Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2015 (19/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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del texto y el Organigrama Institucional, que en Anexo I forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, encargando a la Oficina de Informatica la publicacion del integro de la Ordenanza en el MORDAZA de Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el MORDAZA Institucional www.munihuacho.gob.pe; conforme a lo establecido en el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM Articulo Tercero.- DEROGAR las normas o disposiciones municipales que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza, que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando que se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA BARBA MITRANI MORDAZA Provincial 1212577-1

El Peruano Jueves 19 de marzo de 2015

tambien se dispuso la elaboracion de una ordenanza sobre el MORDAZA valor de lote, habiendose concedido un plazo para ello; sin embargo, estando a que a la fecha no se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo MORDAZA de dicha Ordenanza, resulta necesario y de caracter excepcional aprobar una ampliacion del plazo establecido en el Articulo Tercero; conforme al sustento de la Oficina de Asentamientos Humanos. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el Numeral 8) del Articulo 9º de la Ley 27972 - Ley Organica de Municipalidades, luego del debate correspondiente, con el MORDAZA unanime de sus integrantes y con la dispensa de aprobacion del acta, el Concejo Municipal, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA AMPLIACION DEL BENEFICIO DE TITULACION, QUE FUERA APROBADO MEDIANTE EL ARTICULO TERCERO DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2014-A/MPH Articulo Primero.- APROBAR la ampliacion de plazo del beneficio de Titulacion, que fuera aprobado mediante el Articulo Tercero de la Ordenanza Municipal Nº 0152014-A/MPH, por un plazo de ciento ochenta (180) dias calendario; estableciendose el valor social de S/. 3.00 por m2, sobre los terrenos del Proyecto MORDAZA Satelite. Articulo Segundo.- DISPONER en forma reiterativa, que la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural y la Oficina de Asesoria Juridica, cumplan con elaborar la propuesta de Ordenanza que establezca un MORDAZA valor de lote, que fuera dispuesta en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Municipal Nº 015-2014-A/MPH, en el plazo improrrogable de 30 dias. POR TANTO: Mando que se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA BARBA MITRANI MORDAZA Provincial 1212578-1

Aprueban ampliacion de plazo del beneficio de Titulacion, que fuera aprobado mediante Ordenanza Nº 0152014-A/MPH
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2015 MORDAZA, 06 de marzo de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 394-20154-OAH/MPH de la Oficina de Asentamientos Humanos, sobre ampliacion de vigencia del Articulo Tercero de la Ordenanza Municipal Nº 0152014-A/MPH; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Articulo 200º de nuestra Carta Magna y son competentes para administrar sus bienes y rentas, concordante con los articulos 56º y 69º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Que, el Articulo Tercero de la Ordenanza Municipal Nº 015-2014-A/MPH de fecha 01.07.2014, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 27.08.2014, aprobo el beneficio de Titulacion por 180 dias, estableciendose un valor social de S/. 3.00 por m2, sobre los terrenos de Proyecto MORDAZA Satelite, en merito al informe emitido por la Unidad Local de Focalizacion; habiendose vencido el plazo el 27.02.2015. Que, con documento indicado en el exordio, la Oficina de Asentamientos Humanos informa a la Gerencia Municipal respecto a la gran acogida que ha tenido la entrada en vigencia de la referida ordenanza, para las solicitudes de adjudicacion y titulacion de lotes para vivienda en el proyecto MORDAZA Satelite, lo que ha permitido que los administrados puedan obtener el Titulo de Propiedad de su predio, sin embargo, aun existen muchos lotes para vivienda, que no han sido solicitados en adjudicacion y titulacion por los vecinos que califiquen, los cuales se veran imposibilitados de obtener un lote de vivienda titulado, al concluir la vigencia de la precitada ordenanza; por lo que recomienda, se disponga la ampliacion de la vigencia de dicho beneficio por el plazo de seis meses. Que, la Oficina de Asesoria Juridica, a traves del Informe Legal Nº 184-2015-OAJ/MPH, senala que la referida Ordenanza se dio de manera excepcional para promover un costo de caracter temporal e improrrogable, con la finalidad de incentivar la titulacion de lotes, en MORDAZA

Prorrogan plazo para el pago del Impuesto al Patrimonio Predial, del Impuesto al Patrimonio Vehicular y Arbitrios del Ejercicio 2015
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2015 MORDAZA, 6 de marzo del 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA POR CUANTO: Visto: en Sesion Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza, que Autoriza la Prorroga de Vencimiento para el pago del Impuesto Predial, Impuesto a la Propiedad Vehicular y Arbitrios del Ejercicio 2015; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local, que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas, en concordancia al inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, conforme a lo establecido en el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, los Gobiernos Locales pueden crear, modificar, suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Legislativo Nº 776, en sus articulos 15º y 35º preceptuan que el Impuesto Predial y el impuesto al Patrimonio Vehicular podran cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas: a) Al contado, hasta el ultimo dia habil del mes

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