Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2015 (19/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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Que, mediante Informe Nº 020-2015-GDU-MSS del 10.03.2015, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA remite la propuesta de Habilitacion MORDAZA de Oficio del terreno situado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA de la provincia de MORDAZA, de acuerdo a los planos PU-001-2015-SGLHGDU-MSS, PP-002-2015- SGLH-GDU-MSS, PTL-0032015-SGLH-GDU-MSS y PA-004-2015-SGLH-GDU-MSS; fundando la misma en el Informe Nº 160-2015-SGLHGDU-MSS del 05.03.2015 de la Subgerencia de Licencias y Habilitacion, que contiene el Informe Nº 007-2015-MVH, del 04.03.2015, el cual indica que el terreno constituido por la Seccion A, ubicado en la parte Sur-Oeste del Fundo Chacarilla del Estanque, ubicado en el Sector 5, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, registralmente se encuentra calificado como predio MORDAZA, insertos dentro de una MORDAZA MORDAZA consolidada, con edificaciones de caracter residencial, trazos viales, manzaneo y lotizacion definida, acorde con los planes urbanos. No presenta superposicion de areas con predios de terceros, cuenta con servicios publicos domiciliarios de agua, desague, energia electrica y comunicaciones conectados a predios independientes; en cuanto a los servicios publicos complementarios, se ha constatado que se encuentran dotadas de servicios urbanos para atender las necesidades de su entorno, cumpliendo de esta manera con las caracteristicas fisicas senaladas en el Articulo 24º, de la Ley 29090, modificado por la Ley Nº 29898 y su Reglamento D.S. N° 008-2013-VIVIENDA, en la que establece que las municipalidades declaran la Habilitacion MORDAZA de Oficio de los predios registralmente calificados como rusticos, ubicados en zonas urbanas consolidadas, que cuenten con edificaciones y servicios publicos domiciliarios. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de la Habilitacion Urbana; Que, conforme al procedimiento de habilitacion MORDAZA de oficio, previsto en el Articulo 24-A, de la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificada por la Ley Nº 29898, se cumplio con identificar el predio matriz; se efectuo la notificacion al propietario registral del predio constituido por la Seccion A, ubicado en la parte Sur-Oeste del Fundo Chacarilla del Estanque en el distrito de MORDAZA de MORDAZA y se elaboro el expediente tecnico que sustenta la declaracion de habilitacion MORDAZA de oficio; Que, el predio esta considerado dentro del Area de Tratamiento Normativo III, con zonificacion E1 ­ Educacion Basica, aprobada por Ordenanza Nº 912-MML, publicada el 03.03.2006; se ubica en el Sector 5, del distrito de MORDAZA de Surco; el Articulo 1º, de la Ordenanza Nº 388-MSS posibilita habilitar de oficio los predios ubicados en otros sectores, cuando exista motivacion expresa de autoridad superior basada en el cumplimiento de atencion de una causa de caracter social; por lo tanto resulta procedente habilitar de oficio el lote en cuestion; Que, de acuerdo a los antecedentes registrales, el terreno MORDAZA constituido por la Seccion A, ubicado en la parte Sur-Oeste del Fundo Chacarilla del Estanque de distrito de MORDAZA de MORDAZA, inscrito en la Ficha N° 1128232, continua en la Partida Registral N° 44582937, Asiento: B0002, de la MORDAZA Registral Nº IX, Sede MORDAZA, Oficina Registral MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, el mismo que fue modificado en el Asiento: B 00002; que luego de la Independizacion la Seccion A ha quedado reducida a un Area de 115,693.88 m2; sin embargo el area grafica resultante de la verificacion fisica actual es de 113,802.58 m2; toda vez que se ha verificado la existencia de error de calculo del area inscrita; del mismo modo los linderos del predio inscrito registralmente coinciden con los linderos a habilitar de oficio, linderos que registralmente se detallan de la siguiente manera; por el frente con una linea recta de 334.58 ml colinda con la Ca. Monterrey (actual Jr. Monterrey); por la derecha con una linea quebrada de cinco tramos que a partir del lindero del frente mide el primer tramo 107.60 ml., voltea a la derecha en linea recta con 10.85 ml., voltea a la izquierda en linea recta con 106.59 ml., vuelve voltear a la izquierda en linea recta con 39.84 ml, y finalmente voltea a la derecha con 182.51 ml hasta encontrar el lindero del fondo. El primero y MORDAZA tramo MORDAZA con la seccion 1-A el tercer tramo MORDAZA con la seccion B, el MORDAZA y MORDAZA tramo MORDAZA con el lote 22.; por la izquierda: con una linea recta de 369.50ml., MORDAZA con la Avenida la Floresta; por el Fondo: con una linea recta de 217.93 MORDAZA con propiedad de terceros;

El Peruano Jueves 19 de marzo de 2015

Que, del resultado del Levantamiento Topografico y de la revision tecnica realizada, se ha determinado que el predio a habilitar de oficio tiene un area de 113,802.58m2, y un perimetro total de 1,369.40ml concordante con los linderos inscritos registralmente; con los siguientes linderos por el frente colinda con el Jr. Monterrey (antes Ca. Monterrey), en una linea recta de 334.58 ml; por la derecha colinda con Propiedad de Terceros, con una linea quebrada de 5 tramos 107.60 ml, 10.85 ml, 106.59 ml, 39.84 ml, 182.51 ml; por la izquierda colinda con la Av. La Floresta, con una linea recta de 369.50 ml; por el fondo colinda con Propiedad de Terceros, con una linea recta de 217.93 ml.; Que, se ha determinado que la MORDAZA a habilitar de oficio no tiene en tramite ante la municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, ningun procedimiento de habilitacion MORDAZA, ni de regularizacion de una ejecutada, ni de recepcion de obras de habilitacion MORDAZA a la fecha de publicacion de la Ley N° 29898, Ley que modifica la Ley N° 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, ni esta inmerso en los supuestos indicados en el Articulo 40-D del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; Que, el Informe Nº 229-2015-GAJ-MSS del 10.03.2014, de la Gerencia de Asesoria Juridica, senala que la propuesta de la Habilitacion MORDAZA de Oficio de la MORDAZA denominada Seccion A, ubicado en la Parte Sur-Oeste del Fundo Chacarilla del Estanque (Colegio Marianistas) Urb. Chacarilla - Sector 5, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, inscrito en la Partida 44582937 de la MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, que cuentan con un area de 113,802.58 m2, debiendo emitirse la Resolucion de Alcaldia correspondiente; Estando al Informe Nº 020-2015-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, al Informe Nº 1602015-SGLH-GDU-MSS de la Subgerencia de Licencia y Habilitacion, al Informe Nº 229-2015-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, y al MORDAZA de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificada por la Ley Nº 29898; del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, de la Ordenanza Nº 388-MSS y del Decreto de Alcaldia Nº 11-2011-MSS; en uso de las facultades conferidas por los Articulos 20° numeral 6, y 43° de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR la HABILITACION MORDAZA DE OFICIO del terreno MORDAZA constituido por la Seccion A, ubicado en la parte Sur-Oeste del Fundo Chacarilla del Estanque, inscrito en la Ficha N° 1128232, Continua en la Partida Registral N° 44582937 Asiento 00002, ubicada en el Sector 5, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, cuya area bruta es de 113,802.58 m2 y area util de 111,363.99 m2; de propiedad de la COMPANIA DE MORDAZA MARIANISTAS. Articulo Segundo.- APROBAR los planos PU-0012015-SGLH-GDU-MSS, PP-002-2015-SGLH-GDU-MSS, PTL-003-2015-SGLH-GDU-MSS y PA-004-2015-SGLHGDU-MSS, que forman parte del expediente tecnico. Articulo Tercero.- APROBAR consecuentemente el Cuadro General de Distribucion de Areas del terreno constituido por la Seccion A, ubicado en la parte SurOeste del Fundo Chacarilla del Estanque, contenidos en el plano PTL-003-2015-SGLH-GDU-MSS, segun el siguiente detalle: CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCION DE AREAS INMUEBLE CONSTITUIDO POR LA SECCION A UBICADO EN LA PARTE SUR-OESTE DEL FUNDO CHACARILLA DEL ESTANQUE USO AREA UTIL AREA DE CIRCULACION Y VIAS AREA BRUTA AREA (m2) 111,363.99 2,438.59 113,802.58 % GENERAL 97.86 2.14 100.00

Articulo Cuarto.- DISPONER la Inscripcion Registral del cambio de MORDAZA a MORDAZA el terreno constituido por la Seccion A, ubicado en la parte Sur-Oeste del Fundo Chacarilla del Estanque, al haberse declarado la

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