Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2015 (18/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Viernes 18 de setiembre de 2015 /

El Peruano

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Aprueban gratuidad en trámites de actualización del Código de Ubicación Geográfica - UBIGEO del Documento Nacional de Identidad, para ciudadanos residentes en diversas provincias y distritos de los departamentos de Ucayali y Ayacucho
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 212-2015/JNAC/RENIEC Lima, 17 de setiembre de 2015 VISTOS: Los Memorandos N° 001536-2015/GOR/RENIEC (14AGO2015), N° 001582-2015/GOR/RENIEC (21AGO2014) y N° 001797-2015/GOR/RENIEC (16SEP2015), la Hoja de Elevación N° 000288-2015/ GOR/RENIEC (09SEP2015) y el Informe N° 0000832015/GOR/RENIEC (09SEP2015) de la Gerencia de Operaciones Registrales; la Hoja de Elevación N° 0002152015/GPP/RENIEC (25AGO2015) y el Memorando Múltiple N° 000139-2015/GPP/RENIEC (18AGO2015) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 002707-2015/GPP/SGP/RENIEC (25AGO2015) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Memorando N° 000761-2015/GRIAS/ RENIEC (24AGO2015) de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Informe N° 000043-2015/ GRIAS/SGRI/RENIEC (24AGO2015) de la Sub Gerencia de Registro Itinerante de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Memorando N° 000818-2015/ GG/RENIEC (27AGO2015) de la Gerencia General; los Proveídos N° 010098-2015/SGEN/RENIEC (16SEP2015), N° 009954-2015/SGEN/RENIEC (14SEP2015), N° 009616-2015/SGEN/RENIEC (04SEP2015) y N° 0093442015/SGEN/RENIEC (31AGO2015) de la Secretaria General; el Memorando N° 000474-2015/JNAC/GA/ RENIEC (04SEP2015) y la Hoja de Estudio y Opinión N° 000070-2015/TMB/JNAC/GA/RENIEC (03SEP2015) del Gabinete de Asesores; los Informes N° 0001262015/GAJ/RENIEC (01SEP2015), N° 000139-2015/GAJ/ RENIEC (14SEP2015) y N° 000140-2015/GAJ/RENIEC (16SEP2015) y las Hojas de Elevación N° 000581-2015/ GAJ/RENIEC (01SEP2015), N° 000618-2015/GAJ/ RENIEC (14SEP2015) y N° 000624-2015/GAJ/RENIEC (16SEP2015), de la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el artículo 183° de la Constitución Política del Perú, es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir los documentos que acreditan su identidad; Que por su parte, el artículo 26° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, prevé que el Documento Nacional de Identidad (DNI) es público, personal e intransferible, constituye la única cédula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado, siendo el único título de derecho al sufragio de la persona a cuyo favor ha sido otorgado; Que mediante la Ley N° 30310 "Ley de Demarcación y Organización Territorial de la Provincia de Padre Abad en el Departamento de Ucayali", publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17MAR2015, se crea el distrito de Neshuya, cuya capital es el pueblo de Monte Alegre, y el distrito de Alexander Von Humboldt, cuya capital es el pueblo de Alexander Von Humboldt, en la provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali; Que asimismo, en la Sétima Disposición Complementaria Final de la citada ley, se establece

que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) realice las acciones necesarias para otorgar a la población de los nuevos distritos el documento nacional de identidad con los datos actualizados; Que de otro lado, a través de la Ley N° 30320 "Ley de Creación del Distrito de Pucacolpa en la Provincia de Huanta del Departamento de Ayacucho", publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28ABR2015, se crea el distrito de Pucacolpa, con su capital Huallhua, en la provincia de Huanta del departamento de Ayacucho; Que del mismo modo, en la Quinta Disposición Complementaria Final de la citada ley, se establece que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) realice las acciones necesarias para otorgar a la población del nuevo distrito el documento nacional de identidad con los datos actualizados; Que en ese contexto, la Gerencia de Operaciones Registrales como órgano de línea responsable de planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el registro de trámites de identificación de las personas y entrega del Documento Nacional de Identidad ­DNI, conforme a lo dispuesto en el artículo 91° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 124-2013/ JNAC/RENIEC (10ABR2013), en virtud a la creación del distrito señalado precedentemente, mediante documentos de vistos solicita se emita el acto resolutivo que permita la gratuidad de los trámites que contengan una actualización por cambio del Código de Ubicación Geográfica ­ UBIGEO del Documento Nacional de Identidad, autorizando además de manera excepcional, la declaración jurada del domicilio en la Ficha Registral de los residentes del citado distrito; Que considerando lo expresado por la Gerencia de Planificación y Presupuesto y la Gerencia General en los documentos de vistos, se desprende que el financiamiento de los gastos que conlleven la actualización del Código de Ubicación Geográfica - UBIGEO en el DNI de los pobladores residentes en los distritos de reciente creación, se efectuará con cargo al programa presupuestal 0079: Acceso de la Población a la Identidad; Que mediante la Hoja de Elevación N° 000288-2015/ GOR/RENIEC (09SEP2015), la Gerencia de Operaciones Registrales remitió el Informe N° 000083-2015/GOR/ RENIEC (09SEP2015), en el que concluyó expresamente, lo siguiente: "3.1. La Gerencia de Operaciones Registrales viene gestionando oportunamente las actividades de cambios de ubigeo, de acuerdo a las Leyes emitidas por el Gobierno Peruano; 3.2. La Gerencia de Operaciones Registrales ha elevado el pedido presupuestal necesario para las campañas de gratuidad por cambio de ubigeo, las mismas que se ejecutarán de acuerdo a las siguientes disposiciones:
N° FECHA DE JEFATURA DEPARTALEY DE PROVINCIA PUBLICAREGIONAL MENTO CREACIÓN CIÓN 30310 30320 17.MAR.2015 PUCALLPA UCAYALI PADRE ABAD HUANTA NUEVOS DISTRITOS NESHUYA ALEXANDER VON HUMBOLDT PUCACOLPA

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28.ABR.2015 AYACUCHO AYACUCHO

3.3. El cambio de ubigeo en las zonas referidas en las normas citadas, serán ejecutadas en un periodo de tres meses (90 días), a iniciarse desde el 16SEP2015 hasta el 14DIC2015, actividades que incluyen ejecución de desplazamientos y atención de trámites en los locales de atención; 3.4. A fin de lograr un mejor resultado en las campañas a ejecutar y apelando a criterios de flexibilidad, se estima pertinente que la Gerencia de Registros de Identificación considere como válida la declaración de cambio ubigeo, efectuada en la ficha registral, documento que tiene carácter de declaración jurada."; Que posteriormente, a través del Memorando N° 001797-2015/GOR/RENIEC (16SEP2015), la Gerencia de Operaciones Registrales solicita el cambio de fecha de inicio de las campañas de desplazamiento de cambio de ubigeo en los DNI de los residentes en los nuevos distritos creados en mérito a las Leyes N°s. 30310 y 30320, siendo la nueva fecha desde el 21 de septiembre hasta el 19 de diciembre de 2015;

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