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El Peruano Viernes 13 de marzo de 2015 548507 nacionales y extranjeras, así como enumera las funciones que le corresponden; Que, por su parte, el Literal i) del Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA establece que el Presidente del Consejo Directivo del OEFA se encuentra facultado a delegar funciones relacionadas con las competencias de su cargo, siempre que no sean privativas del mismo; Que, en ese sentido, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 001-2015-OEFA/ PCD, la Presidencia del Consejo Directivo delegó en la Secretaría General y en la Ofi cina de Administración, respectivamente, determinadas funciones hasta la culminación del Año Fiscal 2015; Que, mediante Memorando Nº 137-2015-OEFA/SG del 12 de febrero del 2015 la Secretaría General solicitó a la Ofi cina de Asesoría Jurídica que evalúe la posibilidad de delegar otras facultades distintas a las delegadas mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 001-2015-OEFA/PCD; Que, en ese orden de ideas, mediante Informe Nº 100-2015-OEFA/OAJ del 11 de marzo del 2015 la Ofi cina de Asesoría Jurídica ha recomendado delegar en la Secretaría General y en la Ofi cina de Administración, respectivamente, nuevas facultades en materia administrativa, presupuestal, y de contrataciones del Estado, así como una facultad administrativa en la Procuraduría Pública del OEFA; Que, conforme a lo expuesto, y en la búsqueda permanente de lograr una mayor fl uidez en la marcha administrativa de la Entidad que permita cumplir con los objetivos institucionales, este despacho considera pertinente emitir el acto administrativo por medio del cual se dispone la modifi cación de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 001-2015-OEFA/PCD; Con el visado de la Secretaría General, de la Ofi cina de Administración y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los Literales i) y t) del Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incorporar los Literales 1.1.3, 1.1.4, 1.2.9, 1.3.12, 1.3.13, 1.3.14 y 1.3.15 al Artículo 1º de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 001- 2015-OEFA/PCD de acuerdo al siguiente texto: “Artículo 1º.- Delegar las siguientes facultades en la Secretaría General del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA durante el Año Fiscal 2015: 1.1 Facultades en materia Presupuestal: (...) 1.1.3 Suscribir los Estados Financieros y Presupuestarios requeridos para la elaboración de la Cuenta General de la República y remitirla ante la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas. 1.1.4 Aprobar las modifi caciones del Plan Operativo Institucional del OEFA, siguiendo los procedimientos establecidos para dicho fi n. 1.2 Facultades en materia de Contrataciones del Estado: (...) 1.2.9 Evaluar semestralmente la ejecución del Plan Anual de Contrataciones. 1.3 Facultades en materia Administrativa: (...) 1.3.12 Designar a los responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 1311: ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL - OEFA. En ese sentido, puede aprobar el Reporte “Anexo de Responsables del Manejo de Cuentas Bancarias. 1.3.13 Proceder con el cumplimiento de las decisiones judiciales o de índole administrativa dirigidas al Titular de la Entidad, señaladas en el Numeral 46.2 del Artículo 46º del Texto Único Ordenado de la Ley del Proceso Contencioso Administrativo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2008-JUS y en los términos del Artículo 4º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-93-JUS. 1.3.14 Resolver en última instancia, los recursos administrativos interpuestos por los trabajadores del régimen establecido por el Decreto Legislativo Nº 1057 y el Decreto Legislativo Nº 728, a excepción de aquellos que sean de competencia del Tribunal del Servicio Civil - SERVIR. 1.3.15 Aprobar la Política de Seguridad de la Información del OEFA”. Artículo 2º.- Precisar el alcance del Literal 2.1.1 del Artículo 2º de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 001-2015-OEFA/PCD en el siguiente termino: “Artículo 2º.- Delegar las siguientes facultades en la Ofi cina de Administración del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA durante el Año Fiscal 2015: (...) 2.1 Facultades en materia de Contrataciones del Estado: 2.1.1 Designar a los miembros integrantes de los Comités Especiales: Comités Ad Hoc y Comités Permanentes. (...)” Artículo 3º.- Delegar en la Procuradora Pública del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA la facultad de participar en procedimientos de conciliación extrajudicial y suscribir los respectivos acuerdos, cuando se discuta el cumplimiento de una obligación de dar suma de dinero que no sea pago indebido, siempre que la cuantía en moneda nacional o su equivalente en moneda extranjera no exceda las cinco (5) unidades impositivas tributarias, monto que no incluye los intereses. Artículo 4º.- La Secretaría General, la Ofi cina de Administración y la Procuraduría Pública deberán informar trimestralmente a la Presidencia de Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta en la presente Resolución. Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA 1210679-1 SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES Aprueban el Manual de Procesos del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 024-2015-SENACE/J Lima, 11 de marzo de 2015 VISTO: El Informe N° 020-2015-SENACE/OPP emitido por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y,