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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2015 (19/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 51

El Peruano Jueves 19 de marzo de 2015 548957 Habilitación Urbana de O fi cio, de acuerdo a los planos PU-001-2015-SGLH-GDU-MSS, PP-002-2015-SGLH-GDU-MSS, PTL-003-2015-SGLH-GDU-MSS y PA-004-2015-SGLH-GDU-MSS, que forman parte de la presente Resolución, acto que se formalizará mediante la gestión individual del propietario ante el Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, precisando que los referidos planos serán publicados en la página web institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco: www.munisurco.gob.pe. Las áreas de Circulación Vías de acuerdo al Artículo 56º, de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, son bienes de uso y dominio público. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano remitir a la Municipalidad Metropolitana de Lima copia de la Resolución y los planos que la sustentan. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución, en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ROBERTO GÓMEZ BACA Alcalde 1213202-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Aprueban la modificación del Plan Urbano del Distrito de Chilca ORDENANZA Nº 042-2014-MPC Cañete, 19 de diciembre de 2014LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: El concejo Provincial de Cañete, en sesión ordinaria de fecha 17 de diciembre del 2014 y de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 194º de la Constitución, en concordancia con el artículo II del título Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción. Dicha autonomía que la Constitución Política del Estado establece a las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el predio se encuentra fuera de la zona urbana del Distrito de Chilca, de acuerdo al Reglamento de Usos de Suelos de la Provincia de Cañete, aprobado mediante Ordenanza Nº 006-95-MPC. De fecha 08 de Junio de 1995 y modi fi catoria aprobada mediante Ordenanza Nº 026-2002-MPC. De fecha 20 de Mayo del 2002. Que, la Anexión al área urbana y Asignación de Zoni fi cación son dos procedimientos administrativos contemplados dentro del TUPA VIGENTE de la Municipalidad Provincial de Cañete, que permite la incorporación de áreas al Plan de Desarrollo Urbano asignándosele una zonifi cación urbana que permite el desarrollo de proyectos urbanísticos. Dichos procedimientos administrativos, según el artículo 49º, están contemplados en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial como Modi fi cación del Plan de Desarrollo Urbano. Que conformidad con el artículo 49º del Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, referido a la modi fi cación y/o actualización de los Planes urbanos, se realizan las modi fi caciones al Plan de Desarrollo Urbano cuando la expansión urbana se dirija hacia lugares y direcciones diferentes a las establecidas originalmente en el Plan de Desarrollo Urbano. Que conformidad con el Reglamento de Usos de Suelos de la Provincia de Cañete, aprobado mediante Ordenanza Nº 006-95-MPC. De fecha 08 de Junio de 1995 y modi fi catoria aprobada mediante Ordenanza Nº 026-2002-MPC. De fecha 20 de Mayo del 2002, la zonifi cación que le corresponde a los predios es ERIAZO NO PROGRAMADO (E.N.P.). Que, mediante Memorándum Nº 1119-2014-GODUR- MPC, de fecha 10 de diciembre del 2014, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, de la Municipalidad Provincial de Cañete solicita el inicio de Aprobación de la Modi fi cación del Plan Urbano del Distrito de Chilca, Provincia de Cañete mediante los procedimientos de Anexión al área urbana y Asignación de zoni fi cación para el desarrollo de proyectos en zoni fi cación PARA GRAN INDUSTRIA PESADA (I-4). Que, mediante informe legal Nº 386-2014-GAJ-MPC, de fecha 15 de diciembre de 2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es factible dar inicio al procedimiento de aprobación de propuesta de modi fi cación del Plan de Desarrollo Urbano (PDU) de la Municipalidad Distrital de Chilca, Provincia de Cañete, mediante los Procedimientos de Anexión de predio al Área urbana y Asignación de zonifi cación, precisando que debe aprobarse mediante Ordenanza Municipal. Que, se cuenta con el dictamen Nº 039-2014-CODUR- MPC, de fecha 15 de diciembre del 2014, mediante el cual la Comisión de obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, opina que es procedente la Propuesta de Modi fi cación del Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Chilca mediante los procedimientos de Anexión de predio al área urbana y la Asignación de zoni fi cación al predio material del análisis, elevándolo al pleno del Concejo para su debate y ulterior aprobación. Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto mayoritario del Pleno del Concejo, se aprobó la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL PLAN URBANO DEL DISTRITO DE CHILCA Artículo 1º.- Aprobar, la Modi fi cación del Plan Urbano del Distrito de Chilca, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, mediante los Procedimientos de Anexión al área urbana, para el predio inscrito en la partida electrónica Nº 21186444, que cuenta con un área de 160,000.84 m2., de propiedad de señores LILY MARGARITA INDACOCHEA NUGENT DE PORTOCARRERO; MARCO ANTONIO SIMON CASSIS y MARIA DEL CARMEN ZAIDAN GATTAS, predio denominado Buena Ventura, ubicado en la zona quebrada de parca, Jurisdicción del Distrito de Chilca, Provincia de Cañete, Departamento de Lima., y Asignarle la siguiente Zoni fi cación: ZONIFICACIÓN PARA GRAN INDUSTRIA PESADA (I-4 CON LOS SIGUIENTES PARÁMETROS: ZONIFICACIÓN : GRAN INDUSTRIA PESADA (I-4). NIVEL DE SERVICIO : MOLESTA Y PELIGROSALOTE MINIMO : SEGÚN NECESIDAD DEL PROYECTO.FRENTE MÍNIMO : SEGÚN PROYECTO DE HABILITACIÓN URBANA ALTURA : SEGÚN PROYECTO DE HABILITACIÓN URBANA COEFICIENTE DEEDIFICACIÓN : SEGÚN PROYECTO DE HABILITACION URBANA. AREA LIBRE : SEGÚN PROYECTO DE HABILITACION URBANA. AREA DE APORTES REGLAMENTARIOS.-PARQUES ZONALES : 1.00 %. OTROS FINES : 2.00 % AREA DE APORTES REGLAMENTARIOS: DE CONFORMIDAD CON EL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES. LOS PARÀMETROS NO ESTABLECIDOS SERÀN CONCORDADOS CON EL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES.