TEXTO PAGINA: 56
El Peruano Jueves 19 de marzo de 2015 548962 del texto y el Organigrama Institucional, que en Anexo I forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, encargando a la O fi cina de Informática la publicación del íntegro de la Ordenanza en el Portal de Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el Portal Institucional www.munihuacho.gob.pe; conforme a lo establecido en el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM Artículo Tercero.- DEROGAR las normas o disposiciones municipales que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza, que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO:Mando que se registre, publique y cumpla.JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1212577-1 Aprueban ampliación de plazo del beneficio de Titulación, que fuera aprobado mediante Ordenanza Nº 015-2014-A/MPH ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2015 Huacho, 06 de marzo de 2015EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA POR CUANTO:Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 394-20154-OAH/MPH de la O fi cina de Asentamientos Humanos, sobre ampliación de vigencia del Artículo Tercero de la Ordenanza Municipal Nº 015-2014-A/MPH; y, CONSIDERANDO:Que, conforme al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Artículo 200º de nuestra Carta Magna y son competentes para administrar sus bienes y rentas, concordante con los artículos 56º y 69º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Que, el Artículo Tercero de la Ordenanza Municipal Nº 015-2014-A/MPH de fecha 01.07.2014, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 27.08.2014, aprobó el bene fi cio de Titulación por 180 días, estableciéndose un valor social de S/. 3.00 por m2, sobre los terrenos de Proyecto Ciudad Satélite, en mérito al informe emitido por la Unidad Local de Focalización; habiéndose vencido el plazo el 27.02.2015. Que, con documento indicado en el exordio, la O fi cina de Asentamientos Humanos informa a la Gerencia Municipal respecto a la gran acogida que ha tenido la entrada en vigencia de la referida ordenanza, para las solicitudes de adjudicación y titulación de lotes para vivienda en el proyecto Ciudad Satélite, lo que ha permitido que los administrados puedan obtener el Título de Propiedad de su predio, sin embargo, aún existen muchos lotes para vivienda, que no han sido solicitados en adjudicación y titulación por los vecinos que cali fi quen, los cuales se verán imposibilitados de obtener un lote de vivienda titulado, al concluir la vigencia de la precitada ordenanza; por lo que recomienda, se disponga la ampliación de la vigencia de dicho bene fi cio por el plazo de seis meses. Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica, a través del Informe Legal Nº 184-2015-OAJ/MPH, señala que la referida Ordenanza se dio de manera excepcional para promover un costo de carácter temporal e improrrogable, con la fi nalidad de incentivar la titulación de lotes, en ella también se dispuso la elaboración de una ordenanza sobre el nuevo valor de lote, habiéndose concedido un plazo para ello; sin embargo, estando a que a la fecha no se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo Segundo de dicha Ordenanza, resulta necesario y de carácter excepcional aprobar una ampliación del plazo establecido en el Artículo Tercero; conforme al sustento de la O fi cina de Asentamientos Humanos. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el Numeral 8) del Artículo 9º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, luego del debate correspondiente, con el voto unánime de sus integrantes y con la dispensa de aprobación del acta, el Concejo Municipal, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA AMPLIACIÓN DEL BENEFICIO DE TITULACIÓN, QUE FUERA APROBADO MEDIANTE EL ARTÍCULO TERCERO DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2014-A/MPH Artículo Primero.- APROBAR la ampliación de plazo del bene fi cio de Titulación, que fuera aprobado mediante el Artículo Tercero de la Ordenanza Municipal Nº 015-2014-A/MPH, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario; estableciéndose el valor social de S/. 3.00 por m2, sobre los terrenos del Proyecto Ciudad Satélite. Artículo Segundo.- DISPONER en forma reiterativa, que la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural y la O fi cina de Asesoría Jurídica, cumplan con elaborar la propuesta de Ordenanza que establezca un nuevo valor de lote, que fuera dispuesta en el Artículo Segundo de la Ordenanza Municipal Nº 015-2014-A/MPH, en el plazo improrrogable de 30 días. POR TANTO:Mando que se registre, publique y cumpla.JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1212578-1 Prorrogan plazo para el pago del Impuesto al Patrimonio Predial, del Impuesto al Patrimonio Vehicular y Arbitrios del Ejercicio 2015 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2015 Huacho, 6 de marzo del 2015EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA POR CUANTO:Visto: en Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza, que Autoriza la Prórroga de Vencimiento para el pago del Impuesto Predial, Impuesto a la Propiedad Vehicular y Arbitrios del Ejercicio 2015; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas, en concordancia al inciso 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, conforme a lo establecido en el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Locales pueden crear, modi fi car, suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, la Ley de Tributación Municipal, aprobada por Decreto Legislativo Nº 776, en sus artículos 15º y 35º preceptúan que el Impuesto Predial y el impuesto al Patrimonio Vehicular podrán cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas: a) Al contado, hasta el último día hábil del mes