Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2015 (13/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Viernes 13 de marzo de 2015

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del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion e implementacion del Codigo Procesal Penal. Articulo Sexto.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Publico, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal y Oficina de Productividad Judicial, Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y Ayacucho; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA POSTIGO Presidente 1210735-3

MORDAZA, con competencia supraprovincial en todo el Distrito Judicial en delitos de crimen organizado y corrupcion de funcionarios, y que en adicion de funciones conocera respecto de otros procesos que la Presidencia de la citada Corte Superior disponga. En ese sentido, y conforme a lo establecido en el Informe Nº 03-2015ETI-CPP-PJ, del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, la propuesta formulada queda enmarcada dentro de los fines del presupuesto asignado mediante Decreto Supremo Nº 230-2014-EF, destinado a financiar la implementacion de la Ley Nº 30077, Ley Contra el Crimen Organizado. Setimo. Que, los numerales 24, 25 y 26 del Articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo asi, la propuesta formulada por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal deviene en procedente. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo Nº 2592015 de la decimo tercera sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA Postigo, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar, a partir de la fecha, la denominacion del 3º Juzgado de la Investigacion Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupcion de Funcionarios del Distrito Judicial de MORDAZA, por el de 3º Juzgado de la Investigacion Preparatoria del mismo Distrito Judicial, el mismo que mantendra su actual competencia supraprovincial, y atendera, prioritariamente, los procesos de crimen organizado, corrupcion de funcionarios, y dependiendo de su respectiva carga procesal, otros que disponga la Presidencia de la mencionada Corte Superior. En ese sentido, quedan modificados el articulo primero de la Resolucion Administrativa Nº 324-2014CE-PJ, de fecha 24 de setiembre de 2014, y los articulos primero y decimo de la Resolucion Administrativa Nº 3572014-CE-PJ, del 22 de octubre de 2014, en los extremos correspondientes, de conformidad con lo dispuesto precedentemente. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto los articulos MORDAZA y tercero de la Resolucion Administrativa Nº 3572014-CE-PJ, del 22 de octubre de 2014; en consecuencia, el 1º Juzgado de la Investigacion Preparatoria de MORDAZA conservara su denominacion como tal, de conformidad con lo dispuesto por Resolucion Administrativa Nº 2892014-CE-PJ, del 26 de agosto de 2014. Articulo Tercero.- Disponer que la Gerencia General realice las acciones pertinentes para el cambio de denominacion del 3º Juzgado de la Investigacion Preparatoria de MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto en la presente resolucion, reconociendolo asi en el correspondiente Cuadro de Asignacion de Personal con plaza ocupada, teniendo en cuenta que el financiamiento de la designacion del juez supernumerario en dicho juzgado se realizara con cargo a los fondos transferidos mediante Decreto Supremo Nº 230-2014-EF, los cuales tendran continuidad al 2015. Articulo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General, a traves de su Gerencia de Planificacion, proceda a gestionar ante el Ministerio de Economia y Finanzas la transferencia de los fondos a fin de garantizar el pago de las remuneraciones de los jueces designados en los organos jurisdiccionales creados e implementados con los recursos del Decreto Supremo Nº 230-2014-EF y su correspondiente continuidad, segun el decreto supremo que se publique para el ejercicio 2015, en donde se incluya al juez a cargo del 3º Juzgado de la Investigacion Preparatoria del Distrito Judicial de Moquegua. Articulo Quinto.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y a la Gerencia General

Disponen diversas medidas administrativas en los Distritos Judiciales de MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 091-2015-CE-PJ MORDAZA, 4 de marzo de 2015 VISTOS: El Oficio Nº 128-2015-ETI-CPP-PJ cursado por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, Oficio Nº 26-2015-ST-ETI-CPP/PJ e Informe Nº 004-2015-ST-ETINCPP-PJ, de la Secretaria Tecnica del citado Equipo Tecnico; Oficios Nº 0099-2015-P-CSJAY/PJ, Nº 8032015-P-CSJHU/P, Nº 393-2015-P-CSJAP/PJ y Nº 1032015-P-CSJJU/PJ, remitidos por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y MORDAZA, sobre propuesta de conversion de organos jurisdiccionales para la implementacion del Codigo Procesal Penal. CONSIDERANDO: Primero. Que por Decreto Supremo Nº 003-2014JUS, se aprobo el MORDAZA cronograma de implementacion del Codigo Procesal Penal, estableciendose que en el ano 2015, dicha implementacion se MORDAZA de la siguiente manera: a) 1 de MORDAZA de 2015: MORDAZA y Huancavelica; y, b) 1 de MORDAZA de 2015: MORDAZA y Junin. Segundo. Que mediante Resolucion Administrativa Nº 004-2015-CE-PJ, se dispuso la creacion de sesenta y cinco organos jurisdiccionales para la puesta en vigencia del Codigo Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales. Asimismo, por Resolucion Administrativa Nº 137-2011-CE-PJ, se crearon organos jurisdiccionales en el MORDAZA de la Ley Nº 29574, para los delitos cometidos por funcionarios publicos; y, por Resolucion Administrativa Nº 289-2014-CE-PJ, se dispuso la creacion de organos jurisdiccionales en el MORDAZA de la Ley Nº 30077, Ley Contra el Crimen Organizado. Tercero. Que, dentro de ese contexto, los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Superiores de Justicia de MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y MORDAZA, respectivamente, ponen a consideracion de este Organo de Gobierno propuestas de conversion de organos jurisdiccionales para la implementacion del Codigo Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales. Cuarto. Que el MORDAZA de implementacion del MORDAZA modelo procesal penal, en lo que corresponde a la determinacion de organos jurisdiccionales implica: a) Disponer la creacion de organos jurisdiccionales a exclusividad; b) Determinar que organos jurisdiccionales penales y/o mixtos actuales conoceran en adicion de funciones procesos con el MORDAZA Codigo Procesal Penal; y, c) Determinar que organos jurisdiccionales penales se encargaran de liquidar los procesos tramitados bajo las reglas del antiguo modelo procesal penal, en el MORDAZA de

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