Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2015 (22/05/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 74

553112
administrativo de Instituciones Publicas se debe realizar sobre la base del Sistema de Informacion de Apoyo a la Gestion de la Institucion Educativa SIAGIE; en tal sentido la Direccion de Educacion Inicial de la Direccion General de Educacion Basica Regular del Ministerio de Educacion ha validado con los Gobiernos Regionales las nuevas plazas de docentes de Educacion Inicial, que para el caso del Gobierno Regional de MORDAZA ascienden a 195 nuevas plazas, setenta y cuatro (74) de las cuales pertenecen a la Provincia de Chiclayo, noventa y uno (91) a la Provincia de MORDAZA, y treinta (30) a la Provincia de Ferrenafe. Que, el Informe Nº 114-2015-GR.LAMB/ORRPP, de fecha 22 de MORDAZA del ano 2015 en su MORDAZA considerando precisa que para el proposito de lo senalado en, el Decreto Supremo Nº 008-2015-EF, autoriza una transferencia de recursos presupuestales al Gobierno Regional de MORDAZA, para el financiamiento de las plazas de las Unidades Ejecutoras 300 (Educacion Chiclayo), 302 (Educacion Lambayeque), 303 (Educacion Ferrenafe) por un monto de TRES MILLONES CIENTO CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO Y 00/100 nuevos soles (3104,198.00), recursos presupuestales que ya fueron incorporados al Pliego del Gobierno Regional de MORDAZA mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 126-2015-GR.LAMB./PR, existiendo el financiamiento para incorporar un total de 195 nuevas plazas de acuerdo al siguiente detalle:
INCREMENTO DE PLAZAS 74 91 30 195 PRESUPUESTO ASIGNADO PARA EL ANO 2015 1 102,600 1 485,941 515,657 3 104,198

El Peruano Viernes 22 de MORDAZA de 2015

Institucional del Gobierno Regional de MORDAZA, www.regionlambayeque.gob.pe. Comuniquese al Gobernador del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado en Chiclayo, a los siete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los doce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gobernador Regional 1240067-1

UNIDAD EJECUTORA 300 ­ Educacion Chiclayo 302 - Educacion MORDAZA 303 - Educacion Ferrenafe TOTAL

Convocan al MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de MORDAZA para el Ano Fiscal 2016 y a las organizaciones de la Sociedad Civil interesadas en participar
DECRETO REGIONAL Nº 028-2015-GR.LAMB/GR EL GOBERNADOR REGIONAL DE MORDAZA CONSIDERANDO:

Que, en ese sentido, el inc. a., del Articulo 15º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como atribuciones del Consejo Regional el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA ha emitido la siguiente; ORDENANZA: Articulo Primero.- MODIFICAR el vigente Cuadro para Asignacion de Personal Provisional ­ CAP, del Gobierno Regional MORDAZA, incorporando ciento noventa y cinco (195) nuevos cargos ­ plazas en las siguientes Unidades Ejecutoras que a continuacion se indican: a) Unidad Ejecutora 300 ­ Educacion Chiclayo, setenta y cuatro (74); b) Unidad Ejecutora 302 ­ Educacion MORDAZA, noventa y uno (91); y, c) Unidad Ejecutora 303 ­ Educacion Ferrenafe, treinta (30) Articulo Segundo.- APROBAR el desagregado de la asignacion de plazas en las unidades ejecutoras que alude el articulo anterior y en las instituciones educativas que se detallan en los anexos A, B y C, de esta Ordenanza. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Gobernacion Regional para que mediante Decreto Regional apruebe la remuneracion y codificacion del Cuadro para Asignacion de Personal Provisional ­ CAP de las Unidades Ejecutoras 300, 302 y 302, Pliego 452 ­ Gobierno Regional de MORDAZA, en los terminos que establece el Articulo anterior de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- DISPONGASE la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el diario oficial El Peruano, asi como en el diario encargado de la publicacion de los avisos judiciales de la region MORDAZA, difundiendose ademas a traves del MORDAZA Electronico

Que el articulo 17º de la Ley Nº27867, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece la obligatoriedad de los Gobiernos Regionales para promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y el presupuesto, asi como en la gestion publica; canalizando la participacion ciudadana a traves de espacios de consulta, coordinacion, concertacion y vigilancia existentes, y los que los Gobiernos Regionales establezcan de acuerdo a Ley; Que la Ley Nº28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, modificada por la Ley Nº29298, define el MORDAZA de Presupuesto Participativo como "un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos que fortalece las relaciones Estado­Sociedad Civil"; asi mismo, en su articulo 4º establece las instancias de participacion en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto, reconociendo entre otros al Consejo de Coordinacion Regional; asi mismo, en su articulo 5º establece que la Sociedad Civil forma parte activa en el MORDAZA de programacion participativa de los presupuestos de los Gobiernos Regionales y Locales con enfasis en los gastos de inversion, de acuerdo a las Directivas y Lineamientos que para estos fines emitira la Direccion Nacional de Presupuesto Publico y la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, hoy Direccion General de Politicas de Inversion del Ministerio de Economia y Finanzas. Del mismo modo, precisa que "Es responsabilidad del Presidente del Consejo de Coordinacion Local Distrital informar respecto de los acuerdos y propuestas de su instancia al Consejo de Coordinacion Local Provincial y, a la vez, el Gobernador Regional de este informa al Consejo de Coordinacion Regional. El Gobernador Regional, en tanto Presidente del Consejo de Coordinacion Regional, es responsable de informar y promover la articulacion y coordinacion de los presupuestos participativos formulados por los Consejos de Coordinacion Local y Regional de su ambito"; Que mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF se aprobo el Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo; estableciendo los procedimientos para la convocatoria, registro y acreditacion de los Agentes

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.