Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2015 (19/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Jueves 19 de marzo de 2015

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ORDENANZA MUNICIPAL QUE INCORPORA LA SENALIZACION DE ZONAS RIGIDAS EN PUCUSANA ­ DISTRITO DE PUCUSANA ­ PROVINCIA DE MORDAZA, COMO COMPLEMENTO A LA ORDENANZA Nº 1462013/MDP Articulo 1º.- DECLARAR MORDAZA RIGIDA i. La avenida MORDAZA en todo su recorrido y en ambos sentidos y prohibido el estacionamiento en los laterales de la via ii. La avenida Manco Capac, en todo su recorrido y prohibido el estacionamiento en los laterales de la via. iii. La avenida MORDAZA Ugarte, esquina con la MORDAZA MORDAZA Belon (desde el MORDAZA hasta la esquina con la Av. Manco Capac). iv. La avenida MORDAZA Grau en todo su recorrido y en ambos sentidos, prohibido el estacionamiento en los laterales de la via. v. El Pasaje San MORDAZA, en todo su recorrido, en ambos sentidos y prohibido el estacionamiento en los laterales de la via. vi. La avenida MORDAZA MORDAZA, desde el pasaje San MORDAZA hasta la avenida MORDAZA, en todo su recorrido y en ambos sentidos y prohibido el estacionamiento en los laterales de la via. vii. Prohibir el MORDAZA de todo MORDAZA de vehiculo mayor que supere los 8,500 (ocho mil quinientos) kilos de peso MORDAZA, en el area determinada en el croquis que se adjunta y que forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Con excepcion del Terminal Pesquero donde podria circular y estacionarse vehiculos mayores que lo haran en forma temporal. Articulo 2º.- DETERMINAR La prohibicion para el MORDAZA de vehiculos mayores de transporte de personas, de mercaderias y carga pesada las calles del distrito de Pucusana, con excepcion de los que cuentan con autorizacion municipal vigente, precisandose que los limites de la MORDAZA rigida en el croquis que se adjunta a la presente Ordenanza Municipal y que forma parte integrante de la misma Articulo 3º.- PRECISAR que el ingreso de vehiculos pesados que transporten carga que NO supere los 8,500 (ocho mil quinientos) kilos de peso bruto: alimentos perecibles en general, bebidas gasificadas, podran ingresar a cualquier hora del dia a Pucusana, previa autorizacion municipal. Articulo 4º.- DISPONER que el ingreso de vehiculos livianos (camionetas) de las empresas de transporte de servicio publico de carga, podran ingresar a la MORDAZA rigida, previa autorizacion municipal renovable por un ano. Articulo 5º.- FACULTAR al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pucusana a emitir el Decreto de Alcaldia que apruebe el Reglamento para el funcionamiento excepcional y temporal del Terminal Terrestre para vehiculos mayores. Articulo 6º.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicacion de la presente Ordenanza en el diario de circulacion local, asi como otros medios de comunicacion oficial. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1213350-4

Servicio Publicos, Gerencia de Desarrollo Economico y Social y demas areas competentes. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnologia de la Informacion y Sistemas en el MORDAZA institucional. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1213350-3

Aprueban Ordenanza que incorpora la senalizacion de zonas rigidas del distrito de Pucusana como complemento a la Ordenanza Nº 146-2013/MDP
ORDENANZA Nº 155-2014/MDP Pucusana, 15 de MORDAZA del 2014 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Pucusana en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 15 de MORDAZA del 2014. VISTO: El Informe Nº 007/2014/GDU/MDP emitido de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, sobre la aprobacion por medio de la Ordenanza Municipal de la Senalizacion de Zonas Rigidas del Distrito de Pucusana. CONSIDERANDO: Que, segun el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos del gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion del Estado establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el numeral 8 del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 indica que: son atribuciones del Concejo Municipal: 8. Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, asimismo el acapite 1.1. numeral 1 del Articulo 81º de la precipitada ley senala que, Las municipalidades, en materia de MORDAZA, viabilidad y transporte publico, ejercen las siguientes funciones: 1.1. Normar, regular y planificar el transporte terrestre, fluvial y lacustre a nivel provincial; Que, mediante Informe Nº 007/2014/GDU/MDP el Ing. MORDAZA Huambachano MORDAZA ­ Gerente de Desarrollo MORDAZA, solicita, como complemento a la Ordenanza 146-2013/MDP, que aprueba el tarifario para estacionamiento vehicular en el distrito, se promulgue Ordenan Complementaria que declare la Senalizacion de Zonas Rigidas en las calles de Pucusana y prohiba el ingreso de vehiculos mayores de transporte de pasajeros a las playas, considerando el funcionamiento del terminal pesquero de vehiculos mayores y medianos, en el distrito de Pucusana, provincia de Lima; y de la revision del precitado informe se advierte que en efecto, no se ha contemplado en el distrito zonas rigidas ni su obligatorio cumplimiento. Por ello la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, propone complementar la aludida MORDAZA municipal con una Ordenanza que senale las zonas rigidas en Pucusana; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 055-2014-MDP, el Concejo Municipal acordo complementar la Ordenanza Municipal Nº 146-2013, con una declaracion de zonas rigidas, por lo que es necesario emitirse la siguiente ordenanza municipal:

Crean el Consejo Municipal Escolar del distrito
ORDENANZA Nº 158-2014-MDP Pucusana, 20 de MORDAZA del 2014 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUCUSANA POR CUANTO: Visto: En la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 20/05/2014 el informe Nº 096-2014/SGECRD/MDP de la Sub Gerencia de Educacion, Cultura, Deporte y

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