidad técnica, presupuestal y legal para el otorgamiento de subvención por un monto total de Cuatrocientos Ochenta y Siete Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 487 500.00) a favor del Instituto Tecnológico de Massachusetts ­ MIT de los Estados Unidos de América para la ejecución del Convenio de Implementación para la Creación del Programa Conjunto Fondos Semilla; y, iv) Adjunta el Certificado de Crédito Presupuestario Nº 0000000458; Que, mediante Informe Nº 204-2015-CONCYTECOGPP, del 23 de julio de 2015, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que se ha verificado lo informado por la Unidad Ejecutora FONDECYT, concluyendo que el otorgamiento de subvención solicitado por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, cuenta con disponibilidad presupuestal por la suma de Cuatrocientos Ochenta y Siete Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 487 500.00); Que, asimismo, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que con la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000458 de la Unidad Ejecutora 002: FONDECYT, se financiará la ejecución del Convenio de Implementación para la Creación del Programa Conjunto Fondos Semilla por el monto de Cuatrocientos Ochenta y Siete Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 487 500.00); Que, mediante Informe Nº 186-2015-CONCYTECOGAJ, la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, señala que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 008-2015-FONDECYTUPP-UAJ emitido por el FONDECYT, y en el informe presupuestal de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, se ha cumplido con lo dispuesto en el Literal a.3) del Numeral 4.2 de la Directiva Nº 002-2015-CONCYTEC-OGPP; Que, en atención a las opiniones técnicas emitidas, corresponde aprobar el otorgamiento de subvención

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