Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2015 (25/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 113

El Peruano / Sábado 25 de julio de 2015

NORMAS LEGALES

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estandarizar el componente ortográfico o escriturario de la Lengua Quechua, una de las lenguas originarias mayoritarias en nuestra región, ya que nuestra lengua quechua, (lengua materna para un alto porcentaje de la población huanuqueña) no ha sido estandarizado; es decir, el idioma quechua, patrimonio inmaterial de nuestra región Huánuco y regiones vecinas como Pasco, Junín, Áncash, Huancavelica, Ayacucho; como la totalidad de regiones de nuestro país e inclusive de los hermanos países de Ecuador, Argentina, Bolivia, Chile, Colombia y Brasil; Que, la discriminación y el abuso histórico que aún se vive deben ser, aunque medianamente, superados mediante el respeto por las culturas y sus lenguas vivas. Una de las tantas formas de reivindicar tal aberración histórica, de cumplir la Ley Nº 29735, la Declaración Universal de los Derechos Lingüísticos (que tiene carácter de Constitución en todos los países), del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y otras disposiciones internacionales y nacionales, es el reconocimiento de las culturas nacionales y sus lenguas respectivas. Por las razones expuestas, nuestro anhelo es que en nuestra Región se oficialice y se estandarice la Ortografía de una de las lenguas más habladas en nuestra Región, el Quechua (Kichwa) propuesta por la Academia de la Lengua Quechua Chinchaysuyu,-Chinchaysuyu Runashimi Ya hakuy, que trata de respetar las formas de hablar de la mayor cantidad de quechuablantes de la Región Huánuco. Su máxima finalidad es la de uniformizar la forma de escribir en el Idioma Quechua en la Región Huánuco, es decir la Ortografía (parte del componente Fonético­Fonológico de la lengua), que servirá para fortalecer la identidad con la cultura huanuqueña y estará acorde con los componentes Morfológico­ Sintáctico y Semántico­Lexicológico (Diccionario) de la Gramática del idioma quechua de Huánuco; Que, el Convenio Nº 169 de OIT, que aprueba los derechos de los pueblos indígenas y tribales, en 1989, y firmada por el Estado Peruano el 02-02-1994, en su Art. 28, 1) manifiesta "Siempre que sea viable, deberá enseñarse a los niños de los pueblos interesados a leer y a escribir en su propia lengua indígena o en la lengua que más comúnmente se hable en el grupo a que pertenezcan. Cuando ello no sea viable, las autoridades competentes deberán celebrar consultas con esos pueblos con miras a la adopción de medidas que permitan alcanzar este objetivo"; Que, mediante Ley Nº 29735 que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las Lenguas Originarias del Perú, en su Art. 4. Sobre los Derechos de la persona: a) Ejercer sus derechos lingüísticos de manera individual y colectiva, d) Relacionarse y asociarse con otros miembros de su comunidad lingüística de origen y e) Mantener y desarrollar la propia cultura; Que, mediante con oficio Nº16-2015-ALQ-CHRSYHCO del 20 de abril de 2015 presentado por el señor Santiago Aguí Mendoza Presidente de la Academia Quechua Huánuco, quien solicita dejar sin efecto la Ordenanza Regional Nº 100 aprobada a fines del mes de diciembre de 2014 por tener defectos en su elaboración y al no haberse promulgado en el Diario Oficial El Peruano, y solicita que a través de un Acuerdo de Consejo Regional aprobar mediante Ordenanza Regional la Oficialización de la Ortografía del Idioma Quechua del Chinchaysuyu en la Región Huánuco, presentada por la Chinchaysuyu Runashimi Ya hakuy, Academia de la Lengua Quechua Chinchaysuyu; Que, es política de la Dirección Regional de Educación Huánuco revalorar y promover la identidad lingüística y cultural, entre otras acciones, debe propiciar la mejora de la calidad educativa y teniendo facultad para determinar políticas concordante con la Ley Nº 28044, Ley General de Educación y la Ley Nº 29735, del uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las Lenguas Originarias del Perú; Que, el documento presentado por la Academia de la Lengua Quechua Huánuco Chinchaysuyu Runashimi Yachaywasi, Chinchaysuyu Runashimi sumaq qillqay, es un documento de carácter técnico-pedagógico que busca garantizar el uso correcto de la ortografía del idioma quechua en la región Huánuco; Que, esta Ortografía establece: el uso de tres vocales a, i, u con sus formas alargadas ä, ï, ü y 17 grafías

consonánticas que son: ch, h, j, k, l, ll, m, n, ñ, p, q, r, s, sh, t, w, y; también establece el uso del acento y los signos de puntuación. Se entiende que una Ortografía no es definitiva, ya que toda lengua viva está en permanente transformación, adecuación y actualización; por tanto, esta Ortografía podrá ser actualizada, cada cierto tiempo, de acuerdo a las necesidades e intereses de los usuarios del Idioma Quechua de Huánuco; Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el dictamen favorable de la Comisión Permanente de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9°, 10º, 11º, 15º, y 38 de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales Nº 27867; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que las ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencias; así como el literal a) del artículo 15º de la citada Ley, señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15º y 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: APROBAR LA OFICIALIZACIÓN DE LA ORTOGRAFÍA DEL IDIOMA QUECHUA DEL CHINCHAYSUYU EN LA REGIÓN HUÁNUCO Y DEJAR SIN EFECTO LA ORDENANZA REGIONAL Nº 100-2014-CR-GRH Artículo Primero.- APROBAR Y OFICIALIZAR, la Ortografía del Idioma Quechua del Chinchaysuyu, Chinchaysuyu Runashimi Sumaq Qillqay, en toda la jurisdicción de la Región Huánuco, por ser un documento de carácter técnico-pedagógico que busca garantizar el uso correcto de las grafías del idioma quechua en la Región Huánuco, con el uso de tres vocales (universales lingüísticos): a, i, u con sus formas alargadas: ä, ï, ü y 17 grafías consonánticas que son: ch, h, j, k, l, ll, m, n, ñ, p, q, r, s, sh, t, w, y; que también establece el uso del acento y los signos de puntuación. Artículo Segundo.- DISPONER, en la Jurisdicción de la Región Huánuco el uso obligatorio de la Ortografía del idioma Quechua del Chinchaysuyu, en los sectores de Educación, Salud y todas las organizaciones públicas y privadas insertas dentro de la Jurisdicción de la Región Huánuco asuman con responsabilidad esta disposición, cuya finalidad es garantizar el uso del Quechua, como una de las lenguas mayoritarias de nuestra Región Huánuco. Artículo Tercero.- ENCOMENDAR, al Gerente General Regional disponga a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- DÉJESE SIN EFECTO, en todos sus extremos la Ordenanza Regional Nº 100-2014CR/GRH de fecha 29 de diciembre del 2014, por los fundamentos expuesto en la parte considerativa de la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- PUBLICAR y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el portal del Gobierno Regional de Huánuco en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 22 días del mes de junio del año dos mil quince. FORTUNATO MÁXIMO MAYO ADVÍNCULA Consejero Delegado Consejo Regional

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