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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2015 (29/11/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 45

567555 NORMAS LEGALES Domingo 29 de noviembre de 2015 El Peruano / Que, de conformidad con los artículos 3º y 6º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la designación de funcionarios en cargo de confi anza se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad, y surte efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que, de acuerdo al artículo 9º y literales d), h) y t) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA, en concordancia con los numerales 4) y 7) del artículo 23º del Decreto Legislativo Nº 1158, la Superintendente es la titular de la entidad, organiza, dirige y supervisa el funcionamiento de SUSALUD, designa a los trabajadores en cargos de dirección y confi anza, y expide las resoluciones que correspondan al ámbito de sus funciones y las que se establezcan por norma legal; Con los vistos del Secretario General, del Director General de la Ofi cina General de Gestión de las Personas y de la encargada de las funciones de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, Estando a las facultades conferidas por el artículo 9º y literales d), h) y t) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA, en concordancia con los numerales 4) y 7) del artículo 23º del Decreto Legislativo Nº 1158; así como a lo dispuesto por los artículos 3º y 6º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos. SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR al señor RAÚL BONILLA DÍAZ en el cargo de confi anza de Asesor de la Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Salud, con efectividad a partir del 01 de diciembre de 2015. Artículo 2º.- DISPONER la notifi cación de la presente Resolución al señor designado en el Artículo 1º precedente; así como a la Ofi cina General de Gestión de las Personas, Ofi cina General de Administración y Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, para los fi nes correspondientes, conforme a sus respectivas funciones. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Ofi cina de Comunicación Corporativa la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Asimismo, encargar a la Ofi cina General de Asesoría Jurídica la publicación de la presente Resolución en la Página Web Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Superintendente 1317441-1 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionaria a México, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N°092-2015-BCRP-N Lima, 24 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido invitación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo en el marco de la Alianza del Pacífi co (Colombia, Chile, Perú y México) para participar en el 1° Foro Alianza Pacífi co sobre Estadísticas de Turismo: “Establecimiento de Alianzas en las Estadísticas”, que se realizará el 3 y 4 de diciembre de 2015 en la Ciudad de México D.F, México; El objetivo de esta reunión es el intercambio de conocimientos estadísticos para la generación de datos comparativos y homogenizar las metodologías que permitan fortalecer la toma de decisiones en los países de la Alianza del Pacífi co; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con la fi nalidad y funciones del Banco Central; La Gerencia de Información y Análisis Económico tiene entre sus objetivos proveer de información y análisis oportunos y relevantes para la formulación y gestión de la política monetaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°27619 y su Reglamento, el Decreto Supremo N°047-2002- PCM así como por sus normas modifi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 19 de noviembre de 2015; SE RESUELVE: Artículo 1°. - Autorizar la misión en el exterior de la señora Donita Rodríguez Zegarra, Jefa del Departamento de Estadísticas de Balanza de Pagos de la Gerencia de Información y Análisis Económico, el 3 y 4 de diciembre en la Ciudad de México D.F, México, y el pago de los gastos, a fi n de que intervenga en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°. - El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes US$ 604,08 Viáticos US$ 670,00 -------------------- TOTAL: US$ 1274,08 Artículo 3°. - La Presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1316837-1 Certificados de Depósito en Moneda Nacional con Tasa Variable del Banco Central de Reserva del Perú CIRCULAR Nº 043-2015-BCRP Lima, 27 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que el Directorio de este Banco Central, en uso de las facultades que le son atribuidas en los artículos 24 inciso d y 62 de su Ley Orgánica, ha resuelto incluir al Índice Interbancario Overnight como referencia para el cálculo del factor de reajuste de los Certifi cados de Depósito en Moneda Nacional con Tasa Variable del Banco Central de Reserva del Perú (CDV BCRP) y hacer fungibles a aquellos CDV BCRP que compartan la misma fecha de vencimiento. SE RESUELVE: Capítulo I. Características de los CDV BCRP Artículo 1. Generalidades a) Los CDV BCRP son valores emitidos por el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), que representan pasivos de este último a favor del adquiriente. b) Los CDV BCRP están denominados en Nuevos Soles y representados por anotaciones en cuenta. c) La colocación de los CDV BCRP se efectúa mediante el mecanismo de subasta o mediante colocación directa. Se emiten con montos nominales mínimos de S/. 100 000,00 cada uno y en múltiplos de ese monto. d) Los CDV BCRP están sujetos a un reajuste en función de la Tasa de Política Monetaria del BCRP (TPM) o de la capitalización del Índice Interbancario Overnight (ION), según lo determine el BCRP en la convocatoria