NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2015 (18/09/2015)
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TEXTO PAGINA: 49
561703 NORMAS LEGALES Viernes 18 de setiembre de 2015 El Peruano / Que al respecto es pertinente indicar que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, otorga la facultad a la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los costos por los servicios que considere pertinente; Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a los ciudadanos; Estando a lo opinado en los documentos de vistos y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98- PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y el numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la gratuidad en los trámites de actualización del Código de Ubicación Geográfi ca - UBIGEO del Documento Nacional de Identidad desde el 21 de septiembre hasta el 19 de diciembre de 2015, de los ciudadanos residentes de las provincias y los distritos que a continuación se detallan: • Distritos de Neshuya, cuya capital es el pueblo de Monte Alegre y de Alexander Von Humboldt, cuya capital es el pueblo de Alexander Von Humboldt, en la provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, creados por la Ley N° 30310. • Distrito de Pucacolpa, con su capital Huallhua, en la provincia de Huanta, departamento de Ayacucho, creado por la Ley N° 30320. Artículo Segundo.- Admitir de manera excepcional como válida la declaración del domicilio consignado en la fi cha registral en donde conste la impresión dactilar y fi rma del titular, a los ciudadanos residentes de las provincias y los distritos señalados en el artículo precedente, hasta el 19 de diciembre de 2015. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Operaciones Registrales, de Planifi cación y Presupuesto y de Restitución de la Identidad y Apoyo Social. Artículo Cuarto.- Disponer que los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la institución para el programa presupuestal 0079: Acceso de la Población a la Identidad. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1289177-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Mibanco Banco de la Microempresa S.A. el traslado de agencia ubicada en el departamento de Lambayeque RESOLUCIÓN SBS Nº 5222-2015 Lima, 7 de setiembre de 2015 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Mibanco Banco de la Microempresa S.A. para que se le autorice el traslado de una(01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Mibanco Banco de la Microempresa S.A. el traslado de la Agencia Chiclayo ubicada en Calle San José Nº 755, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, a un nuevo local ubicado en Calle Lora Codero Nº 745 – 747 Mz. 95 Lote 19, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1288714-1 Autorizan a Mibanco Banco de la Microempresa S.A. la apertura de agencias en los departamentos de Amazonas y Arequipa RESOLUCIÓN SBS Nº 5223-2015 Lima, 7 de setiembre de 2015 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Mibanco Banco de la Microempresa S.A. para que se le autorice la apertura de tres (03) agencias, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009, la Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Mibanco Banco de la Microempresa S.A. la apertura de tres (03) agencias cuya ubicación se detalla en el anexo adjunto. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca