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El Peruano Jueves 19 de marzo de 2015 548961 Viáticos Internacionales, cuatro días (25, 26, 27 y 28 de febrero) Artículo Tercero.- PRECISAR, que los organizadores I FORO IBEROAMERICANO DE ALCALDES ICES 2015, cubrirán los costos de los pasajes internacionales económicos Lima – Madrid – Lima, viáticos, alojamiento por tres días, transporte, reserva y pago del transporte interno al lugar del Foro, almuerzos, coffee breaks y materiales, hasta por US $2,300.00. Artículo Cuarto.- PRECISAR, de conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058 – 04 – MC, que el señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, deberá emitir un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje y, en cumplimiento de la Directiva Nº 002 – 2011 – OGA / MPC, aprobada por Resolución de Alcaldía 375 – 2011 – MPC, la rendición de los gastos irrogados. Regístrese, comuníquese y archívese.CARLOS MOSCOSO PEREA Alcalde 1206180-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Aprueban Reglamento de Organización y Funciones y Organigrama Estructural de la Municipalidad Provincial de Huaura ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2015 Huacho, 6 de marzo de 2015EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA POR CUANTO:Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 004-2015/COEF-MPH de la Comisión de Economía y Finanzas del Concejo, sobre proyecto del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y nueva estructura orgánica de la Municipalidad Provincial de Huaura; y, CONSIDERANDO:Que, conforme al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Artículo 200º de nuestra Carta Magna y son competentes para administrar sus bienes y rentas, concordante con los artículos 56º y 69º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Que, el Numeral 3) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal: “Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local”, disposición que guarda concordancia con lo preceptuado en el artículo 40º de la misma norma legal, que estipula: “Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. (…)”. Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de la Administración Pública, dispositivo que, en su Artículo 28º precisa que se requiere, entre otros, la aprobación del ROF en el siguiente caso: f) Para optimizar o simpli fi car los procesos de la entidad con la fi nalidad de cumplir con mayor e fi ciencia su misión y funciones. Que, a través de la Ordenanza Provincial Nº 064- 2007 de fecha 24 de diciembre del 2007, se modi fi ca la estructura orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Huaura, aprobada por Ordenanza Provincial Nº 066-2006. Que, por medio del Informe Nº 011-2015-ORYE/ MPH de fecha 26.02.2015, el Jefe de la O fi cina de Racionalización y Estadística remite a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones, el nuevo organigrama estructural y el informe técnico sustentatorio, para su revisión y trámite de aprobación, en mérito de los cuales, la Gerente de Planeamiento y Presupuesto, eleva el Informe Nº 52-2015-GPP/MPH de fecha 26.02.2015 a la Gerencia Municipal indicando que, el informe técnico se sustenta en el análisis funcional, análisis de la estructura, análisis de no duplicidad de funciones, análisis de consistencia y análisis de efectos presupuestales. Que, mediante Informe Legal Nº 225-2015-OAJ/MPH de fecha 03.03.2015, la O fi cina de Asesoría Jurídica mani fi esta que, revisado el proyecto, se advierte que se ha cumplido con los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM y modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 018-2007-PCM, por lo que, en ese contexto y teniendo en cuenta que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, se aprobó el sistema de modernización de la gestión pública y que es de alcance de los gobiernos locales, el cual establece la realización de acciones orientadas a incrementar los niveles de e fi ciencia y e fi cacia en la gestión pública, a fi n de lograr resultados en bene fi cio de los ciudadanos, se ha elaborado una nueva propuesta del ROF y organigrama estructural, orientado a mejorar y modernizar la prestación de los servicios públicos locales y a contribuir en la promoción efectiva del desarrollo; por lo que, recomienda sea elevado al Pleno del Concejo Municipal para su deliberación y aprobación. Que, asimismo, la Gerencia Municipal con Informe Nº 055-2015-GM/MPH de fecha 04.03.2015, dentro de su análisis mani fi esta que, la nueva estructura orgánica propone la desconcentración de funciones y la facultad de resolución hacia el tercer nivel organizacional de subgerencia, con lo que se logrará una mayor celeridad en la atención de los procedimientos administrativos y de administración, mejorando la calidad y simpli fi cación de los mismos; se han readecuado las funciones de algunas unidades orgánicas, con la fi nalidad de plani fi car, organizar, implementar, ejecutar y evaluar mejor los logros a obtenerse. En este contexto, concluye que el proyecto del ROF institucional y su Organigrama Institucional, considera los criterios y parámetros legales que permitirán el cumplimiento de los fi nes de la corporación, así como para conducir la implementación de manera más e fi ciente y para un mejor nivel de atención a los ciudadanos, con una integración de las funciones a fi nes, la eliminación de posibles con fl ictos de competencia y cualquier duplicidad de funciones entre sus unidades orgánicas. Que, con Informe Nº 04-2015-CEYF/RP-MPH de fecha 06.03.2015, la Comisión de Economía y Finanzas del Concejo, presenta el Dictamen Nº 004-2015/COEF-MPH, por medio del cual, luego del análisis respectivo, emite opinión favorable al proyecto del Reglamento de Organización y Funciones y la nueva estructura orgánica. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el Numeral 8) del Artículo 9º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, luego del debate correspondiente, con el voto unánime de sus integrantes y con la dispensa de aprobación del acta, el Concejo Municipal, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Huaura, en los términos