Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2016 (20/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Miércoles 20 de abril de 2016 /

El Peruano

por la Ley N° 26510, el Ministerio de Educación formula las políticas nacionales en materia de educación, deporte y recreación; y conforme al artículo 5 de la misma Ley, tiene entre sus atribuciones, desarrollar políticas que promuevan la capacitación, profesionalización y perfeccionamiento del Magisterio; en armonía con los planes del desarrollo y la política general del Estado; supervisar y evaluar el cumplimiento de las políticas, normatividad y actividades en materia de educación, deporte y recreación; Que, con Informe Nº 053-2016-MINEDU/SPE-OPEPUPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica señala que, en el marco de lo regulado por el Decreto Supremo Nº 027-2007PCM y las metas del Plan Estratégico Sectorial Multianual ­PESEM 2012-2016, aprobado con Resolución Ministerial N° 0518-2012-ED; y del Plan Operativo Institucional del año 2016, aprobado con Resolución Ministerial N° 007-2016-MINEDU, se ha elaborado la Matriz de Metas e Indicadores de Desempeño de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento de competencia del Sector Educación para el año 2016, proponiendo su aprobación; Que, la aprobación de las Metas e Indicadores de Desempeño de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento de competencia del Sector Educación para el año 2016, permitirá la evaluación del cumplimiento de las mismas, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y sus modificatorias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de Metas e Indicadores de Desempeño Aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento de competencia del Sector Educación para el año 2016, que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- De los informes de evaluación semestral de las Metas e Indicadores de Desempeño La Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica es responsable de elaborar los informes de evaluación semestral de las Metas e Indicadores de Desempeño aprobados por la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1369897-1

VISTOS; la carta, de enero de 2016, de la Dirección de Carabineros de Chile; y, el Memorándum Múltiple N° 99-2016-DIRGEN-PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 22 de marzo de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante carta, de enero de 2016, la Dirección de Carabineros de Chile, cursó invitación al General de Policía Vicente Romero Fernández, Director General de la Policía Nacional del Perú y su ayudante, participen de las actividades oficiales con motivo del "89° Aniversario de Carabineros de Chile", a llevarse a cabo del 25 al 28 de abril de 2016, en la ciudad de Santiago, República de Chile; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 88-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 21 de marzo de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior en comisión de servicios, del 24 al 28 de abril de 2016, a la ciudad de Santiago - República de Chile, del Teniente General de la Policía Nacional del Perú Salvador Aniceto Iglesias Paz y del Capitán de la Policía Nacional del Perú Julio Cesar Alarcón Horna, para que en representación de la Policía Nacional del Perú participen de las actividades indicadas en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Múltiple N° 99-2016-DIRGENPNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 22 de marzo de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando además que el mismo irrogará gastos al Estado; Que, las experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en las actividades indicadas, redundarán en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional; debiendo señalarse que los gastos que irrogará dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, serán asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los costos relativos a alojamiento, alimentación y traslados internos, serán asumidos por Carabineros de Chile; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización

INTERIOR
Autorizan viaje de oficiales de la Policía Nacional del Perú a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 143-2016-IN Lima, 19 de abril de 2016

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