Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2015 (19/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Jueves 19 de marzo de 2015

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politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, el articulo 42º de la Ley Nº 27972 senala que "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven y regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal"; Que, el articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, dispone que el vencimiento para el pago al contado del Impuesto Predial o la cuota fraccionada de este tributo, vence el ultimo dia habil del mes de febrero, teniendose en cuenta que para el presente ejercicio corresponde al 27 de febrero del 2015; Que, asimismo la primera disposicion final y complementaria de la Ordenanza Nº 446-MDJM, que regula el regimen legal de las tasas de los Arbitrios Municipales para el ano 2015, faculta al MORDAZA para dictar la prorroga de su vencimiento; Que, a traves de la Ordenanza Nº 454-MDJM, se aprueba el "Programa cumple mas, paga menos" y se otorga beneficios por cumplimiento puntual tributario 2015; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 003-2015MDJM, se procedio a ampliar la fecha del vencimiento del pago de los Arbitrios Municipales del mes de enero del 2015 y la vigencia de la Ordenanza Nº 454-MDJM, hasta el 27 de febrero del 2015; Que, posteriormente mediante Decreto de Alcaldia Nº 006-2015, se amplia la vigencia del plazo previsto para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2015, el vencimiento previsto para el pago de los Arbitrios Municipales de los meses de enero y febrero del 2015 y el acogimiento a los beneficios por pago anticipado dispuestos en la Ordenanza Nº 454-MDJM, hasta el 16 de marzo del 2015; Que, en ese orden de ideas y tomando en consideracion la politica de la Corporacion MORDAZA de incentivar el pago puntual en los contribuyentes y reducir los indices de morosidad, se ha dispuesto prorrogar la fecha limite para el vencimiento del Impuesto Predial del ejercicio 2015, de los Arbitrios Municipales correspondiente a los meses de enero a febrero del 2015 y el Acogimiento a los beneficios dispuestos en la Ordenanza Nº 454-MDJM, hasta el 31 de marzo del 2015; Estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 42º y el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGUESE hasta el 31 de marzo del 2015, el vencimiento del plazo previsto para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2015. Articulo Segundo.- PRORROGUESE hasta el 31 de marzo del 2015, el vencimiento del plazo previsto para el pago de los Arbitrios Municipales de los meses de enero y febrero del 2015. Articulo Tercero.- PRORROGUESE hasta el 31 de marzo del 2015, el vencimiento del plazo para el acogimiento a los beneficios por pago anticipado dispuestos en la Ordenanza Nº 454-MDJM. Articulo Cuarto.- ENCARGUESE a la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Informatica, el cumplimiento de la presente MORDAZA en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusion y publicacion de la misma. Articulo Quinto.- El presente Decreto entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CLAEYSSEN MORDAZA 1213340-1

VISTO; el Memorando Nº 108-2015-MDJM-GR, de fecha 12 de marzo del 2015; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica y administrativa para los asuntos de su competencia, conforme lo reconoce el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, establece la potestad tributaria de los gobiernos locales para crear, modificar, suprimir y establecer beneficios tributarios respecto de los tributos de su competencia mediante Ordenanza; Que, a traves de la Ordenanza Nº 452-MJM, se aprobaron diversos beneficios tributarios administrativos, para que de manera excepcional, los contribuyentes e infractores pudieran regularizar sus obligaciones pendientes, con las mayores facilidades, fijandose el vencimiento para el 31 de enero del 2015, posteriormente mediante Decretos de Alcaldia Nº 002-2015-MDJM y Nº 005-2015-MDJM, se prorrogo su vigencia hasta el 27 de febrero y 16 de marzo del 2015 respectivamente; Que, mediante Ordenanza Nº 456-MDJM, se modifico el articulo 6º de la Ordenanza Nº 452-MDJM, que aprobo beneficios para el pago de deudas Tributarias y Administrativas; Que, a fin de reducir el indice de morosidad, resulta necesario ampliar el plazo de los beneficios otorgados en dicho cuerpo normativo hasta el 31 de marzo del 2015, con el proposito de que los vecinos del distrito que mantengan deudas pendientes de pago con la administracion, puedan dar cumplimiento a la totalidad de sus obligaciones tributarias y/o administrativas. Estando a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del articulo 20º y articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGUESE la vigencia de la Ordenanza Nº 452-MJM y sus modificatorias, MORDAZA que aprueba beneficios para el pago de deudas Tributarias y Administrativas, hasta el 31 de marzo del 2015. Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Gerencia de Rentas y a la Subgerencia de Informatica el cumplimiento de la presente MORDAZA en lo que fuere de su competencia, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusion y publicacion de la misma. Articulo Tercero.- El presente Decreto entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CLAEYSSEN MORDAZA 1213338-1

Prorrogan fechas de vencimiento de pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, y acogimiento a beneficios por pago anticipado, correspondientes al ejercicio 2015
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2015-MDJM MORDAZA MORDAZA, 13 de marzo del 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO; el Memorando Nº 110-2015-MDJM-GR emitido por la Gerencia de Rentas, de fecha 13 de marzo del 2015; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia

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