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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2016 (06/08/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 77

596315 NORMAS LEGALES Sábado 6 de agosto de 2016 El Peruano / Ordenanza Nº 296, se ha realizado la propuesta de Delimitación de Área Urbana en el Caserío Shiracmaca; DICE EN EL SÉPTIMO CONSIDERANDO: Que, mediante Sesión Ordinaria Nº 007, de fecha 07 de abril del 2016, el Pleno ACORDÓ: Aprobar la Ordenanza Municipal que Aprueba el Plan Director de Shiracmaca, que consta de dos artículos; DEBE DECIR: Que, mediante Sesión Ordinaria Nº 007, de fecha 07 de abril del 2016, el Pleno ACORDÓ: Aprobar la Ordenanza Municipal que aprueba la delimitación de la Zona Urbana en el Caserío Shiracmaca, que consta de dos artículos; Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a Secretaría General su publicación, conforme a ley. Dado en la ciudad de Huamachuco, a 21 de junio de 2016. Por tanto mando registre, publique y cumpla. CARLOS ARTURO REBAZA LÓPEZ Alcalde 1409065-2 Aprueban la delimitación de área urbana en el caserío Paranshique, distrito Huamachuco ORDENANZA MUNICIPAL Nº 315-MPSC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL SÁNCHEZ CARRIÓN VISTO: El Ofi cio Nº 169-2016-MPSC/CEPPLAND /D, mediante el cual se alcanza la propuesta de Delimitación de Área Urbana en el Caserío de Paranshique; POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial Sánchez Carrión, en Sesión Ordinaria Nº 012, de fecha 16 de Junio del 2016; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades en el Artículo 194º, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico; Que, el numeral 1.2 del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es función específi ca exclusiva de las municipalidades provinciales, aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonifi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específi cos, de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 04-2011-VIVIENDA, las Municipalidades en materia de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano y rural, aprobarán los siguientes instrumentos 3.3 Planeamiento Integral (PI)... (Entre otros); Que, asimismo el Artículo 23.1 del mismo texto legal señala que el Planeamiento Integral es un instrumento técnico – normativo mediante el cual se complementan lo dispuesto por el PDM y/o PDU en los procesos de habilitación urbana y en la parcelación o independización de terrenos rústicos. Comprende la Red de vías y los usos de la totalidad del predio, así como una propuesta de integración a la trama urbana más cercana, y según lo establecido en el Reglamento Nacional de Edifi caciones – RNE; Que, adecuándose al Plano de Zonifi cación General de Usos de Suelo, al Esquema Vial del Esquema Director 2005-2010 de la ciudad de Huamachuco, aprobado según Ordenanza Municipal Nº 033 y vigente a la fecha mediante Ordenanza Nº 296, se ha realizado la propuesta de Delimitación de Área Urbana en el Caserío Paranshique; Que, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su Artículo 9º inciso 5), es atribuciones del Concejo Municipal, aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonifi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específi cos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Sesión Ordinaria Nº 12, de fecha 16 de junio de 2016, el Pleno de Concejo Municipal ACORDÓ: Aprobar la Ordenanza Municipal que aprueba la Delimitación de Área Urbana en el Caserío Paranshique, Distrito Huamachuco, Provincia Sánchez Carrión, La Libertad; que consta de dos artículos; Estando a lo expuesto, con las visaciones de Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Gerencia de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Rural y El Centro Provincial de Planeamiento Territorial - CEPPLAN , y en uso de las atribuciones conferida por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA DELIMITACIÓN DEL ÁREA URBANA EN EL CASERÍO PARANSHIQUE, DISTRITO HUAMACHUCO, PROVINCIA SÁNCHEZ CARRIÓN, LA LIBERTAD Artículo 1º.- APROBAR la Delimitación de Área Urbana en el Caserío Paranshique, Distrito Huamachuco, Provincia Sánchez Carrión, Región La Libertad, la cual debe considerarse como parte integrante del Esquema Director 2005-2010 de la ciudad de Huamachuco, documento que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza; y que cuenta con área, perímetro y Coordenadas UTM siguientes: PERIMETRO DE AREA URBANA DE PARANSHIQUE COORDENADAS UTMWGS84-Z17 S VERTICE LADO DIST. ANGULO ESTE NORTE P1 P1-P2 128.19 93º54’36” 827993.42 9132935.52 P2 P2-P3 52.01 184º53’6” 828096.19 9133012.13 P3 P3-P4 169.72 188º23’2” 828140.39 9133039.56 P4 P4-P5 218.41 88º4’18” 828296.11 9133107.06 P5 P5-P6 317.26 159º42’5” 828202.54 9133304.42 P6 P6-P7 32.30 164º5’47” 827975.62 9133526.15 P7 P7-P8 9.42 164º6’22” 827947.22 9133541.53 P8 P8-P9 32.36 126º36’2” 827938.03 9133543.57 P9 P9-P10 33.80 201º29’2” 827913.55 9133522.40 P10 P10-P11 20.68 281º2’42” 827881.67 9133511.19 P11 P11-P12 24.20 209º53’20” 827878.67 9133531.65 P12 P12-P13 59.06 185º37’33” 827887.56 9133554.16 P13 P13-P14 14.86 151º34’32” 827914.54 9133606.69 P14 P14-P15 9.90 165º20’41” 827914.22 9133621.54 P15 P15-P16 36.32 139º46’17” 827911.51 9133631.06 P16 P16-P17 27.02 188º32’44” 827881.35 9133651.31 P17 P17-P18 28.53 188º29’41” 827861.41 9133669.53 P18 P18-P19 52.04 188º56’30” 827843.42 9133691.68 P19 P19-P20 20.62 180º43’46” 827817.29 9133736.68 P20 P20-P21 33.34 173º40’27” 827807.16 9133754.65 P21 P21-P22 40.46 153º26’13” 827787.68 9133781.71 P22 P22-P23 83.60 170º15’34” 827751.86 9133800.52 P23 P23-P24 72.80 224º8’6” 827672.33 9133826.29