Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2015 (18/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Viernes 18 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES
LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA:

561703

Que al respecto es pertinente indicar que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, otorga la facultad a la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los costos por los servicios que considere pertinente; Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a los ciudadanos; Estando a lo opinado en los documentos de vistos y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y el numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la gratuidad en los trámites de actualización del Código de Ubicación Geográfica UBIGEO del Documento Nacional de Identidad desde el 21 de septiembre hasta el 19 de diciembre de 2015, de los ciudadanos residentes de las provincias y los distritos que a continuación se detallan: · Distritos de Neshuya, cuya capital es el pueblo de Monte Alegre y de Alexander Von Humboldt, cuya capital es el pueblo de Alexander Von Humboldt, en la provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, creados por la Ley N° 30310. · Distrito de Pucacolpa, con su capital Huallhua, en la provincia de Huanta, departamento de Ayacucho, creado por la Ley N° 30320. Artículo Segundo.- Admitir de manera excepcional como válida la declaración del domicilio consignado en la ficha registral en donde conste la impresión dactilar y firma del titular, a los ciudadanos residentes de las provincias y los distritos señalados en el artículo precedente, hasta el 19 de diciembre de 2015. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Operaciones Registrales, de Planificación y Presupuesto y de Restitución de la Identidad y Apoyo Social. Artículo Cuarto.- Disponer que los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la institución para el programa presupuestal 0079: Acceso de la Población a la Identidad. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1289177-1

La solicitud presentada por Mibanco Banco de la Microempresa S.A. para que se le autorice el traslado de una(01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Mibanco Banco de la Microempresa S.A. el traslado de la Agencia Chiclayo ubicada en Calle San José Nº 755, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, a un nuevo local ubicado en Calle Lora Codero Nº 745 ­ 747 Mz. 95 Lote 19, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1288714-1

Autorizan a Mibanco Banco de la Microempresa S.A. la apertura de agencias en los departamentos de Amazonas y Arequipa
RESOLUCIÓN SBS Nº 5223-2015 Lima, 7 de setiembre de 2015 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Mibanco Banco de la Microempresa S.A. para que se le autorice la apertura de tres (03) agencias, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009, la Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE:

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Mibanco Banco de la Microempresa S.A. el traslado de agencia ubicada en el departamento de Lambayeque
RESOLUCIÓN SBS Nº 5222-2015 Lima, 7 de setiembre de 2015

Artículo Único.- Autorizar a Mibanco Banco de la Microempresa S.A. la apertura de tres (03) agencias cuya ubicación se detalla en el anexo adjunto. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca

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