TEXTO PAGINA: 18
El Peruano Martes 9 de junio de 2015 554660 aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión N° 470-2015 referido en el artículo 3 de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del acotado Reglamento. Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1248181-9 Otorgan concesión definitiva a EGEJUNÍN TULUMAYO-V S.A.C. para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión ubicada en el departamento de Junín RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 029-2015-EM Lima, 8 de junio de 2015 VISTO: El Expediente N° 14360115 sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, presentado por la empresa EGEJUNÍN TULUMAYO-V S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12771266 del Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral N° IX Sede Lima, Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante la carta Nº TU5 004-2015, ingresada el 29 de enero de 2015 con registro N° 2468549, EGEJUNÍN TULUMAYO-V SAC, solicitó al Ministerio de Energía y Minas la concesión defi nitiva de transmisión para la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Tulumayo V - S.E. Tulumayo IV, ubicada en los distritos de Monobamba y Mariscal Castilla, provincias de Jauja y Concepción, departamento de Junín, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) fi guran en el Expediente; Que, mediante la Resolución Directoral N°443-2014- MEM/DGAAE, de fecha 24 de diciembre de 2014, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas aprobó el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Central Hidroeléctrica Tulumayo V y Línea de Transmisión Eléctrica Asociada” que incluye la Línea de Transmisión de 220 kV S.E. Tulumayo V – S.E. Tulumayo IV; Que, la solicitud de concesión defi nitiva referida en el primer considerando, está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, luego de haber verifi cado y evaluado que la empresa peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 176-2015-DGE- DCE, recomendando otorgar la citada concesión de transmisión; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de la empresa EGEJUNÍN TULUMAYO-V SAC, la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Tulumayo V – S.E. Tulumayo IV, ubicada en los distritos de Monobamba y Mariscal Castilla, provincias de Jauja y Concepción, departamento de Junín, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: Salida / Llegada de la Línea Transmisión Tensión (kV) N° Ternas Longitud (km) Ancho Faja de Servidumbre (m) S.E. Tulumayo V - S.E. Tulumayo IV 220 1 9,18 25 Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 472- 2015 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y EGEJUNÍN TULUMAYO-V SAC, el cual consta de 19 cláusulas y 04 anexos. Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión N° 472-2015 referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del acotado Reglamento. Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1248181-10 Constituyen derecho de servidumbre legal de ocupación, paso y tránsito a favor de Transportadora de Gas del Perú S.A. sobre predio ubicado en el departamento de Cusco RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 030-2015-EM Lima, 8 de junio de 2015