Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2015 (09/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Miércoles 9 de setiembre de 2015 /

El Peruano

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Designan Responsable y Responsable Suplente de Entregar la Información de Acceso Público de SUSALUD
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 126-2015-SUSALUD/S Lima, 1 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 9º, 11º y 13º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, en armonía con el Decreto Legislativo Nº 1158 que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud ­ SUNASA, se crea la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; encargada de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud; registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, así como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS UGIPRESS, en el ámbito de su competencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM se aprueba el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con la finalidad de promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 3º del TUO de la Ley Nº 27806, antes citado, establece que por el Principio de Publicidad, toda información que posea el Estado se presume pública, salvo las excepciones expresamente previstas por ley; asimismo, en concordancia con el artículo 8º del citado TUO, dispone que las entidades públicas designen al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, el artículo 3º del Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM, en concordancia con su artículo 4º, establece que es obligación de la máxima autoridad de la entidad, designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público, mediante Resolución que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, y colocada en un lugar visible en cada una de las sedes administrativas de la entidad; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 015-2015-SUSALUD/S de fecha 27 de enero de 2015, modificada por Resolución de Superintendencia Nº 116-2015-SUSALUD/S de fecha 15 de agosto de 2015, se designó al señor José Antonio Pantigoso Guevara como Responsable Titular de Entregar la Información de Acceso Público, y al señor Cresencio Chuqui Lucio como responsable suplente, en caso de ausencia del titular; Que, estando a la normativa precitada y a fin de garantizar una oportuna atención a las solicitudes presentadas por los ciudadanos, se estima pertinente designar a la señorita Adriana Cárdenas Rivera, Asesora de la Secretaría General, como Responsable de Entregar la Información de Acceso Público, y al señor Louis Ken Matsusaka Shimasaki, Especialista Legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica, como Responsable Suplente, quien actuará en caso de ausencia del Responsable titular; dejando sin efecto las Resoluciones de Superintendencia Nº 015-2015-SUSALUD/S y Nº 116-2015-SUSALUD/S; Que, de acuerdo al artículo 23º del Decreto Legislativo Nº 1158, antes citado, en concordancia con el artículo 9º y literales d), t) y x) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA, la Superintendente es la titular del pliego y de la entidad, y tiene entre sus

funciones organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de SUSALUD, designar al funcionario o servidor encargado de atender el acceso a la información pública, y expedir las Resoluciones que correspondan al ámbito de sus funciones y las que se establezcan por norma legal; Con los vistos del Secretario General y del Encargado de las funciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 23º del Decreto Legislativo Nº 1158, en concordancia con el artículo 9º y literales d), t) y x) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA. SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR a la señorita abogada ADRIANA CÁRDENAS RIVERA, como Responsable de Entregar la Información de Acceso Público de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, quien en adición a sus funciones cumplirá con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM. Artículo 2º.- DESIGNAR al señor abogado LOUIS KEN MATSUSAKA SHIMASAKI, como Responsable Suplente de Entregar la Información de Acceso Público de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, quien en adición a sus funciones cumplirá con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0722003-PCM, en caso de ausencia del Responsable Titular. Artículo 3º.- DISPONER que los órganos de la entidad atiendan de manera oportuna los requerimientos de información formulados por el Responsable de entregar la información de acceso público, elaborando los informes correspondientes cuando la información solicitada se encuentre dentro de las excepciones establecidas por Ley. Artículo 4º.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Superintendencia Nº 015-2015-SUSALUD/S de fecha 27 de enero de 2015 y la Resolución de Superintendencia Nº 116-2015-SUSALUD/S de fecha 10 de agosto de 2015. Artículo 5º.- NOTIFICAR la presente Resolución a los servidores designados en los artículos precedentes, así como a todos los órganos de SUSALUD, para los fines correspondientes. Artículo 6º.- DISPONER que la Oficina de Comunicación Corporativa publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en las sedes administrativas de la entidad. Asimismo, encargar a la Oficina General de Asesoría Jurídica la publicación de la presente Resolución en el Portal Web Institucional (www.susalud.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Superintendente 1284134-1

Disponen la publicación del proyecto de norma "Lineamientos de Buen Gobierno Corporativo para las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS públicas", en la página web de SUSALUD
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 128-2015-SUSALUD/S Lima, 3 de setiembre de 2015 VISTOS: El Informe N° 0084-2015/SAREFIS del 27 de agosto del 2015 y el Informe Jurídico N° 026-2015-SUSALUD/ OGAJ del 01 de setiembre del 2015; y,

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