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El Peruano Jueves 19 de marzo de 2015 548963 de febrero de cada año. b) En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales. En este caso, la primera cuota será equivalente a un cuarto del impuesto total resultante y deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero. Las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre, debiendo ser reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del Índice de Precios al Por Mayor (IPM) (…); Que, en el Marco Legal del Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y de Seguridad Ciudadana, se establece que dichos arbitrios son de periodicidad mensual; asimismo, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-13-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, la Gerencia de Administración Tributaria, a través del Informe Nº 254-2015-GAT/MPH de fecha 23.02.2015, señala que a la fecha se está realizando la entrega de la Cartilla Tributaria del Año 2015 y que existen por entregar un promedio de 5,000 Cartillas que corresponden al Cono Sur, menciona que se hace necesario prorrogar el vencimiento de la primera cuota al 30 de abril del presente año y dar facilidades de pagos a los contribuyentes para que cumplan con sus obligaciones tributarias y no tributarias; propuesta que cuenta con opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 256- 2015-OAJ/MPH y de Gerencia Municipal, por medio del Informe Nº 060-2015-GM/MPH de fecha 05.03.2015. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, concordante con el artículo 40º del precitado marco legal, con la votación unánime y con la dispensa de la aprobación del acta, el Pleno del Concejo ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE PRÓRROGAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL, IMPUESTO A LA PROPIEDAD VEHICULAR Y ARBITRIOS DEL EJERCICIO 2015 Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de Abril del presente año, el plazo para el pago al contado o de la primera cuota del Impuesto al Patrimonio Predial, del Impuesto al Patrimonio Vehicular y Arbitrios del Ejercicio 2015. Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Administración General y Economía, Gerencia de Administración Tributaria, O fi cina de Planeamiento Tributario y Orientación al Contribuyente, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente norma municipal. Artículo Tercero.- La O fi cina de Logística estará a cargo de la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, así como la O fi cina de Informática la publicación del texto íntegro, en el Portal Institucional www.munihuacho.gob.pe y en el Portal del Estado www.peru.gob.pe POR TANTO MANDO:Se registre, publique y cumpla.JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1212580-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Addendum Nº 1 al Convenio de Financiamiento entre la Unión Europea y la República del Perú relativo al “Programa de Apoyo a la Política Peruana de Promoción de las exportaciones de productos ecológicos (EURO-ECO-TRADE) (Rati fi cado por Decreto Supremo Nº 010-2015-RE de fecha 26 de febrero de 2015)ADDENDUM no. 1 AL CONVENIO DE FINANCIACIÓN entre LA UNION EUROPEA y LA REPUBLICA DEL PERÚ Programa de Apoyo a la Política Peruana de Promoción de las exportaciones de productos ecológicos (EURO-ECO-TRADE) ADDENDUM no.1 al CONVENIO DE FINANCIACION Nº DCI/ALA/2012/023-475 La Unión Europea, en lo sucesivo denominada “la UE”, representada por la Comisión Europea, en lo sucesivo denominada “la Comisión” , por una parte, yla República del Perú, en lo sucesivo denominada “ el bene fi ciario”, representada por la Agencia Peruana de Cooperación Internacional en su calidad de Coordinador Nacional, y el Ministerio de Economía y Finanzas, como Organismo Ejecutor de la fi nanciación de la UE, por otra,han convenido suscribir el presente Addendum no. 1 al Convenio de Financiación Nº DCI/ALA/2012/ 023- 475, suscrito el 28 de Noviembre 2012, de acuerdo a lo siguiente: En el: ANEXO II - DISPOSICIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS 2. EJECUCIÓN2.2 Calendario indicativo de desembolsosDonde dice: TIPO DE TRAMO 2012 2013 2014 2015 TOTAL En millones de Euros Apoyo presupuestario 4 0 3 4,5 11,5 Tramo Fijo 4 0 0 0 4,0 Tramos Variables 0 0 3 4,5 7,5 Ayuda Complementaria 0 0,5 0,5 0,5 1,5Asistencia técnica 0 0,3 0,3 0,4 1.0 Auditoria, evaluación, visibilidad y otros0 0,2 0,2 0,1 0.5 TOTAL 4 0,5 3,5 5 13,0 Debe decir: TIPO DE TRAMO 2012 2013 2014 2015 TOTAL En millones de Euros Apoyo presupuestario 4,0 0 2,4 5,1 11,5 Tramo Fijo 4,0 0 0 0 4,0 Tramos Variables 0 0 2,4 5,1 7,5 Ayuda Complementaria 0 0,5 0,5 0,5 1,5 Asistencia técnica 0 0,3 0,3 0,4 1.0 Auditoria, evaluación, visibilidad y otros0 0,2 0,2 0,1 0.5 TOTAL 4,0 0,5 2,9 5,6 13,0 2.4 Seguimiento de la ejecución y criterios de desembolso 2.4.2· Criterios de desembolso