Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2015 (11/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Viernes 11 de setiembre de 2015 /

El Peruano

participar en la reunión con funcionarios de Morgan Stanley Capital International (MSCI), que se llevará a cabo el 14 de septiembre de 2015 en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, y en las reuniones de trabajo previas entre representantes del sector público y privado que asistirán a la reunión con funcionarios de MSCI, a realizarse el 13 de septiembre en la misma ciudad; Que, Morgan Stanley Capital International (MSCI) es un proveedor de índices sobre acciones, bonos y hedge funds que son utilizados como índices de referencia valor de las compañías que cotizan en las bolsas de los diferentes países, siendo los principales accionistas de MSCI, Morgan Stanley y The Capital Group; Que, la empresa MSCI ha anunciado que evalúa retirar a la Bolsa de Valores de Lima del MSCI Emerging Market Index (EM) e incluirla en el MSCI Frontier Markets Index (FM), que es una categoría menor del MSCI, y que, según lo indica MSCI, es una medida que aplicaría debido a que la bolsa peruana no cumple con los requerimientos de tamaño y liquidez para ser considerada como mercado emergente; Que, en ese sentido, es importante participar en la reunión del 14 de septiembre de 2015 con MSCI y en la de la víspera con los representantes de los sectores de la Bolsa de Valores de Lima de mercado emergente a mercado fronterizo, dándole a conocer diversas medidas que se han venido adoptando para favorecer la liquidez de nuestro mercado de valores y fomentar su desarrollo; Que, de acuerdo con lo expuesto, la invitación para que la Superintendente del Mercado de Valores integre la misión peruana y participe en estas importantes reuniones para el futuro del mercado bursátil, debe considerarse como una oportunidad para promover nuestro mercado, dándole mayor visibilidad a diversas iniciativas que se han venido dando en nuestro mercado y que se orientan a favorecer su liquidez y promover un mayor desarrollo del mismo; Que, en dicho contexto, la participación de la señora Lilian del Carmen Rocca Carbajal, Superintendente del Mercado de Valores, en la reunión con MSCI y representantes de los sectores público y privado, el 13 y 14 de septiembre de 2015, involucran acciones de promoción de nuestro mercado de importancia para la SMV y el país, por lo que se considera necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán con cargo al presupuesto de la SMV; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, dispone que los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú se autorizan mediante Resolución del Titular de la entidad; y, De conformidad con el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores; así como con lo dispuesto por la Resolución de Superintendente N° 089-2015-SMV/02 del 03 de septiembre de 2015; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señora Lilian del Carmen Rocca Carbajal, Superintendente del Mercado de Valores, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 12 al 15 de septiembre de de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de alojamiento, alimentación y pasajes aéreos serán con cargo al presupuesto de la Superintendencia del Mercado de Valores ­ SMV, de acuerdo con el siguiente detalle: - Viáticos - Pasajes US$ 1 320,00 US$ 1 506,60

deberá presentar un informe detallado de las acciones realizadas durante el viaje. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. OMAR GUTIÉRREZ OCHOA Superintendente del Mercado de Valores (e) 1286184-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT a Italia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 244-2015/SUNAT Lima, 9 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que mediante cartas s/n de fechas 29 de julio y 18 de agosto de 2015, la Secretaría Ejecutiva del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias - CIAT, cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT, para

organizados por el CIAT, a llevarse a cabo en la ciudad de Roma, República Italiana, del 28 de setiembre al 2 de octubre de 2015; Que el objetivo de la citada Conferencia Técnica, es llevar a cabo un foro de discusión además de compartir los conocimientos y experiencias sobre la función de actuales, fuentes de información, necesidades de recursos y enfoques innovadores para mejorar el proceso las administraciones tributarias que buscan mejorar el cumplimiento tributario; Que en el referido Taller, se tratarán, entre otros, los siguientes temas: las tendencias en el diseño de regímenes de información tributaria: situación de América Latina, las fuentes y uso de datos para el intercambio de información entre autoridades tributarias, la información de fuentes públicas y los mecanismos de alerta temprana para detectar fraude; Que la participación de la SUNAT en los citados eventos se enmarca dentro del objetivo estratégico institucional de mejorar el cumplimiento tributario y contribuirá con el conocimiento de los avances en las estrategias y herramientas necesarias para mejorar el proceso de control tributario, teniendo en cuenta las experiencias de otras administraciones tributarias; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme a los Informes Ns° 049-2015-SUNAT/5B0000 y 03-2015-SUNAT/600000 de fechas 24 y 25 de agosto de 2015, respectivamente, resulta necesario autorizar la participación de los trabajadores Walter Eduardo Mora Insúa, Superintendente Nacional Adjunto Operativo (e), y de Alexander Quintanilla Gómez, Gerente (e) de Cumplimiento de Medianas y Pequeñas Empresas de la Intendencia Nacional de Desarrollo de Estrategias de Servicios y Control del Cumplimiento; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria

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