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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (20/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 42

El Peruano Sábado 20 de junio de 2015 555572 de junio de 2015, emitido por la Directora General de la Dirección General de Autoridades Políticas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1140, publicado en el diario ofi cial “El Peruano” el 10 de diciembre de 2012, se creó la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, como Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y presupuestaria en el ejercicio de sus funciones, con calidad de pliego presupuestario; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2013-IN, publicado en el diario ofi cial “El Peruano” el 04 de abril de 2013, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; Que, de acuerdo al literal i) del artículo 8º del precitado reglamento, es potestad del Jefe Nacional de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, designar, remover y supervisar a los Gobernadores Provinciales, Gobernadores Distritales y Tenientes Gobernadores. Las designaciones o remociones son actos de administración interna y por tanto son irrecurribles; Que, mediante Resolución Jefatural N° 0106-2015- ONAGI-J de fecha 27 de marzo de 2015, se designó al señor Eulogio Cordero García, en el cargo de Gobernador Distrital de Andrés Avelino Cáceres Dorregaray, Provincia de Huamanga, Departamento de Ayacucho; Que, mediante Resolución Jefatural N° 0108-2015- ONAGI-J de fecha 06 de abril de 2015, se encargó al señor Eulogio Cordero García, las funciones de Gobernador Regional de Ayacucho; Que, mediante Informe N° 382-2015-ONAGI-DGAP de fecha 17 de junio de 2015, emitido por la Directora General de la Dirección General de Autoridades Políticas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, recomienda concluir la designación del Gobernador Distrital de Andrés Avelino Cáceres Dorregaray, Provincia de Huamanga, Departamento de Ayacucho y concluir la encargatura de las funciones de Gobernador Regional de Ayacucho, al señor Eulogio Cordero García; Con el visto del Secretario General (e), de la Directora General de la Dirección General de Autoridades Políticas y del Jefe (e) de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1140 que crea la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior y el Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA la designación del señor EULOGIO CORDERO GARCÍA como Gobernador REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modifi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN