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El Peruano Jueves 26 de marzo de 2015 549529 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Ratifican el Plan de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2015 del distrito de Carmen de la Legua - Reynoso ORDENANZA Nº 005-2015-MDCLR Carmen de la Legua Reynoso, 18 de marzo del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 005-2015, celebrada en la fecha, el Informe Nº 001-2015-STCDSC- CDSC/MDCLR, de fecha 16 de Febrero del 2015, de la Secretaría Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, quien remite el Plan de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2015. CONSIDERANDO: Que, el artículo 197º de la Constitución Política del Perú, señala que las Municipalidades brindan servicios de seguridad ciudadana, con la respectiva cooperación de la Policía Nacional, conforme a Ley. Que, conforme al artículo 85º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, las municipalidades según su condición de provincial o distrital establecerán un sistema de seguridad ciudadana, con participación de la sociedad civil y la Policía Nacional. Que, conforme al artículo 13º de la Ley Nº 27933, modifi cado por Ley Nº 30055, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como de ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñada por el CONASEC. De esta manera, sus funciones y atribuciones se encuentran determinadas en el artículo 28º del Reglamento del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana – Decreto Supremo Nº 011-2014-IN. Que, el artículo 46º del Reglamento de la Ley Nº 27933 – Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, señala que los planes son los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos provincial y distrital con un enfoque de resultados. Contienen diagnóstico del problema y establece una visión, objetivos estratégicos y específi cos, actividades, indicadores, metas y responsables. Se elaboran en concordancia con los objetivos estratégicos contenidos en las políticas nacionales y regionales de carácter multianual. Estos planes se ajustan trimestralmente, de acuerdo al análisis del proceso de ejecución y de los resultados obtenidos mediante la aplicación de los respectivos indicadores de desempeño. Que, asimismo, el artículo 47º del Reglamento establece que, los órganos de ejecución de seguridad ciudadana en el ámbito regional y en el ámbito local, a que se refi eren los incisos a) c) y d) del artículo 34, son los responsables de formular los planes de seguridad ciudadana en las regiones, provincias y distritos del país, los cuales están sujetos a evaluación anual. Para la formulación de los planes regionales se consideran los planes aprobados por los comités provinciales y distritales de su circunscripción territorial. Para la formulación de los planes provinciales se consideran los planes aprobados por los comités distritales de su circunscripción territorial. Formuladas las propuestas de planes de seguridad ciudadana, los órganos de ejecución los pondrán en conocimiento de sus correspondientes instancias de coordinación interinstitucional para su aprobación, buscando el consenso de sus miembros. Además de su aprobación por los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana, los planes deberán ser ratifi cados por los Consejos Regionales de los Gobiernos Regionales y por los Concejos Municipales Provinciales y Distritales, según corresponda, a efectos de su obligatorio cumplimiento como políticas regionales, provinciales y distritales. Que, mediante Informe Nº 001-2015-STCDSC- CDSC/MDCLR, la Secretaría Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana remite el Plan de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2015 del distrito de Carmen de la Legua - Reynoso, aprobado por el CODISEC el 16 de Marzo del 2015, tal como consta en el acta adjunta al informe. Que, mediante Informe Nº 078-2015-GAL/MDCLR, del 17 de Marzo del 2015, la Gerencia de Asesoría Legal opina que es viable la aprobación del Plan de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2015, debiéndose remitir al Concejo Municipal para su ratifi cación. Estando a lo expuesto, y en concordancia a lo dispuesto por la Ley Nº 27933 – Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, y la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; y en conformidad al Acuerdo de Concejo Nº 018-2015- MDCLR del 18-03-2015, con la dispensa del trámite de presentación de dictamen, lectura y aprobación del acta; y contando con el VOTO UNANIME de los señores regidores, el Concejo Municipal, aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y CONVIVENCIA SOCIAL 2015 DEL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Artículo 1º.- RATIFICAR el Plan de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2015 del distrito de Carmen de la Legua - Reynoso, aprobado el 16 de Marzo del 2015 por el Comité de Seguridad Ciudadana del distrito de Carmen de la Legua – Reynoso. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAUL JESUS ODAR CABREJOS Alcalde 1216507-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OYON Establecen montos de remuneración del Alcalde y dieta de Regidores ACUERDO DE CONCEJO Nº 010-2015/CPO Oyon, 24 de enero del 2015 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OYÓN VISTO; En sesión de Concejo Ordinario de fecha 24 de enero del 2015 el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, a través del cual se dictan medidas sobre los ingresos por todo concepto de los Alcaldes. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28212 Ley que desarrollo el Art. 39 de la Constitución Política del Perú, establece en su artículo