Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2015 (25/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 119

El Peruano / Sábado 25 de julio de 2015

NORMAS LEGALES

558257

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Aprueban el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios del distrito de Magdalena del Mar al 47% de viviendas durante el año 2015
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2015-DA-MDMM Magdalena del Mar, 21 de julio de 2015 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR VISTOS: El memorandum Nº 353-2015-GM-MDMM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 053-2015-GPP/ MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el memorandum Nº 070-2015-SGLPO-GSC-MDMM de la Gerencia de Servicios Comunales y el Informe Nº 4122015-GAJ/MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo Nº 195º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el numeral 22) del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú precisa que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, lo que desde una perspectiva constitucional, se traduce en la obligación de los propios particulares, de mantener las condiciones en que la vida humana exista en un entorno ambientalmente digno y aceptable donde las personas puedan disfrutar en un ambiente en que sus elementos se desarrollen e interrelacionan de manera natural y armónica; Que, el Artículo Nº 73º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones señaladas en el capítulo II del presente título, con carácter exclusivo o compartido, en las materias de saneamiento ambiental, salubridad y salud; Que, el Artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipales Ley Nº 27972 establece, que en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función específica exclusiva de las municipalidades distritales el proveer del servicio de limpieza pública, determinado las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, el artículo 1º del Título preliminar de la Ley General del Ambiente Nº 28611, establece que la gestión de los residuos sólidos de origen doméstico, comercial o que siendo de origen distinto presentan características similares a aquellos, son de responsabilidad de los gobiernos locales. Asimismo, por ley se establece el régimen de gestión y manejo de los residuos sólidos municipales; en el Articulo Nº 119º.1 se dispone que "Las autoridades sectoriales y municipales establecerán condiciones que directa o indirectamente generen un beneficio económico, a favor de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de minimización, segregación de materiales en la fuente para su aprovechamiento; Que, mediante Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos, modificada por Decreto Legislativo Nº 1065, se establece en su Artículo 10º, numeral 12) que hay que implementar progresivamente programas de segregación en la fuente y la recolección selectiva de los residuos sólidos en todo el ámbito de su jurisdicción, facilitando su aprovechamiento y asegurando su disposición final diferenciada y técnicamente adecuada; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM que aprobó la Política Nacional de Ambiente, prescribe

en el Eje de Política, 2: Gestión Integral de la calidad ambiental; Componente 4. Residuos Sólidos, como un Lineamiento de Política del Sector, el fortalecimiento de la gestión de los gobiernos regionales y locales en materia de residuos sólidos de ámbito municipal, priorizando su aprovechamiento; asimismo de acuerdo al instructivo MINAM la implementación del Programa de Segregación se aprueba mediante el Decreto de Alcaldía; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2015-EF de fecha 22 de Febrero del 2015, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año 2015; Que, mediante Memorándum Nº 070-2015-SGLPOGSC-MDMM, la Gerencia de Servicios Comunales, solicita emitir el Decreto de Alcaldía que aprueba el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios del Distrito de Magdalena del Mar " en función del instructivo MINAM 2015; Que, mediante Informe Nº 052-2015-GPP/MDMM, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto opina que al existir un Decreto de Alcaldía Nº 006-2014-A-MDMM de fecha 11 de Junio del 2014 el que aprueba el programa de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios en un 25% de viviendas urbanas del Distrito de Magdalena del Mar para el año 2014, y teniendo el cumplimiento de la meta 01 "Implementar un Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en Viviendas Urbanas del Distrito, según él % Categorizados por Cada Gobierno Local", de acuerdo al Decreto Supremo Nº 033-2015-EF que aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año 2015; es necesario Ampliar el Decreto de Alcaldía por lo que en merito al Memorándum Nº 070-2015-SGLPO-GSCMDMM de la Gerencia de Servicios Comunales la Metas fijadas para el distrito de Magdalena del Mar para el presente año 2015 es la Inclusión del 47% de viviendas al Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de los Residuos Sólidos Domiciliarios del Distrito de Magdalena del Mar "; Que, mediante Informe Nº 412-2015-GAJ/MDMM, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina por la procedencia de aprobar el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios del distrito de Magdalena del Mar para el año 2015; En uso de las facultades conferidas por el artículo 20º Inciso 6) y el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el "Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios del Distrito de Magdalena del Mar al 47 % de viviendas durante el año 2015 en el ámbito del distrito". Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia de Servicios Comunales y demás unidades orgánicas pertinentes, el cumplimiento del presente decreto, disponiendo las acciones correspondientes. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto en coordinación con la Gerencia de Servicios Comunales, iniciar las acciones de su competencia, con el objetivo de atender la sostenibilidad del programa y su ejecución en las zonas del distrito durante el año 2015. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y a la Subgerencia de Informática y Estadística la publicación del Decreto de Alcaldía y su Anexo en el portal Web de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar www.munimagdalena.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe, debiendo ejecutar las demás acciones que corresponden a su competencia. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1267599-1

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