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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2015 (03/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Martes 3 de marzo de 2015 547830 normativas de la materia, en coordinación con los órganos del OSITRAN que correspondan; 6. Desarrollar encuestas, estudios e indicadores sobre las necesidades de los servicios de atención al usuario intermedio y fi nal, así como de otros aspectos vinculados con el uso de la infraestructura de transporte de uso público de competencia del OSITRAN; 7. Promover y ejecutar la implementación de canales de atención al usuario intermedio y fi nal, respecto de los servicios relacionados a la infraestructura de transporte de uso público de competencia del OSITRAN, incluido el transporte ferroviario de pasajeros en las vías que forman parte del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - Metro de Lima y Callao, en coordinación con los órganos competentes; 8. Promover y ejecutar la implementación de acciones para la adopción de estándares y medidas para la atención de calidad al usuario, así como la implementación de buenas prácticas en servicios de atención al usuario intermedio y fi nal por parte de las entidades prestadoras, según corresponda; 9. Informar sobre las fi jaciones y revisiones tarifarias al usuario intermedio y fi nal, así como organizar las audiencias públicas que correspondan, en coordinación con la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos y otros órganos competentes; 10. Ejercer la secretaría técnica de los Consejos de Usuarios nacionales y regionales, organizando sus sesiones, capacitaciones y otras actividades que requieran para el cumplimiento de los objetivos institucionales; 11. Velar por el cumplimiento de las disposiciones para la elección de Consejos de Usuarios y su funcionamiento, conforme con la normativa de la materia; 12. Formular y proponer proyectos normativos, lineamientos, procedimientos y manuales, en el marco de su competencia; 13. Ejercer la coordinación con el Consejo Nacional de Protección al Consumidor según corresponda; 14. Otras que le sean asignadas por la Alta Dirección y por la normativa de la materia vinculada al ejercicio de sus funciones. Artículo 47.- Conformación de la Gerencia de Atención al Usuario La Gerencia de Atención al Usuario tiene las siguientes Jefaturas: 1. Jefatura de Atención al Usuario Intermedio 2. Jefatura de Atención al Usuario Final Artículo 48.- De la Jefatura de Atención al Usuario Intermedio La Jefatura de Atención al Usuario Intermedio es la unidad orgánica responsable de proponer, conducir y ejecutar las actividades de orientación de los derechos y deberes del usuario intermedio, así como de los procesos para la atención de calidad de los servicios relacionados con la infraestructura de transporte de uso público de competencia del OSITRAN, conforme a las disposiciones contractuales y normativa de la materia. Artículo 49.- Funciones de la Jefatura de Atención al Usuario Intermedio Son funciones de la Jefatura de Atención al Usuario Intermedio, las siguientes: 1. Proponer la política de atención al usuario intermedio de los servicios relacionados con la infraestructura de transporte de uso público de competencia del OSITRAN; 2. Formular, proponer y ejecutar los procesos de mejora de atención al usuario intermedio, así como de seguimiento y evaluación de la calidad de los servicios brindados respecto de la infraestructura de transporte de uso público de competencia del OSITRAN; 3. Recibir, analizar, procesar y orientar al usuario intermedio acerca de sus derechos y obligaciones, así como del procedimiento para la realización de sus denuncias, reclamos, consultas y sugerencias ante las entidades prestadoras y el OSITRAN, según corresponda; 4. Revisar y emitir opinión respecto de las propuestas de reglamentos de atención de reclamos que presenten las entidades prestadoras conforme a la normativa de la materia, en coordinación con la Gerencia de Supervisión y Fiscalización y otros órganos del OSITRAN que correspondan; 5. Promover y ejecutar acciones de difusión sobre información de los derechos y obligaciones del usuario intermedio, en cumplimiento con las disposiciones contractuales y normativa de la materia, según corresponda, en coordinación con la ofi cina de comunicación corporativa; 6. Evaluar, proponer, coordinar y ejecutar acciones para la adopción de estándares y medidas para la atención de calidad al usuario, así como la implementación de buenas prácticas en servicios de atención al usuario intermedio por parte de las entidades prestadoras; 7. Evaluar, proponer, coordinar y ejecutar acciones para la implementación de canales de atención al usuario intermedio, en coordinación con la Jefatura de Tecnologías de la Información y otros órganos que correspondan; 8. Desarrollar encuestas, estudios e indicadores en materia de atención al usuario intermedio y otros aspectos vinculados en el marco de sus competencia; 9. Brindar asistencia y coordinar los aspectos que requiera la Secretaría Técnica de los Consejos de Usuarios nacionales y regionales, según corresponda; 10. Otras funciones que le asigne la Gerencia de Atención al Usuario. Artículo 50.- De la Jefatura de Atención al Usuario Final La Jefatura de Atención al Usuario Final es la unidad orgánica responsable de proponer, conducir y ejecutar las actividades de orientación de los derechos y deberes del usuario fi nal, así como de los procesos para la atención de calidad de los servicios relacionados a la infraestructura de transporte de uso público de competencia del OSITRAN, incluido el transporte ferroviario de pasajeros en las vías que forman parte del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - Metro de Lima y Callao, conforme a las disposiciones contractuales y normativa de la materia. Artículo 51.- Funciones de la Jefatura de Atención al Usuario Final Son funciones de la Jefatura de Atención al Usuario Final, las siguientes: 1. Proponer la política de atención al usuario fi nal de los servicios relacionados con la infraestructura de transporte de uso público de competencia del OSITRAN, incluido el transporte ferroviario de pasajeros en las vías que forman parte del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - Metro de Lima y Callao; 2. Formular, proponer y ejecutar los procesos de mejora de atención al usuario fi nal, así como de seguimiento y evaluación de la calidad de los servicios brindados respecto de la infraestructura de transporte de uso público de competencia del OSITRAN, incluido el transporte ferroviario de pasajeros en las vías que forman parte del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - Metro de Lima y Callao; 3. Recibir, analizar, procesar y orientar al usuario fi nal acerca de sus derechos y obligaciones, así como del procedimiento para la realización de sus denuncias, reclamos, consultas y sugerencias ante las entidades prestadoras y el OSITRAN, según corresponda; 4. Revisar y emitir opinión respecto de las propuestas de reglamentos de atención de reclamos que presenten las entidades prestadoras conforme a la normativa de la materia, en coordinación con la Gerencia de Supervisión y Fiscalización y otros órganos del OSITRAN que correspondan; 5. Promover y ejecutar acciones de difusión sobre información de los derechos y obligaciones del usuario fi nal, en cumplimiento con las disposiciones contractuales y normativa de la materia, según corresponda, en coordinación con la oficina de comunicación corporativa; 6. Evaluar, proponer, coordinar y ejecutar acciones para la adopción de estándares y medidas para la atención de calidad al usuario, así como la implementación de buenas prácticas en servicios de atención al usuario fi nal por parte de las entidades prestadoras; 7. Evaluar, proponer, coordinar y ejecutar acciones para la implementación de canales de atención al usuario fi nal, en coordinación con la Jefatura de Tecnologías de la Información y otros órganos que correspondan; 8. Desarrollar encuestas, estudios e indicadores en materia de atención al usuario fi nal y otros aspectos vinculados en el marco de su competencia;