Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2015 (19/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano Jueves 19 de marzo de 2015

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aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF por parte de la Administracion Publica, dispositivo que, en su Articulo 28º precisa que se requiere, entre otros, la aprobacion del ROF en el siguiente caso: f) Para optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su mision y funciones. Que, a traves de la Ordenanza Provincial Nº 0642007 de fecha 24 de diciembre del 2007, se modifica la estructura organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Provincial de Huaura, aprobada por Ordenanza Provincial Nº 066-2006. Que, por medio del Informe Nº 011-2015-ORYE/ MPH de fecha 26.02.2015, el Jefe de la Oficina de Racionalizacion y Estadistica remite a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el proyecto de Reglamento de Organizacion y Funciones, el MORDAZA organigrama estructural y el informe tecnico sustentatorio, para su revision y tramite de aprobacion, en merito de los cuales, la Gerente de Planeamiento y Presupuesto, eleva el Informe Nº 52-2015-GPP/MPH de fecha 26.02.2015 a la Gerencia Municipal indicando que, el informe tecnico se sustenta en el analisis funcional, analisis de la estructura, analisis de no duplicidad de funciones, analisis de consistencia y analisis de efectos presupuestales. Que, mediante Informe Legal Nº 225-2015-OAJ/MPH de fecha 03.03.2015, la Oficina de Asesoria Juridica manifiesta que, revisado el proyecto, se advierte que se ha cumplido con los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 018-2007-PCM, por lo que, en ese contexto y teniendo en cuenta que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, se aprobo el sistema de modernizacion de la gestion publica y que es de alcance de los gobiernos locales, el cual establece la realizacion de acciones orientadas a incrementar los niveles de eficiencia y eficacia en la gestion publica, a fin de lograr resultados en beneficio de los ciudadanos, se ha elaborado una nueva propuesta del ROF y organigrama estructural, orientado a mejorar y modernizar la prestacion de los servicios publicos locales y a contribuir en la promocion efectiva del desarrollo; por lo que, recomienda sea elevado al Pleno del Concejo Municipal para su deliberacion y aprobacion. Que, asimismo, la Gerencia Municipal con Informe Nº 055-2015-GM/MPH de fecha 04.03.2015, dentro de su analisis manifiesta que, la nueva estructura organica propone la desconcentracion de funciones y la facultad de resolucion hacia el tercer nivel organizacional de subgerencia, con lo que se lograra una mayor celeridad en la atencion de los procedimientos administrativos y de administracion, mejorando la calidad y simplificacion de los mismos; se han readecuado las funciones de algunas unidades organicas, con la finalidad de planificar, organizar, implementar, ejecutar y evaluar mejor los logros a obtenerse. En este contexto, concluye que el proyecto del ROF institucional y su Organigrama Institucional, considera los criterios y parametros legales que permitiran el cumplimiento de los fines de la corporacion, asi como para conducir la implementacion de manera mas eficiente y para un mejor nivel de atencion a los ciudadanos, con una integracion de las funciones afines, la eliminacion de posibles conflictos de competencia y cualquier duplicidad de funciones entre sus unidades organicas. Que, con Informe Nº 04-2015-CEYF/RP-MPH de fecha 06.03.2015, la Comision de Economia y Finanzas del Concejo, presenta el Dictamen Nº 004-2015/COEFMPH, por medio del cual, luego del analisis respectivo, emite opinion favorable al proyecto del Reglamento de Organizacion y Funciones y la nueva estructura organica. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el Numeral 8) del Articulo 9º de la Ley 27972 - Ley Organica de Municipalidades, luego del debate correspondiente, con el MORDAZA unanime de sus integrantes y con la dispensa de aprobacion del acta, el Concejo Municipal, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (ROF) Y ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), y la Estructura Organica de la Municipalidad Provincial de Huaura, en los terminos

Viaticos Internacionales, cuatro dias (25, 26, 27 y 28 de febrero) Articulo Tercero.- PRECISAR, que los organizadores I FORO IBEROAMERICANO DE ALCALDES ICES 2015, cubriran los costos de los pasajes internacionales economicos MORDAZA ­ MORDAZA ­ MORDAZA, viaticos, alojamiento por tres dias, transporte, reserva y pago del transporte interno al lugar del Foro, almuerzos, coffee breaks y materiales, hasta por US $2,300.00. Articulo Cuarto.- PRECISAR, de conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058 ­ 04 ­ MC, que el senor MORDAZA de la Municipalidad Provincial del MORDAZA, debera emitir un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la sesion ordinaria inmediata posterior a la realizacion del viaje y, en cumplimiento de la Directiva Nº 002 ­ 2011 ­ OGA / MPC, aprobada por Resolucion de Alcaldia 375 ­ 2011 ­ MPC, la rendicion de los gastos irrogados. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1206180-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones y Organigrama Estructural de la Municipalidad Provincial de Huaura
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2015 MORDAZA, 6 de marzo de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 004-2015/COEF-MPH de la Comision de Economia y Finanzas del Concejo, sobre proyecto del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y nueva estructura organica de la Municipalidad Provincial de Huaura; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Articulo 200º de nuestra Carta Magna y son competentes para administrar sus bienes y rentas, concordante con los articulos 56º y 69º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Que, el Numeral 3) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal: "Aprobar el regimen de organizacion interior y funcionamiento del gobierno local", disposicion que guarda concordancia con lo preceptuado en el articulo 40º de la misma MORDAZA legal, que estipula: "Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion, supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. (...)". Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprueban los lineamientos para la elaboracion y

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