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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2015 (22/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 76

El Peruano Viernes 22 de mayo de 2015 553114 a la comisión de servicio al exterior del país, solicitada para el Gobernador Regional y los dos funcionarios señalados en el apartado anterior; Que, estando a lo acordado y aprobado por Unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 13 - 2015, celebrada el día 19 de mayo de 2015 en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios a la República del Ecuador, al Ing. Reynaldo Adolfo Hilbck Guzmán, Gobernador Regional, entre el 22 de mayo al 24 de mayo de 2015, atendiendo la invitación del Gobierno de la Provincia de Pichincha de la República del Ecuador, para participar como invitado de honor de la conmemoración de los 193 años de la Batalla de Pichincha” y asimismo la fi rma del “Convenio de Hermanamiento” que formalizará nuestros lazos de amistad y de cooperación, cubriendo el citado Gobierno de la Provincia de Pichincha. Artículo Segundo.- Autorizar el viaje en comisión de servicios a la República del Ecuador, a la Srta. María Eulogia del Pilar Núñez Tello, Sub Gerente Regional de Cooperación Técnica Internacional de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y el Sr. Ronald Estuardo Savitzky Olaya, Director Regional de Comercio Exterior y Turismo, entre el 22 de mayo al 24 de mayo de 2015, atendiendo la invitación del Gobierno de la Provincia de Pichincha de la República del Ecuador. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional, que no sean cubiertos por el Gobierno Provincial de Pichincha, de conformidad a lo señalado en el Memorando Nº 562-2015/GRP-480000, de fecha 19 de mayo de 2015, de la Ofi cina Regional de Administración, serán cubiertos por el Gobierno Regional Piura, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres Y Apellidos Viáticos Total S/. Ing. Reynaldo Adolfo Hilbck Guzmán S/. 380 X 2 Días (Viernes 22 Y Domingo 24 De Mayo)= S/. 760.00 S/. 760.00 Srta. María Eulogia Del Pilar Núñez Tello Sr. Ronald Estuardo Savitzky Olaya. S/. 320 X 2 Días (Viernes 22 Y Domingo 24 De Mayo)= S/. 640.00 S/. 320 X 2 Días (Viernes 22 Y Domingo 24 De Mayo) = S/. 640.00 S/. 1280.00 Total S/. 2,040.00 (Dos Mil Cuarenta con 00/100 Nuevos Soles) Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a su retorno al país, el Gobernador Regional y funcionarios, presentarán al Consejo Regional un informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos producto del viaje autorizado. Artículo Quinto.- Disponer, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el diario ofi cial El Peruano. Artículo Sexto.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. HERMER ERNESTO ALZAMORA ROMÁN Consejero Delegado Consejo Regional 1240071-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Aprueban Reglamento de la Ordenanza Nº 317-MDA, Ordenanza que regula la venta de alimento en la vía pública del distrito de Ate DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2015/MDA Ate, 28 de abril del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; los Memorándums Nº 232-2015-MDA-GDE y Nº 237-2015/MDA-GDE de la Gerencia de Desarrollo Económico, el Informe Nº 041-2015-MDA/GP-SGPMI de la Sub Gerencia de Procesos y Modernización Institucional, el Memorándum Nº 0109-2015-MDA/GP, el Informe Nº 365-2015-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Proveído Nº 1240-2015-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Municipalidad a través de la Gerencia de Desarrollo económico, cumple con la función de planifi car, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la promoción de la economía local, generando ambientes adecuados para el desarrollo libre del mercado y potenciando la actividad, empresarial para aumentar la productividad de la cuidad, asimismo cumple con planifi car, organizar, dirigir y controlar, las actividades relacionadas con la formalización empresarial y reconvención ocupacional para los ciudadanos que realizan actividades económicas, funciones y competencia atribuidas de conformidad al Art. 122º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ate; Que, mediante Ordenanza Nº 317-MDA se regula la venta de alimentos en la vía pública del distrito de Ate, ordenanza que tiene como objetivo regular los procedimientos técnicos, administrativos, Tributario y Sociales con la fi nalidad de autorizar, controlar y supervisar la venta de alimento en la vía pública, promoviendo la formalización de quien la ejerzan y sancionando el incumplimiento de dichas normas; Que, a fi n de salvaguardar y generar la seguridad, bienestar y tranquilidad en el Distrito de Ate y de conformidad a la Undécima Disposición Transitoria, Complementaria Finales del Ordenanza Nº 317-MDA, que faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte la medidas complementarias y reglamentaria, resulta procedente y necesario regular complementariamente dicha normatividad interna, a fi n de ejecutar su cumplimiento efi caz, la cual amerita su pronta implementación, ello como resultado de la supervisión de las acciones de fi scalización municipal administrativa; Que, sobre la base de las opiniones técnicas expresadas a través de los Informes Nº 102-2015/MDA- GSAC-SGMAP-J de la Sub Gerencia de Medio Ambiente, Parques y Jardines, Nº 002-2015-LARN del especialista en transporte de la Gerencia de Desarrollo Económico y Nº 026-2015-MDA/GDS-SGS de la Sub Gerencia de Salud, la Gerencia de Desarrollo Económico remite a través del Memorandum Nº 232-2015-MDA-GDE la propuesta de Reglamento de la Ordenanza Nº 317-MDA que regula la venta de alimentos en la vía pública del distrito de Ate; Que, la propuesta formulada cuenta con las opiniones favorables de la Sub Gerencia de Procesos y Modernización Institucional y de la Gerencia de