Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2016 (05/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Viernes 5 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

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mecanismo adecuado, con el objeto de facilitar el acceso al mercado de los inversionistas para que desarrollen sus actividades dentro del distrito de Mi Perú; incluyendo los sectores económicos no consolidados o en proceso de consolidación, las zonas sin habilitar urbana o en proceso de habilitación urbana no concluida ni aprobada, las zonas en proceso de formalización de la propiedad, sin vulnerar la seguridad, la salubridad, el orden público y la protección del medio ambiente en este distrito". - Que, el artículo 79º inciso 3) numeral 3.6.3. de la Ley Orgánica de Municipalidades concede a favor de los gobiernos locales, como una de sus funciones específicas de ejercicio exclusivo normar, regular y autorizar la instalación de avisos con publicidad comercial y propaganda política dentro de la jurisdicción distrital. - Concluyendo que la Gerencia de Seguridad Ciudadana, a través de la Subgerencia de Fiscalización, se encarga de cautelar el cumplimiento de las disposiciones municipales, cuenta con atribuciones para planificar, conducir, supervisar y evaluar las operaciones de fiscalización, así como, las actividades de investigación, difusión y control de sanciones. Que, a través del Informe Nº 0013-2016/MDMP-GSC, emitido por el Gerente de Seguridad Ciudadana, remite el proyecto de ordenanza, a fin que el Colegiado Edil, para los fines correspondientes. Que, mediante el Informe Nº 016-2016- MDMP-GAJ, de fecha 18.02.2016., el Gerente de Asesoría Jurídica indica: - Que, conforme a la normativa acotada, se hace menester elaborar una ordenanza de Avisos y Publicidad Exterior en el distrito de Mi Perú, que reúna en un solo texto, de manera íntegra, los criterios y parámetros técnicos para la ubicación de los mismos, con la finalidad que su aplicación e interpretación sea más sencilla para los administrados e inversionistas. - Al respecto, el proyecto encuentra basamento legal en lo señalado por el numeral 3.6.3., del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, donde se señala, que entre las funciones exclusivas de las municipalidades distritales se encuentra la de normar y regular la ubicación de avisos publicitarios. - El proyecto de ordenanza es considerado viable siendo que se encuentra inmerso dentro del marco legal vigente, y se concede con la finalidad de conservar y preservar el ornato, la estética urbana y la calidad del paisaje de la ciudad, la prevención del impacto visual negativo, así como, la seguridad de los ciudadanos, de los predios urbanos y de las áreas de dominio público del distrito de Mi Perú. - Estando a lo expuesto, se encuentra que el presente proyecto no es compatible con la norma constitucional y con ninguna norma nacional, por el contrario, cumple con los parámetros normativos vigentes, por lo cual es de opinión que es procedente continuar con el trámite que corresponda, conducente a la aprobación mediante

ordenanza de Avisos y Publicidad Exterior, debiendo elevarse los presentes actuados al Concejo Municipal, para las acciones de su competencia. Que, la Comisión de Seguridad Ciudadana, ha evaluado y analizado el proyecto presentado, emitiendo el Dictamen Nº 001-2016-CSC-MDMP, a través del cual dictaminan aprobar el Proyecto de Ordenanza de Avisos y Publicidad Exterior. Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, conforme al inciso 3. del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal, aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; en concordancia con el Artículo 40º, el cual establece que mediante Ordenanza, norma de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º incisos 4) y 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con el voto UNANIME, el Concejo Municipal y, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LOS AVISOS Y PUBLICIDAD EXTERIOR EN EL DISTRITO DE MI PERÚ Artículo Primero.- APROBAR la ORDENANZA que REGULA los AVISOS y PUBLICIDAD EXTERIOR en el DISTRITO de MI PERÚ, la cual consta de 3 Títulos, 18 Capítulos 8 Disposiciones Complementarias y 2 Disposiciones Finales, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCÁRGAR, el cumplimiento del presente dispositivo, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Seguridad Ciudadana, a la Subgerencia de Fiscalización, y a los demás órganos de la Municipalidad. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaría General las acciones para la difusión y publicación de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaria General la notificación de la presente Ordenanza a las unidades orgánicas de la municipalidad. Artículo Quinto.- DEROGAR, toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR Alcalde 1411908-2

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