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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2015 (25/07/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 125

558263 NORMAS LEGALES Sábado 25 de julio de 2015 El Peruano / Desarrollo Urbano de la forma como lo detalla en su referido informe técnico. Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, órgano encargado de elaborar y modifi car los instrumentos de gestión técnicos normativos, se pronuncia en su Informe Nº 048-2015-MDB-GPP de fecha 07 de julio del 2015, por lo que resulta necesario efectuar la modifi cación del TUPA, respecto a ciertos procedimientos a cargo de la Sub. Gerencia de Obras Privadas, concluyendo que dichas modifi caciones deben aprobarse por Decreto de Alcaldía; Que, mediante Informe Nº 086-2015-MDB/GAJ, de fecha 07 de julio del 2015 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que mediante Decreto de Alcaldía se proceda a efectuar la modifi cación de los procedimientos administrativos a cargo de la Sub Gerencia de Obras Privadas, eliminando requisitos de ciertos procedimientos y adecuando otros en su denominación; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el Articulo 20º, numeral 6, y el artículo 42º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos con respecto a los siguientes requisitos: Número de Procedi- miento TUPA - 2015 Denominación del Procedimiento REQUISITO DICE: REQUISITO DEBE DECIR: 47.2 C o n f o r m i d a d de Obra y declaratoria de e d i f i c a c i o n e s con Variaciones (modificaciones sustanciales y siempre que se cumpla con la normatividad), para edifi caciones con Licencia módalidad C y D. (…) 06. Comprobante de pago por derecho de r e v i s i ó n , correspondiente a la especialidad de Arquitectura. (…) (…) 06. Copia del comprobante de pago por derecho de revisión, correspondiente a la especialidad de Arquitectura. (…) 51 Prorroga de la licencia de edifi cación o de habilitación Urbana. 01. Solicitud fi rmada por el solicitante. 02. Copia del Documento que acredite el número de la Licencia y/o del expediente. 01. Solicitud simple dirigida al Alcalde, indicando Nº de expediente o Nº de licencia de edifi cación fi rmado por el interesado. 52 Certifi cado de P a r á m e t r o s Urbanísticos y Edifi catorios (…) 01. FUE debida- mente suscrito. Solicitud simple dirigida al Alcalde indicando ubicación del predio. Artículo 2º.- ELIMINAR de los siguientes procedimientos los siguientes requisitos: Número de Procedimiento TUPA - 2015 Denominación del procedimiento Requisito a eliminar 34.5 Licencia de Edifi cación - Modalidad A para construcción de Cercos (de más de 20 metros de longitud, siempre que el inmueble no se encuentre bajo el régimen de propiedad exclusiva y propiedad común. (…) 06. Copia del documento que acredite la declaratoria de edifi cación y/o fábrica con sus respectivos planos respectivos (sic) en caso de no haber expedido por la municipalidad o copia del Certifi cado de Conformidad o Finalización de Obra o la Licencia de Obra de construcción de la edifi cación existente. (…) 45 Pre-declaratoria de edifi cación (todas las modalidades: A, B, C, D) (…) 04. Copia de los Planos de Ubicación y de Arquitectura aprobados, correspondiente a la Licencia de Edifi cación por duplicado. (…) 52 Certifi cado de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios (…) 02. Plano de Ubicación y Localización según formato. (…) Articulo 3º.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones, la publicación del mismo en el portal web institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista (www. munibellavista.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 1267447-1 MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Aprueban la actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de La Perla (PMRS) ORDENANZA Nº 018-2015-MDLP La Perla, 20 de julio del 2015 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE LA PERLA: POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA PERLA en Sesión Ordinaria del 20 de julio de 2015; y, VISTO: El Dictamen Nº 005-COM.DE SERVICIOS COMUNALES, el Informe Nº 068-2015-SGLP-GSC- MDLP de la Sub Gerencia de Limpieza Pública, el Memorándum Nº 0131-2015-GSC-MDLP de la Gerencia de Servicios Comunales, el Informe Nº 574-2015-GAJ- MDLP de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 001-2015-PI-GPYP-MDLP/ELTM del Coordinador del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 2º y 67º de la Constitución Política del Perú, es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, siendo el Estado el que determina la Política Nacional del Ambiente, promoviendo el uso racional de los recursos naturales; Que, el Artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible