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El Peruano / Viernes 15 de abril de 2016 583327 NORMAS LEGALES 11.1 Necesidades en materia de comunicaciones 11.1.1 El proveedor MET debe mantener instalaciones adecuadas de telecomunicaciones en las o fi cinas meteorológicas de aeródromo y las EMA, para que las ofi cinas meteorológicas de los aeródromos y las EMA proporcionen la información meteorológica necesaria a las dependencias ATS en los aeródromos que tengan bajo su responsabilidad, y en particular a las torres de control de aeródromo, las dependencias de control de aproximación y las estaciones de telecomunicaciones aeronáuticas que sirven a esos aeródromos. 11.1.2 El proveedor MET debe mantener instalaciones adecuadas de telecomunicaciones en las OVM, para que las OVM proporcionen la información meteorológica necesaria a las dependencias ATS y de búsqueda y salvamento, en relación con las regiones de información de vuelo, áreas de control y regiones de búsqueda y salvamento que tengan bajo su responsabilidad, y en particular a los centros de información de vuelo, los centros de control de área y los centros coordinadores de salvamento, y a las correspondientes estaciones de telecomunicaciones aeronáuticas. 11.1.3 El proveedor MET debe mantener instalaciones adecuadas de telecomunicaciones en las o fi cinas meteorológicas de aeródromo y OVM para que los WAFC proporcionen la información necesaria elaborada por el WAFS a las o fi cinas meteorológicas de aeródromo, OVM y demás usuarios. 11.1.4 Las instalaciones de telecomunicaciones entre las o fi cinas meteorológicas de aeródromo, entre las EMA y las torres de control de aeródromo o las dependencias de control de aproximación, deben permitir las comunicaciones orales directas; la velocidad a que estas comunicaciones deben establecerse debe ser tal que sea posible ponerse en contacto con los puntos requeridos dentro del plazo de 15 segundos aproximadamente. Nota.- “15 segundos” se refi ere a las comunicaciones telefónicas que requieren la intervención de una central. 11.1.5 Las instalaciones de telecomunicaciones entre las o fi cinas meteorológicas de aeródromo o las OVM y los centros de información de vuelo, los centros de control de área, los centros coordinadores de salvamento y las estaciones de telecomunicaciones aeronáuticas, deben permitir: a) las comunicaciones orales directas; la velocidad a que estas comunicaciones deben establecerse debe ser tal que sea posible normalmente ponerse en contacto con los puntos requeridos dentro del plazo de 15 segundos aproximadamente; y b) las comunicaciones impresas cuando los destinatarios necesiten un registro escrito de las comunicaciones; el tiempo de tránsito de los mensajes no debe exceder de 5 minutos. Nota 1.- “15 segundos” se re fi ere a las comunicaciones telefónicas que requieren la intervención de una central. Nota 2.- “5 minutos” se re fi ere a las comunicaciones impresas que exigen retransmisión. 11.1.6 Las instalaciones de telecomunicaciones necesarias de acuerdo con 11.1.4 y 11.1.5 deben complementarse, cuando sea necesario, con otros tipos de comunicaciones visuales o auditivas, por ejemplo, la televisión en circuito cerrado u otros sistemas distintos de procesamiento de la información. 11.1.7 El proveedor MET debe disponer lo necesario para permitir a los explotadores interesados, previo acuerdo, establecer instalaciones de telecomunicaciones adecuadas, para obtener información meteorológica de las o fi cinas meteorológicas de los aeródromos o de otras fuentes apropiadas. 11.1.8 El proveedor MET debe mantener instalaciones adecuadas de telecomunicaciones para permitir a las dependencias MET intercambiar información meteorológica para las operaciones con otras dependencias MET. 11.1.9 Las instalaciones de telecomunicaciones utilizadas en el intercambio de información meteorológica para las operaciones debe ser del servicio fi jo aeronáutico o, en el caso del intercambio de información meteorológica para las operaciones en las que el tiempo no es primordial, de la Internet pública, con sujeción a la disponibilidad, al funcionamiento satisfactorio y a los acuerdos bilaterales/ multilaterales y/o regionales de navegación aérea. 11.2 Utilización de las comunicaciones del servicio fi jo aeronáutico y de la Internet pública — boletines meteorológicos Los boletines meteorológicos que contengan información meteorológica para las operaciones y que hayan de transmitirse mediante el servicio fi jo aeronáutico o la Internet pública, deben proceder de la o fi cina meteorológica de aeródromo o EMA correspondiente. 11.3 Utilización de las comunicaciones del servicio fi jo aeronáutico — información elaborada por el sistema mundial de pronósticos de área La información elaborada por el WAFS en forma digital debe transmitirse mediante técnicas de comunicaciones de datos binarios. El método y los canales que se apliquen para la difusión de esta información elaborada deben ser los determinados mediante un acuerdo regional de navegación aérea. 11.4 Utilización de las comunicaciones del servicio móvil aeronáutico El contenido y el formato de la información meteorológica transmitida a las aeronaves y la que sea transmitida por aeronaves se deben conformar a las disposiciones de esta RAP. 11.5 Utilización del servicio de enlace de datos aeronáuticos — contenido del D-VOLMET El servicio D-VOLMET debe contener METAR y SPECI actuales, junto con pronósticos de tipo tendencia si están disponibles, TAF y SIGMET, aeronoti fi caciones especiales no cubiertas por un SIGMET. 11.6 Utilización del servicio de radiodifusión aeronáutica — contenido de las radiodifusiones VOLMET 11.6.1 Las radiodifusiones VOLMET continuas, normalmente en muy alta frecuencia (VHF), deben contener METAR y SPECI actuales y pronósticos de tipo tendencia si están disponibles. 11.6.2 Las radiodifusiones VOLMET regulares, normalmente en alta frecuencia (HF), deben contener METAR y SPECI actuales, junto con los pronósticos de tipo tendencia si están disponibles, y en los casos en que así lo determine un acuerdo regional de navegación aérea, TAF y SIGMET. APÉNDICE A. DOCUMENTACIÓN DE VUELO - MODELOS DE MAPAS Y FORMULARIOS (Véase e; Capítulo 9 de esta RAP) MODELO A Información OPMET MODELO IS Mapa de viento en altitud y temperatura para una super fi cie isobárica tipo Ejemplo 1. Flechas, barbas y banderolas (proyección Mercator) Ejemplo 2. Flechas, barbas y banderolas (proyección estereográ fi ca polar) MODELO SWH Mapa del tiempo signi fi cativo (nivel alto) Ejemplo 1. Proyección estereográ fi ca polar (mostrando la extensión vertical de la corriente en chorro) MODELO SWM Mapa del tiempo signi fi cativo (nivel medio) MOVELO SWL Mapa del tiempo signi fi cativo (nivel bajo) Ejemplo 1 Ejemplo 2 MODELO TCG Información sobre avisos de ciclones tropicales en formato grá fi co MODELO VAG Información sobre avisos de ceniza volcánica en formato grá fi co MODELO STC Informes SIGMET para ciclones tropicales en formato grá fi co MODELO SVA Informes SIGMET para ceniza volcánica en formato grá fi co MODELO SGE Informes SIGMET para fenómenos que no sean ciclones tropicales ni ceniza volcánica en formato gráfi co MODELO SN Hoja de anotaciones utilizadas en la documentación de vuelo