Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2015 (11/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES ORGANISMOS EJECUTORES

Viernes 11 de setiembre de 2015 /

El Peruano

SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto el artículo 7 de la Resolución Jefatural N° 170-2015/SIS, en el extremo de la designación del señor Miguel Ángel Benites Condori en el del Seguro Integral de Salud. Artículo 2°.- Designar a la profesional CPC Flor de María Gutiérrez Ortiz, en el cargo de Directora Ejecutiva Salud y aprobar su contratación a través de Contrato Administrativo de Servicios. Artículo 3°.- Disponer que la Secretaría General efectúe la publicación de la presente Resolución Jefatural, Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO SEGUNDO ACOSTA POLO Jefe del Seguro Integral de Salud 1285854-1 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que distintos a los comprendidos en el artículo 1° de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, asimismo, el artículo 6° de la mencionada Ley dispone que todas las Resoluciones de designación o surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario misma que postergue su vigencia; Que, mediante Resolución Jefatural N° 170-2015/SIS, se designa al señor Miguel Ángel Benites Condori, en el del Seguro Integral de Salud, a partir del 1 de setiembre de 2015; Que, la primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo personal establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho decreto legislativo. Este personal solo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Que, mediante Carta N° 0001-2015-MABC de fecha 01 de setiembre de 2015, el señor Miguel Ángel Benites Condori, informa que no le será posible asumir el cargo Seguro Integral de Salud, debido a que no fue aceptada su carta de renuncia al Convenio suscrito entre la Autoridad Nacional del Servicio Civil y el Instituto Nacional de Estadística e Informática; de Administración de Recursos considera viable dejar sin efecto el artículo 7 de la Resolución Jefatural N° 170-2015SIS, en el extremo de la designación del señor Miguel Ángel Benites Condori y designar a la profesional CPC Flor de María Gutiérrez Ortiz, en el cargo de Directora Ejecutiva de Que, en ese sentido, resulta necesario realizar las integral de Salud; Con el visto bueno de la Secretaría General, de la de Recursos, y con la opinión favorable del Director De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en los numerales 11.8 y 11.9 del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 0112011-SA;

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Designan Directora Ejecutiva de la Oficina de Contabilidad del SIS
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 183-2015/SIS Lima, 9 de setiembre de 2015 VISTOS: La Carta N° 0001-2015-MABC presentada por el señor Miguel Ángel Benites Condori, el Informe N° 165-2015-SIS-OGAR/OGRH con Proveído N° 175-2015Recursos y el Informe N° 085-2015-SIS/OGAJ/REMG con de Asesoría Jurídica; y,

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Aprueban la publicación para comentarios del Proyecto sobre la Determinación de Proveedores Importantes en el Mercado Nº 25: Acceso Mayorista para Internet y Transmisión de Datos
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 102-2015-CD/OSIPTEL Lima, 3 de setiembre de 2015 EXPEDIENTE : Determinación de Proveedores Importantes MATERIA : Telefónica del Perú S.A.A., Telefónica Multimedia S.A.C. y Star Global Com S.A.C.

ADMINISTRADO :

VISTOS: (i) El Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, que dispone publicar para comentarios Importantes en el Mercado Nº 25: Acceso Mayorista primera revisión de lo establecido por la Resolución de Consejo Directivo N° 132-2012-CD/OSIPTEL, y; (ii) El Informe Nº 331-GPRC/2015 de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia, que sustenta el conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo señalado en el Artículo 3° de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión por las Leyes Nº 27631, Nº 28337 y N° 28964, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) ejerce, entre otras, la Función Normativa, que

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