Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2015 (20/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Sabado 20 de junio de 2015

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recursos publicos; siendo uno de sus objetivos a alcanzar que las Entidades se descentralicen y/o desconcentren; Que, de acuerdo a los considerandos MORDAZA mencionados y al informe del visto, los Gobernadores Distritales, incluidos los de MORDAZA Metropolitana, de las provincias del departamento de MORDAZA y distritos de la Provincia Constitucional del Callao, tienen como funciones otorgar garantias personales; por lo que a fin de simplificar los tramites y no generar duplicidad de funciones, resulta conveniente la delegacion de facultades a tales Gobernaciones Distritales para la recepcion de solicitudes de garantias personales; Con el visto del Secretario General (e), de la Directora General de la Direccion General de Autoridades Politicas y del Jefe (e) de la Oficina General de Asesoria Juridica de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos; el Decreto Legislativo N° 1140 que crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-IN; SE RESUELVE: Articulo 1.- Delegar facultades a los Gobernadores Distritales de MORDAZA Metropolitana, provincias del departamento de MORDAZA y distritos de la Provincia Constitucional del Callao, para la recepcion de las solicitudes de garantias personales. Articulo 2.- La delegacion de facultades a que se refiere la presente resolucion, comprende las atribuciones para la recepcion de las solicitudes de garantias personales, pero no exime de la obligacion de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso; asimismo, deben dar cuenta mensualmente a la Directora General de la Direccion General de Autoridades Politicas, respecto de las actuaciones derivadas de esta delegacion y de las garantias otorgadas. Articulo 3.- Las facultades conferidas por la presente resolucion no podran ser materia de posteriores delegaciones por parte de los funcionarios a quienes les han sido delegadas tales facultades. Articulo 4.- Notificar a las autoridades politicas de los organos desconcentrados de acuerdo a lo senalado en el articulo 1° de la presente resolucion y a la Directora General de la Direccion General de Autoridades Politicas de la Oficina Nacional de Gobierno Interior. Articulo 5.- Disponer la publicacion en el MORDAZA Electronico de la Oficina Nacional de Gobierno Interior y en el diario oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese. DERIK MORDAZA LATORRE MORDAZA Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Interior (e) 1253788-2

Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Provincia de Huamanga, Departamento de Ayacucho. Articulo 2.- CONCLUIR la encargatura de las funciones de Gobernador Regional de MORDAZA, al senor MORDAZA MORDAZA GARCIA. Articulo 2.- NOTIFICAR la presente Resolucion a la Direccion General de Autoridades Politicas, a la Oficina General de Administracion y Finanzas de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, a la Direccion General de la Policia Nacional del Peru y a los interesados para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. DERIK MORDAZA LATORRE MORDAZA Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Interior (e) 1253788-1

Delegan facultades a los Gobernadores Distritales de MORDAZA Metropolitana, provincias del departamento de MORDAZA y distritos de la Provincia Constitucional del Callao, para la recepcion de solicitudes de garantias personales
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0165- 2015-ONAGI-J MORDAZA, 18 de junio del 2015 VISTOS: El Memorandum N° 1353-2015-ONAGI-DGAP de fecha 16 de junio de 2015, emitido por la Directora General de la Direccion General de Autoridades Politicas de la Oficina Nacional de Gobierno Interior y el Informe N° 157-2015-2015-ONAGI-OGAJ de fecha 16 de junio de 2015, emitido por la Oficina General de Asesoria Juridica de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1140, publicado en el diario oficial "El Peruano" el 10 de diciembre de 2012, se creo la Oficina Nacional de Gobierno Interior, como Organismo Publico Ejecutor, adscrito al Ministerio del Interior, con personeria juridica de derecho publico interno, con autonomia administrativa, funcional, tecnica, economica y presupuestaria en el ejercicio de sus funciones, con calidad de pliego presupuestario; Que, el numeral 15 del articulo 10° de la precitada MORDAZA legal, establece que corresponde al Jefe Nacional de la ONAGI delegar las atribuciones que estime conveniente en el Secretario General u otros funcionarios de la ONAGI; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2013-IN, publicado en el diario oficial "El Peruano" el 04 de MORDAZA de 2013, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; Que, conforme lo senala el literal c) del articulo 88° del precitado reglamento, son funciones de los Gobernadores Distritales otorgar garantias personales; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final y Transitoria del precitado reglamento, se faculto al Jefe Nacional de la ONAGI para expedir resoluciones o directivas complementarias que resulten necesarias, a fin de asegurar la adecuada aplicacion del mencionado texto normativo; Que, de conformidad con lo previsto en el numeral 74.1 del articulo 74° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los organos administrativos se desconcentra en otros jerarquicamente dependientes de aquellos, siguiendo los criterios establecidos en la indicada Ley; Que, el articulo 4° de la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, establece como finalidad del MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Conforman el Comite de Administracion Integral de Riesgos del Seguro Integral de Salud
RESOLUCION JEFATURAL Nº 127-2015/SIS MORDAZA, 17 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Ley de Control Interno de las entidades del Estado - Ley Nº 28716 establece en su articulo 3º que la evaluacion de riesgos; en cuya virtud deben identificarse, analizarse y administrarse los factores o eventos que puedan afectar adversamente el cumplimiento de los fines, metas, objetivos, actividades y operaciones institucionales, es uno de los componentes del Sistema de control interno;

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