Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2015 (20/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobacion del texto de la Adenda Nº 3 al Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Explotacion del Tramo N° 05 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur Peru ­ Brasil. Aprobar el texto de la Adenda Nº 3 al Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Explotacion del Tramo N° 05 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur Peru ­ Brasil, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2.- Autorizacion para suscribir la Adenda Nº 3 al Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Explotacion del Tramo N° 05 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur Peru ­ Brasil. Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba la Adenda a que se refiere el articulo anterior, asi como los documentos que resulten necesarios para su formalizacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones

El Peruano Sabado 20 de junio de 2015

1253786-1

Autorizan a Centro de Inspecciones Tecnicas Vehiculares MORDAZA Imperial S.A.C. la ampliacion de nuevos puntos de operacion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1900-2015-MTC/15
MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2015 VISTOS: Los Partes Diarios N° 059344 y 064164 de fechas 07 y 13 de MORDAZA de 2015, presentados por la empresa CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES MORDAZA IMPERIAL S.A.C., a traves de los cuales solicita autorizacion para nuevos puntos de operacion de su planta movil y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias, se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, en adelante El Reglamento el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehiculos que circulan por las vias publicas terrestres a nivel nacional; asi como verificar que estos cumplan las condiciones y requisitos tecnicos establecidos en la normativa nacional, con el proposito de garantizar la seguridad del transporte y el MORDAZA terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante Resolucion Directoral N° 2254-2014MTC/15, de fecha 26 de MORDAZA de 2014 y publicada el 13 de junio del mismo ano, se autorizo por el plazo de cinco (05) anos a la empresa CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES MORDAZA IMPERIAL S.A.C., como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular-CITV, para operar con una (01) Linea de Inspeccion Tecnica MORDAZA Mixta en el local ubicado en el MORDAZA Industrial A-10 del Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento de Cusco; Que, mediante Resolucion Directoral N° 001-2015-MTC/15, de fecha 05 de enero y publicada el 15 de MORDAZA del mismo ano, se autorizo a la empresa CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES MORDAZA IMPERIAL S.A.C., en adelante El CITV como centro de inspeccion tecnica

vehicular Movil, para operar en las siguientes localidades: Departamento de Amazonas: Chachapoyas, Bagua, Bongara, Condorcanqui, Luya, MORDAZA de MORDAZA, Utcubamba; Departamento de Ancash: MORDAZA, Aija, MORDAZA Raimondi, MORDAZA, Bolognesi, Carhuaz, Corongo, Huaylas, Mariscal Luzuriaga, Ocros, Pallasca, Pomabamba, Recuay, MORDAZA, Yungay; Departamento de Apurimac: Abancay, Andahuaylas, Antabamba, Aymaraes, Cotabamba, Chincheros, Grau; Departamento de Arequipa: Camana, Caraveli, MORDAZA, Caylloma, Condesuyos, Islay, La Union; Departamento de Ayacucho: Huamanga, Cangallo, Huancasancos, Huanta, La Mar, Lucanas, Parinacochas, MORDAZA del Sarasara, Sucre, MORDAZA MORDAZA, Vilcashuaman; Departamento de Cajamarca: Cajabamba, Celendin, Chota, Contunaza, Cutervo, Hualgayoc, MORDAZA, San MORDAZA, San MORDAZA, San MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA Cruz; Departamento de Cusco: MORDAZA, Acomayo, Anta, Calca, Canas, Canchis, Chumbivilcas, Espinar, La Convencion, Paruro, Paucartambo, Quispicanchi, Urubamba; Departamento de Huancavelica: Huancavelica, Acobamba, Angares, Catrovirreyna, Churcampa, Huaytara, Tayacaja; Departamento de Huanuco: Ambo, Dos de MORDAZA, Hucaybamba, Huamalies, MORDAZA MORDAZA, Maranon, Pachitea, Puerto MORDAZA, Lauricocha, Yarowilca; Departamento de Ica: Nazca, Pisco; Departamento de Junin: MORDAZA, Chanchamayo, MORDAZA, Satipo, Tarma Yauli, Chupaca; Departamento de La Libertad: Otuzco, Pataz, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de Chuco; Departamento de Lima: Huaral, Huarochiri; Departamento de MORDAZA de Dios: Tambopata, MORDAZA, Tahuamanu; Departamento de Moquegua: Mariscal MORDAZA, General MORDAZA Cero, Ilo; Departamento de Pasco: Pasco, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Oxapampa; Departamento de Piura: Ayabaca, Huancabamba, Morropon, Paita, Sullana, Talara, Sechura; Departamento de Puno: MORDAZA, Azangaro, Carabaya, Chucuito, El Collao, Huancane, MORDAZA, MORDAZA, Moho, San MORDAZA de Putina, MORDAZA, Yunguyo; Departamento de San Martin: Moyobamba, Bellavista, El MORDAZA, Huallaga, lamas, Mariscal MORDAZA, Picota, MORDAZA, Tocache; Departamento de Tacna: Candarave, Provincia de MORDAZA Basadre, Tarata; Departamento de Tumbes: Tumbes, Contralmirante MORDAZA, Zarumilla, MORDAZA Portillo, Atalaya, Padre MORDAZA, Purus, cuyo plazo de vigencia esta condicionada a la duracion de la autorizacion de su CITV fijo y su ambito territorial quedara subordinado a la operacion de algun CITV fijo en las localidades autorizadas; Que, mediante el Parte Diario N° 059344 de fecha 07 de MORDAZA de 2015 El CITV, solicita autorizacion para ampliacion para nuevos puntos de operacion de su planta movil a las siguientes localidades: Sicuani y MORDAZA MORDAZA (Quillabamba), adicionales a las localidades ya autorizadas mediante Resolucion Directoral N° 001-2015-MTC/15; Que, con Oficio N° 2106-2015-MTC/15.03 de fecha 10 de MORDAZA de 2015 y notificado el 10 de MORDAZA del mismo ano, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por El CITV, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Parte Diario N° 064164 de fecha 13 de MORDAZA de 2015, El CITV presenta diversa con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado en el parrafo precedente, adjuntando la relacion de los nuevos puntos a trasladar su Centro de inspeccion Tecnica Vehicular Movil: Sicuani y MORDAZA MORDAZA (Quillabamba), segun el siguiente cronograma:
LOCALIDAD DESDE HASTA 30-05-2015 30-06-2015 ULTIMO CATEGORIAS DIGITO DE LA PLACA M, N y O M, N y O 0 al 9 0 al 9

Distrito de Sicuani 15-05-2015 Distrito de MORDAZA 01-06-2015 MORDAZA (Quillabamba)

Que, el numeral 28.2 del articulo 28° de El Reglamento determina que el Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular Movil es el: "Contenedor, remolque o semirremolque acondicionado con el equipamiento requerido para prestar el servicio de Inspeccion Tecnica Vehicular, que puede trasladarse de un lugar a otro y que se encuentra previamente autorizado por la DGTT para operar en localidades donde no se MORDAZA autorizado la operacion de algun Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular Fijo. Estos Centros estaran a cargo de un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular - CITV Fijo"; Que, mediante Informe Nº 561-2015-MTC/15.03, la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, concluye que El CITV ha cumplido con presentar los documentos que sustentan la ampliacion de nuevos puntos de operacion

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