Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2015 (11/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Viernes 11 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES PODER JUDICIAL

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La Libertad a los funcionarios que se indica a continuación: - Espinoza Chacaltana Hugo Edson. -Garcia Verastegui Sandra Magdalena Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional La Libertad, a la funcionaria que se indica a continuación: - Mendoza Cardenas Rocio de Lourdes Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SILVA GUEVARA Intendente Intendencia Regional La Libertad 1285386-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen la apertura del turno de diversos Juzgados de Trabajo Transitorios de Lima para el conocimiento de los exhortos e ingresos de expedientes (apelaciones u otros), tramitados bajo la Ley N° 26636
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 490-2015-P-CSJLI-PJ Lima, 8 de setiembre de 2015.

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA
Designan Asesor I de la SUNEDU
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 65-2015-SUNEDU Lima, 10 de setiembre 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante artículo 12 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa para el ejercicio de sus funciones; Que, el literal f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, dispone que el Superintendente tiene entre otras funciones, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, órganos de administración interna y órganos desconcentrados de la Sunedu; Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Sunedu, aprobado por Resolución Ministerial N° 087-2015-MINEDU, prevé el cargo estructural de Asesor I Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor I, por lo que es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; de la Sunedu; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del poder ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; y el Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Carlos Américo Novoa Shuña en el cargo de Asesor I de la Sunedu, cargo Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA Superintendente 1285853-1

VISTO: La Resolución Administrativa N° 179-2015-CE-PJ, de fecha 27 de mayo de 2015, y el Informe N° 072-2015-CEPRUPD-CSJLI/PJ, de fecha 08 de setiembre de 2015, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa N° 179-2015-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispone la implementación del Tercer Sub Módulo del Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Administrativa N° 399-2014-CE-PJ de fecha 26 de noviembre de 2014, que aprobó el Nuevo Reglamento del Módulo Corporativo Laboral bajo la Ley N° 29497, el cual estará conformado por el 17°, 18°, 19°, 20°, 21° y 22° Juzgados de Trabajo Permanentes de Lima; Que, así mismo en el artículo cuarto de la citada resolución administrativa el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial faculta al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, adoptar las medidas administrativas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución; Que, mediante Resolución Administrativa N° 327-2015-P-CSJLI-PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima dispone las acciones administrativas necesarias para el cabal cumplimiento de la Resolución Administrativa N° 179-2015-CE-PJ; Que, mediante Informe N° 072-2015-CEPR-UPDCSJLI/PJ, la jefatura de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de Lima pone a conocimiento de este despacho lo siguiente: - El 17°, 21° y 22° Juzgados de Trabajo Permanentes de Lima, conocían los procesos laborales tramitados bajo la Antigua Ley Procesal de Trabajo, con el turno abierto para recibir exhortos e ingresos de expedientes (apelaciones u otros), tramitados bajo la Ley N° 26636. - Como consecuencia de la creación del Tercer Sub Módulo Corporativo de Trabajo, se ha generado que los exhortos y los expedientes en grado de apelación tramitados bajo la Ley N° 26636, no puedan ser derivados a una dependencia competente para su trámite, siendo los mismos rechazados por el Centro de Distribución General de Lima, causando un malestar para el litigante. - Se recomienda la apertura del turno de los Juzgados de Trabajo Transitorios Liquidadores de la Ley N° 26636 para el conocimiento de los exhortos e ingresos de expedientes, tramitados bajo la Ley N° 26636, ello por ser los únicos competentes en este Distrito Judicial; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo, dirige la política interna de su de impartición de justicia; en tal sentido, por ello corresponde a la Presidencia de esta Corte adoptar las medidas pertinentes para garantizar el cumplimiento de la Resolución Administrativa N° 179-2015-CE-PJ, ante ello dispone aprobar la solicitud presentada por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de esta Corte Superior de Justicia;

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