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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2015 (19/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 45

El Peruano Jueves 19 de marzo de 2015 548951 Servicio Públicos, Gerencia de Desarrollo Económico y Social y demás áreas competentes. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Sistemas en el portal institucional. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO PABLO FLORIAN HUARI Alcalde 1213350-3 Aprueban Ordenanza que incorpora la señalización de zonas rígidas del distrito de Pucusana como complemento a la Ordenanza Nº 146-2013/MDP ORDENANZA Nº 155-2014/MDP Pucusana, 15 de abril del 2014 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA POR CUANTO:El Concejo Distrital de Pucusana en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de abril del 2014. VISTO: El Informe Nº 007/2014/GDU/MDP emitido de la Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre la aprobación por medio de la Ordenanza Municipal de la Señalización de Zonas Rígidas del Distrito de Pucusana. CONSIDERANDO:Que, según el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos del gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución del Estado establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 indica que: son atribuciones del Concejo Municipal: 8. Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, asimismo el acápite 1.1. numeral 1 del Artículo 81º de la precipitada ley señala que, Las municipalidades, en materia de tránsito, viabilidad y transporte público, ejercen las siguientes funciones: 1.1. Normar, regular y plani fi car el transporte terrestre, fl uvial y lacustre a nivel provincial; Que, mediante Informe Nº 007/2014/GDU/MDP el Ing. Raúl Huambachano Castro – Gerente de Desarrollo Urbano, solicita, como complemento a la Ordenanza 146-2013/MDP, que aprueba el tarifario para estacionamiento vehicular en el distrito, se promulgue Ordenan Complementaria que declare la Señalización de Zonas Rígidas en las calles de Pucusana y prohíba el ingreso de vehículos mayores de transporte de pasajeros a las playas, considerando el funcionamiento del terminal pesquero de vehículos mayores y medianos, en el distrito de Pucusana, provincia de Lima; y de la revisión del precitado informe se advierte que en efecto, no se ha contemplado en el distrito zonas rígidas ni su obligatorio cumplimiento. Por ello la Gerencia de Desarrollo Urbano, propone complementar la aludida norma municipal con una Ordenanza que señale las zonas rígidas en Pucusana; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 055-2014-MDP, el Concejo Municipal acordó complementar la Ordenanza Municipal Nº 146-2013, con una declaración de zonas rígidas, por lo que es necesario emitirse la siguiente ordenanza municipal:ORDENANZA MUNICIPAL QUE INCORPORA LA SEÑALIZACIÓN DE ZONAS RÍGIDAS EN PUCUSANA – DISTRITO DE PUCUSANA – PROVINCIA DE LIMA, COMO COMPLEMENTO A LA ORDENANZA Nº 146- 2013/MDP Artículo 1º.- DECLARAR ZONA RÍGIDAi. La avenida Lima en todo su recorrido y en ambos sentidos y prohibido el estacionamiento en los laterales de la vía ii. La avenida Manco Cápac, en todo su recorrido y prohibido el estacionamiento en los laterales de la vía. iii. La avenida Alfonso Ugarte, esquina con la Calle Torres Belon (desde el mercado hasta la esquina con la Av. Manco Cápac). iv. La avenida Miguel Grau en todo su recorrido y en ambos sentidos, prohibido el estacionamiento en los laterales de la vía. v. El Pasaje San Pedro, en todo su recorrido, en ambos sentidos y prohibido el estacionamiento en los laterales de la vía. vi. La avenida Leoncio Prado, desde el pasaje San Pedro hasta la avenida Lima, en todo su recorrido y en ambos sentidos y prohibido el estacionamiento en los laterales de la vía. vii. Prohibir el tránsito de todo tipo de vehículo mayor que supere los 8,500 (ocho mil quinientos) kilos de peso bruto, en el área determinada en el croquis que se adjunta y que forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Con excepción del Terminal Pesquero donde podría circular y estacionarse vehículos mayores que lo harán en forma temporal. Artículo 2º.- DETERMINAR La prohibición para el tránsito de vehículos mayores de transporte de personas, de mercaderías y carga pesada las calles del distrito de Pucusana, con excepción de los que cuentan con autorización municipal vigente, precisándose que los límites de la zona rígida en el croquis que se adjunta a la presente Ordenanza Municipal y que forma parte integrante de la misma Artículo 3º.- PRECISAR que el ingreso de vehículos pesados que transporten carga que NO supere los 8,500 (ocho mil quinientos) kilos de peso bruto: alimentos perecibles en general, bebidas gasi fi cadas, podrán ingresar a cualquier hora del día a Pucusana, previa autorización municipal. Artículo 4º.- DISPONER que el ingreso de vehículos livianos (camionetas) de las empresas de transporte de servicio público de carga, podrán ingresar a la zona rígida, previa autorización municipal renovable por un año. Artículo 5º.- FACULTAR al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pucusana a emitir el Decreto de Alcaldía que apruebe el Reglamento para el funcionamiento excepcional y temporal del Terminal Terrestre para vehículos mayores. Artículo 6º.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el diario de circulación local, así como otros medios de comunicación ofi cial. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO PABLO FLORIAN HUARI Alcalde 1213350-4 Crean el Consejo Municipal Escolar del distrito ORDENANZA Nº 158-2014-MDP Pucusana, 20 de mayo del 2014EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUCUSANAPOR CUANTO:Visto: En la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20/05/2014 el informe Nº 096-2014/SGECRD/MDP de la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y