Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2015 (19/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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Recreacion y el Informe Nº 468-2014/OAJ/MDP de la Gerencia de Asesoria Juridica, solicitando la aprobacion por medio de la Ordenanza Municipal la CREACION DEL CONSEJO MUNICIPAL ESCOLAR DEL DISTRITO DE PUCUSANA. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades son organos de gobierno con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Articulo ll del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 73º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades, tomando en cuenta su condicion de Municipalidad Provincial o Distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones especificas senaladas, con caracter exclusivo o compartido, en las materias de educacion, cultura, deporte, recreacion, programas sociales, defensa, promocion de derechos ciudadanos y seguridad ciudadana; Que, segun el numeral 6.4 del Articulo 73º de la precitada ley, es competencia municipal en materia de servicios sociales, el difundir y promover los derechos del MORDAZA, del adolescente, de la mujer y del adulto mayor propiciando espacios para su participacion a nivel instancias municipales; Que, en el Articulo 13º del Codigo de los Ninos y Adolescentes aprobado mediante la Ley Nº 27337, establece que el MORDAZA y el adolescentes tienen derecho y MORDAZA de asociarse con fines licitos y a reunirse pacificamente, y que solo los adolescentes podran constituir personas juridicas de caracter asociativo sin fines de lucro, pudiendo los ninos adherirse a dichas asociaciones. Asi mismo, se precisa que estas asociaciones son reconocidas por los gobiernos locales y pueden inscribirse en los Registros Publicos por el solo merito de la Resolucion Municipal del reconocimiento; Que, el Articulo 20º de la MORDAZA senalada en el parrafo precedente, establece que el estado estimulara y facilitara la aplicacion de recursos y espacios fisicos para la ejecucion del programas culturales, deportivos y de recreacion dirigidos a los ninos y adolescentes; en ese contexto los municipios canalizaran los recursos y ejecutaran programas con la colaboracion y concurso de la sociedad civil y de las organizaciones sociales; Que, de conformidad a lo dispuesto en los literales c) y d) del Articulo 53º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion al estudiante le corresponde organizarse en Municipios Escolares y otros formas de organizacion estudiantil, a fin de ejercer sus derechos y participar responsablemente en la institucion Educativa y en la Comunidad, asi como opina sobre la calidad del servicio educativo que recibe, respectivamente; y en tal virtud, se ha expedido las Resoluciones Viceministeriales Nº 0019-2007 ED y Nº 00452011-ED, mediante los cuales se aprobaron las "Normas y Orientaciones para la Organizacion e Implementacion de los Municipios Escolares"; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 8º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, la Educacion se sustenta en los principios de la etica, la equidad la inclusion, calidad, la democracia, la interculturalidad, la conciencia ambiental, la creatividad y la innovacion; Que, mediante la Resolucion Viceministerial Nº 00672011-ED de fecha 25 de setiembre 2011, se ha aprobado las "Normas y Orientaciones para la organizacion, implementacion y funcionamiento de los, Municipios Escolares"; Que, por decreto supremo Nº 001-2012.MIMP se aprueba el Plan Nacional de Accion por la Infancia y la Adolescencia 2012-2021; y por medio de esa MORDAZA, constituye la Comision Multisectorial, la misma que esta encargada de su implementacion, y como por esta MORDAZA MORDAZA se aprueba las acciones, metas emblematicas, indicadores, programas y estrategicas que deberan asumir y ejecutar los diferentes sectores e instituciones del estado y la Sociedad Civil, a fin de lograr el cumplimiento y respeto de los derechos humanos de las ninas, ninos y adolescentes peruanos; Que, en ese contexto de ideas, es necesario expedir una MORDAZA a fin de regular en la jurisdiccion del Distrito de Pucusana la creacion del "Consejo Municipal Escolar del Distrito de Pucusana" articulandose con el plan de

El Peruano Jueves 19 de marzo de 2015

desarrollo distrital concertado otras instancias como la COMUDENA fin de constituir un espacio de participacion de los representantes de las ninas, ninos y adolescentes escolares del distrito de Pucusana, que son elegidos democraticamente para que asuman como organo coordinacion las funciones de proponer coordina, facilitar y desarrollar actividades para la formulacion de politicas publica de la ninez y adolescencia; Estando a lo expuesto de conformidad con lo establecido por el Articulo 9º, inciso 9 y Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Consejo Municipal aprobo por unanimidad y con dispensa del tramite aprobacion del acta de la siguiente Ordenanza. ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA CREACION DEL CONSEJO MUNICIPAL ESCOLAR DEL DISTRITO DE PUCUSANA Articulo 1º.- Crease el Consejo Municipal Escolar del Distrito de Pucusana; como organo de coordinacion de la Municipalidad Distrital de Pucusana con el objetivo de crear un espacio de participacion de las ninas y adolescentes escolares de la circunscripcion del distrito de Pucusana, a fin de ejercer sus derechos, deberes y obligaciones, asi mismo como participar responsablemente en la institucion educativa y en la comunidad, inclusive emitiendo opinion sobre la calidad del servicio educativo que recibe, respectivamente. Articulo 2º.- El Consejo Municipal Escolar del Distrito de Pucusana, estara conformado por el MORDAZA y sus Regidores escolares que son electos en los niveles de primaria y de secundaria para asumir las funciones de proponer, coordinar, facilitar y desarrollar actividades para la formulacion de politicas publicas locales en la materia de la ninez y adolescencia, sustentandose y desarrollandose en los principios de la etica, la equidad, la inclusion, calidad, la democracia, la interculturalidad, la conciencia ambiental, la creatividad y la innovacion. Articulo 3º.- El Consejo Municipal Escolar del Distrito de Pucusana, asumira sus funciones por un periodo de duracion de un ano, quien deberan ser reconocidos y registrados en el Registro Unico de Organizaciones Sociales que tiene a cargo la Sub Gerencia de Sub Gerencia de Participacion Vecinal, Programas Alimentarios, Vaso de Leche y Comedores y para tal efecto, deberan presentar los requisitos previstos en la MORDAZA pertinente y sin estar obligados a efectuar el pago por el derecho correspondiente. Articulo 4º.- El ejercicio de sus funciones del consejo municipal escolar del distrito de Pucusana, la asumira una vez cumplido con su reconocimiento, registro, juramentacion e instalacion de acuerdo a su reglamento de sus funciones. DISPOSICION TRANSITORIA Y FINAL Primera.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo e Inclusion Social, la elaboracion del Reglamento del MORDAZA Eleccionario de los integrantes del Consejo Municipal Escolar del Distrito de Pucusana, y el Reglamento del Consejo Municipal Escolar del Distrito dentro de los 15 dias a su vigencia de la presente ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1213350-5

Reglamentan el Cabildo Abierto en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 163-2014-MDP Pucusana, 14 de agosto del 2014 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PUCUSANA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 14 de Agosto del 2014, el Informe Legal Nº 0910-2014/GAJ/ MDP, de fecha 12 de Agosto del 2014, al cual se adjunta el

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